El Supremo concluye que cogerse una excedencia para cuidar a los hijos computa como servicio activo
El alto tribunal justifica su fallo considerando que la carrera profesional de las personas en tal situaci¨®n no ha de verse afectada negativamente
El Tribunal Supremo ha establecido que en los concursos para la provisi¨®n de puestos de trabajo la excedencia voluntaria por cuidado de hijos y otros familiares debe equipararse a la de servicio activo para evitar que la carrera profesional de las personas en tal situaci¨®n se vea afectada negativamente. Desestima as¨ª el recurso de la Abogac¨ªa del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
En una sentencia, el Alto Tribunal fija como doctrina que las previsiones del art¨ªculo 57 de la ley org¨¢nica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres tienen efecto directo e imponen una valoraci¨®n de la situaci¨®n administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares id¨¦ntica a la que se otorga a la situaci¨®n de servicio activo. La resoluci¨®n reconoce el derecho de una mujer a que se le compute como servicio activo los meses que estuvo en excedencia por cuidado de hijos en la relaci¨®n de m¨¦ritos de los funcionarios de la administraci¨®n local con habilitaci¨®n nacional de 2015. El Supremo desestima el recurso interpuesto por la Abogac¨ªa del Estado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana, que anul¨® la resoluci¨®n administrativa por la que se public¨® la citada relaci¨®n de m¨¦ritos generales en la parte referida a los de esta trabajadora.
El TSJ entendi¨® que el tiempo de permanencia de la trabajadora en la citada situaci¨®n de excedencia deb¨ªa entenderse como asimilada a la de servicio activo y desplegar los efectos oportunos en la valoraci¨®n de los m¨¦ritos generales conforme a la citada ley, al estatuto b¨¢sico del empleado p¨²blico y la norma de ordenaci¨®n de la funci¨®n p¨²blica valenciana. Es una conclusi¨®n que comparte el Supremo en su sentencia, cuya ponente ha sido la magistrada Celsa Pico.
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