El Corte Ingl¨¦s, condenado por grabar a peatones de forma ilegal
Los magistrados fallan por s¨¦ptima vez contra la compa?¨ªa por enfocar sus c¨¢maras hacia la calle
Nuevo rev¨¦s judicial para El Corte Ingl¨¦s. La Audiencia Nacional le ha condenado por s¨¦ptima vez a pagar una multa por grabar de forma ilegal a los peatones que circulaban junto a uno de sus centros comerciales. En un dictamen del pasado 29 de junio, los jueces de la Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo confirman la sanci¨®n de 40.001 euros impuesta por la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD) y vuelven a rechazar los argumentos de la compa?¨ªa, que alegaba motivos de seguridad. Con esta nueva resoluci¨®n, la empresa suma ya m¨¢s de 340.000 euros en sanciones por estos motivos.
Los magistrados subrayan que El Corte Ingl¨¦s, mediante un sistema de videovigilancia de 12 c¨¢maras enfocadas hacia la calle, obten¨ªa sin consentimiento datos de car¨¢cter personal de los peatones que caminaban junto al centro comercial que la empresa tiene en la avenida Jos¨¦ Meza y L¨®pez de Las Palmas de Gran Canaria. El personal de seguridad observaba estas im¨¢genes en tiempo real desde un centro de control y las grababa y guardaba durante una semana. Se almacenaban entonces en un fichero. "Reconociendo [la empresa] que se pueden realizar b¨²squedas de im¨¢genes de personas en base a criterios de lugar, d¨ªa y hora", seg¨²n resalta la sentencia.
La compa?¨ªa presidida por Jes¨²s Nu?o de la Rosa arrastra una batalla judicial de cerca de una d¨¦cada con la AEPD. Afirm¨® ante el tribunal que la multa de 40.001 euros impuesta en 2013 es desproporcionada, que se encontraba "legitimada" para colocar este sistema de videovigilancia y lo defendi¨® por motivos de seguridad. Adem¨¢s, insisti¨® en que las c¨¢maras solo grababan su edificio y los accesos. Y, seg¨²n la empresa, aquellas que captaban la salida y entrada de clientes no permit¨ªan identificarlos posteriormente. Toda una bater¨ªa de argumentos que los jueces han rechazado.
"[El Corte Ingl¨¦s] conoc¨ªa las limitaciones existentes para la grabaci¨®n de im¨¢genes en v¨ªas publicas y, a pesar de ello, no adopt¨® las precauciones precisas para evitar que se produjera captando espacios p¨²blicos", recalca la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que incide en que la empresa cometi¨® "excesos" y llev¨® a cabo un tratamiento de datos "innecesario" para llevar a cabo tareas de vigilancia, lo que implica una infracci¨®n grave de la Ley Org¨¢nica de Protecci¨®n de Datos (LOPD).
Los magistrados hablan, adem¨¢s, de la "gravedad" de la conducta de El Corte Ingl¨¦s. No solo por captar y grabar im¨¢genes de personas que circulan por espacios p¨²blicos, sino porque la empresa ya tiene experiencia en el tratamiento de grandes vol¨²menes de datos. "Por lo que cabe exigirle un especial cuidado y diligencia en el cumplimiento de la normativa. A lo que cabe a?adir el car¨¢cter continuado de la infracci¨®n cometida", apunta la sentencia.
Desde 2011, la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos ha impuesto sucesivas sanciones a El Corte Ingl¨¦s por grabar la v¨ªa p¨²blica. Las siete sentencias de la Audiencia Nacional recopiladas por EL PA?S, que suman multas por valor de m¨¢s de 340.000 euros, recogen irregularidades en M¨¢laga, Barcelona y Murcia, entre otras ciudades. En esta nueva sentencia relativa a Las Palmas, la compa?¨ªa explica que ya se ha procedido a modificar los sistemas de videovigilancia para establecer un criterio fijo sobre qu¨¦ parte de la v¨ªa p¨²blica puede ser captado desde la fachada de sus locales por motivos de seguridad. "El Corte Ingl¨¦s cumple con las especificaciones que se dan en la AEPD y la normativa aplicable", a?ade la empresa, preguntada por este diario sobre la sentencia.
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