Derecho a la vivienda y ocupaci¨®n
Naciones Unidas recomienda que los jueces consideren las consecuencias del desalojo
Las circunstancias del desahucio de una familia con cinco menores en Madrid han puesto al descubierto el drama de las ocupaciones de vivienda por estado de necesidad. Una madre y cinco de sus seis hijos, de entre 8 y 18 a?os, fueron desalojados de su casa sin una alternativa por sentencia judicial en 2018. Ocupaban una vivienda vac¨ªa de Bankia sin t¨ªtulo legal. Por ello, la madre fue condenada por un delito leve de usurpaci¨®n en 2016. La Comunidad de Madrid rechaz¨® su petici¨®n de vivienda p¨²blica por ocupar una casa. Tras la expulsi¨®n vino otro calvario. Estancia en albergues que a veces separaban a los hijos de la madre y permanencia temporal en un piso de una asociaci¨®n. Al final fueron acogidos por familiares en un apartamento donde viven diez personas pendientes de desahucio el 20 de noviembre.
El desalojo y la falta de domicilio fijo han sido traum¨¢ticos para los ni?os. Han precisado atenci¨®n psicol¨®gica, desarrollado p¨¢nico a la polic¨ªa y sufrido dermatitis cr¨®nica. Sobreviven con una renta m¨ªnima de inserci¨®n de 735,90 euros al mes.
La historia se describe en el dictamen del Comit¨¦ de Derechos Econ¨®micos y Sociales de Naciones Unidas del pasado 11 de octubre. La resoluci¨®n concluye que Espa?a incurri¨® en varias violaciones del derecho a la vivienda seg¨²n el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Econ¨®micos, Sociales y Culturales: el desalojo ¡°sin un examen de proporcionalidad por parte de las autoridades constituy¨® una violaci¨®n de su derecho a una vivienda adecuada¡±. Precisa que hay que ¡°distinguir entre las propiedades de individuos que requieren la propiedad como vivienda o para que les brinde una renta vital y propiedades de entidades financieras¡±. ¡°La denegaci¨®n de la solicitud de la autora de una vivienda p¨²blica sin tomar en cuenta su situaci¨®n de necesidad y ¨²nicamente por encontrarse ocupando una vivienda sin t¨ªtulo legal constituy¨® en s¨ª misma, una violaci¨®n de su derecho a la vivienda adecuada¡±. Tambi¨¦n concluye que los albergues no eran una alternativa adecuada.
El abogado de la familia Javier Rubio indica que la resoluci¨®n ¡°entra en la ocupaci¨®n por necesidad¡±. Y visualiza ¡°las bolsas de pobreza opacadas al criminalizar todas las ocupaciones en cualquier situaci¨®n¡±.
Llevamos unos 370.000 desahucios desde 2008. En 2018 los desalojos se incrementaron un 6,7% en la Comunidad de Madrid y el 2,56% en Espa?a. La vivienda del caso pertenec¨ªa a un banco que fue rescatado y cuya propiedad es p¨²blica en un 60%.
Naciones Unidas recomienda: los jueces deben considerar las consecuencias del desalojo. Se debe eliminar la exclusi¨®n autom¨¢tica de ocupantes por necesidad de las listas de solicitantes de vivienda. Hay que dar a la familia una vivienda p¨²blica u otra soluci¨®n para una vivienda adecuada y ¡°compensarla econ¨®micamente por las violaciones sufridas¡±. Con un 1,5% de viviendas sociales no hay soluci¨®n cre¨ªble.
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