Un juzgado desestima la demanda millonaria del expresidente de Abengoa contra el Santander y HSBC
Felipe Benjumea reclamaba 1.000 millones por una ampliaci¨®n de capital que no se llev¨® a cabo
La magistrada del Juzgado de Primera Instancia 43 de Madrid ha desestimado las demandas interpuestas por las sociedades mercantiles Inversi¨®n Corporativa, Ardach¨®n y Finarpisa, encabezadas por la familia Benjumea y otros accionistas de Abengoa, contra el Banco Santander y HSBC. Los demandantes reclamaban a las entidades financieras una indemnizaci¨®n de 1.000 millones de euros por una operaci¨®n de ampliaci¨®n de capital que nunca vio la luz. El fallo no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Madrid.
La sentencia, con fecha 11 de febrero, se ha conocido este martes, justo el d¨ªa despu¨¦s de que la compa?¨ªa andaluza solicitara el concurso de acreedores tras fracasar las negociaciones para su tercer rescate. El fallo del juzgado madrile?o se refiere a una operaci¨®n de ampliaci¨®n de capital que el grupo andaluz anunci¨® a principios de agosto de 2015, cuando ya se encontraba en una situaci¨®n cr¨ªtica. El importe de la operaci¨®n ascend¨ªa a 650 millones de euros y la firma entabl¨® negociaciones con el Banco Santander y HSBC para que aseguraran la ampliaci¨®n.
Los demandantes han alegado que las entidades financieras se comprometieron a garantizar la ampliaci¨®n en la carta de aseguramiento, en la cual se determin¨® un calendario ¡°tentativo¡± de la operaci¨®n que preve¨ªa que el desembolso se concluyera el 1 de octubre. A?aden que acordaron que el contrato de aseguramiento se firmara el 14 de septiembre de 2015, pero que ese mismo d¨ªa los bancos comunicaron a Abengoa que para seguir adelante con la operaci¨®n era ¡°condici¨®n indispensable e inexcusable¡± que el presidente ejecutivo de la empresa, Felipe Benjumea, dejara su cargo para mejorar la imagen de la compa?¨ªa. Ya entonces Abengoa estaba sumida en una profunda crisis de credibilidad por las dudas sobre su situaci¨®n financiera.
Finalmente, el 14 de septiembre no se lleg¨® a firmar ninguna carta y la ampliaci¨®n de capital no vio la luz. Los demandantes han defendido que el compromiso de las entidades era firme, y que su cambio de postura dio la imagen de que la empresa estaba gestionada de forma irregular, caus¨® ca¨ªdas de cotizaci¨®n, gener¨® p¨¦rdida de confianza del mercado y aplaz¨® la ampliaci¨®n de capital. Lo que llev¨® al grupo a desplomarse y presentar el preconcurso de acreedores poco despu¨¦s, en noviembre de 2015.
El Santander y HSBC, por su parte, han rechazado la versi¨®n de los demandantes. Ambas entidades han defendido que no estaban obligadas a proceder con la operaci¨®n, ya que el acuerdo no estaba cerrado, pues faltaban por cumplir determinadas condiciones al contrato de aseguramiento y la situaci¨®n en la que se encontraba la firma no era la descrita en la demanda. Han a?adido que ya exist¨ªa desconfianza por parte de los mercados y que la firma ya arrastraba una crisis importante desde finales del a?o anterior.
El fallo hace hincapi¨¦ en la prescripci¨®n de los hechos. El juzgado concluye que ¡°no existi¨® relaci¨®n contractual alguna entre los demandantes y los bancos, ni negociaci¨®n al objeto de suscribir la carta de aseguramiento de la ampliaci¨®n de capital¡±. Por ello, la magistrada se?ala que el plazo de prescripci¨®n se reduce a un a?o, y que los demandantes presentaron su reclamaci¨®n ¨Den marzo de 2018¨D cuando este periodo ya estaba agotado.
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