La justicia europea falla contra El Corte Ingl¨¦s en un litigio con su marca Panther
La cadena de grandes almacenes recurri¨® el registro de la italiana Panth¨¦ aduciendo riesgo de confusi¨®n
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) ha desestimado el recurso de El Corte Ingl¨¦s contra el registro por parte de la empresa milanesa MKR Design de la marca de ropa y art¨ªculos de sombrerer¨ªa Panth¨¦, al considerar que no existe riesgo de confusi¨®n con la registrada por el grupo de distribuci¨®n Panther, tambi¨¦n de prendas de vestir y de punto.
En diciembre de 2018, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Uni¨®n Europea (EUIPO) rechaz¨® la oposici¨®n de El Corte Ingl¨¦s al registro de la marca italiana, al estimar, en primer lugar, que no hab¨ªa riesgo de confusi¨®n entre las marcas y, en segundo lugar, que el uso efectivo de la marca denominativa espa?ola no hab¨ªa quedado suficientemente demostrado respecto de los productos en que se basaba la oposici¨®n.
As¨ª, El Corte Ingl¨¦s recurri¨® ante la EUIPO, la cual desestim¨® el recurso en diciembre de 2019, al confirmar que no hab¨ªa riesgo de confusi¨®n debido a las diferencias a nivel gr¨¢fico y conceptual entre los signos enfrentados, sin que fuera necesario examinar la prueba del uso efectivo de la marca figurativa espa?ola.
Asimismo, la EUIPO consider¨® insuficientes las pruebas aportadas por El Corte Ingl¨¦s para demostrar el uso efectivo de la marca denominativa espa?ola Panther respecto de las medias, calcetines y leggings, en los que se basaba la oposici¨®n.
El Corte Ingl¨¦s, por su parte, alegaba que, dada la similitud global entre los signos enfrentados y la gran similitud existente entre los productos de que se trata, la EUIPO se equivoc¨® al considerar que no hab¨ªa riesgo de confusi¨®n entre las marcas.
Por su parte, respecto a la apreciaci¨®n global del riesgo de confusi¨®n, el Tribunal General se?ala que la EUIPO consider¨® que el p¨²blico de referencia conceder¨ªa m¨¢s importancia al aspecto gr¨¢fico que al fon¨¦tico y que, en consecuencia, aunque los productos de que se trate sean en parte id¨¦nticos y en parte muy similares, la similitud fon¨¦tica entre los signos enfrentados no pod¨ªa compensar las diferencias existentes entre ambos a nivel gr¨¢fico y conceptual.
El Tribunal General tambi¨¦n confirma esta apreciaci¨®n indicando que, en este caso, las marcas figurativas de El Corte Ingl¨¦s est¨¢n claramente asociadas al concepto de un felino de color negro, y que la empresa espa?ola no ha demostrado que la marca cuyo registro solicita MKR Design vehicule un concepto determinado que pueda percibir al menos una parte del p¨²blico pertinente.
¡±Por lo tanto, la falta de similitud a nivel conceptual entre los signos en conflicto neutraliza la similitud que existe entre ellos a nivel fon¨¦tico¡±, se?ala el TUE.
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