?C¨®mo funciona un jurado popular?
Esta semana hemos conocido el veredicto que declara la culpabilidad de Sergio Morate, lo que ha devuelto a la actualidad esta figura que s¨®lo se da en procesos penales para enjuiciar casos relativos a determinados delitos.
Esta semana el jurado ha declarado en su veredicto la culpabilidad de Sergio Morate del asesinato de Marina Okarinska y Laura del Hoyo. Este veredicto que adem¨¢s ha sido alcanzado por unanimidad, vuelve a poner de actualidad la figura del tribunal del jurado. En este art¨ªculo recogemos algunas de las caracter¨ªsticas de este mecanismo judicial: c¨®mo funciona, en qu¨¦ casos interviene o c¨®mo toma sus decisiones.
Para empezar, hay que destacar que se trata de una manifestaci¨®n de la participaci¨®n de los ciudadanos en la administraci¨®n de Justicia, recogido en el art¨ªculo 125 de la Constituci¨®n espa?ola y regulado por la Ley org¨¢nica 5/1995. Este mecanismo judicial s¨®lo se da en el orden penal y en supuestos referidos a delitos tasados en la ley como homicidio, amenazas, omisi¨®n del deber de socorro, allanamiento de morada, cohecho o malversaci¨®n de caudales p¨²blicos.
Los nueve ciudadanos que integran este ¨®rgano judicial est¨¢n bajo la direcci¨®n t¨¦cnica de un juez profesional, encargado de fijar el objeto del veredicto de jurado, darles las oportunas instrucciones sobre el contenido de su funci¨®n, transmitirles las reglas que rigen el proceso de deliberaci¨®n y votaci¨®n y la forma en que deben reflejar el veredicto. Eso s¨ª, este magistrado deber¨¢ realizar su funci¨®n sin predeterminar ni influir en la decisi¨®n del jurado, ni tomar parte en la votaci¨®n final.
Los miembros del jurado son elegidos para cada caso y deben cumplir una serie de requisitos. En primer lugar deben ser ciudadanos espa?oles, mayores de edad, en el pleno ejercicio de sus derechos civiles y pol¨ªticos y que sepan saber leer y escribir. Adem¨¢s, deben ser vecinos de alguno de los municipios de la provincia en la que se cometi¨® el delito y no estar impedidos f¨ªsica, ps¨ªquica ni sensorialmente para el desempe?o de la funci¨®n de jurado. Tampoco deben incurrir en ninguno de los supuestos de incapacidad para ser jurado, como son haber sido condenado por un delito doloso, que no hayan obtenido la rehabilitaci¨®n, los procesados y aquellos acusados respecto de los cuales se hubiera acordado la apertura de juicio oral, quienes estuvieren sufriendo detenci¨®n, prisi¨®n provisional o cumpliendo pena por delito o los suspendidos, en un procedimiento penal, en su empleo o cargo p¨²blico, mientras dure dicha suspensi¨®n.
Por otro lado, tambi¨¦n existen una serie de incompatibilidades para llevar a cabo esta funci¨®n como son el desempe?o de determinados cargos p¨²blicos o profesiones. A este respecto, cabe a?adir que los ciudadanos que formen parte del tribunal del jurado no tienen que tener conocimientos ni titulaci¨®n en Derecho, lo cual no significa que est¨¦n excluidos los juristas, un ciudadano licenciado o estudiante de Derecho puede ser miembro de un jurado, siempre y cuando no desempe?e determinadas profesiones jur¨ªdicas. Finalmente, tambi¨¦n est¨¢ prohibido formar parte del jurado para cualquier persona que mantenga una vinculaci¨®n con la causa que est¨¢ enjuiciando.
La ley org¨¢nica del tribunal del jurado tambi¨¦n recoge una serie de excusas para no formar parte del jurado aun reuniendo los requisitos para ello, como son ser mayor de sesenta y cinco a?os, haber sido jurados en los cuatro a?os anteriores, que suponga un grave trastorno para asumir las cargas familiares, residir en el extranjero, ser militar profesional destinado fuera o cualquier otra causa grave que dificulte el desempe?o de las funciones de jurado.
La funci¨®n fundamental del tribunal del jurado es emitir un veredicto a la conclusi¨®n del juicio, en el que responda a las preguntas del juez presidente del tribunal sobre los hechos alegados por las partes, la participaci¨®n del acusado en los mismos y su culpabilidad. Para ello durante la fase de deliberaci¨®n los miembros del jurado, a puerta cerrada, votan primero los hechos alegados durante el proceso por las partes, los cuales se declararan probados si obtienen al menos 7 votos en el caso de que esos hechos resulten perjudiciales para el acusado y 5 si le son favorables. Una vez se obtiene la mayor¨ªa necesaria para probar los hechos se procede a la votaci¨®n para decidir sobre su culpabilidad o inocencia exigi¨¦ndose tambi¨¦n las mismas mayor¨ªas.
El veredicto debe ser motivado de manera sucinta para que no pueda atribuirse a que es fruto de la arbitrariedad. A continuaci¨®n, se extiende acta, se entrega al magistrado presidente y se convoca a las partes para su lectura en audiencia p¨²blica. El magistrado puede devolver el acta al jurado si considera que hay defectos como la ausencia de pronunciamiento sobre determinados hechos, determinados acusados o defectos subsanables como ausencia de mayor¨ªas necesarias o contradicci¨®n en los hechos probados. Si tras tres devoluciones persisten los defectos se disuelve el jurado y se deber¨¢ celebrar nuevo juicio oral, con nuevo jurado. Si el veredicto se admite, el siguiente paso corresponde al juez que deber¨¢ dictar la sentencia que corresponda.
En caso de que el jurado declara la inocencia del acusado, el juez dictara inmediatamente la sentencia absolutoria. Por el contrario, como se ha dado en el caso del juicio contra Sergio Morate, si el veredicto determina que el acusado es culpable, el juez en su sentencia recoger¨¢ los hechos probados por el veredicto y establecer¨¢ su calificaci¨®n jur¨ªdica por el delito concreto, el grado de ejecuci¨®n y participaci¨®n, los agravantes y atenuantes aplicables y la pena que finalmente le imponga.
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