Hacienda reclama 101,4 millones a Repsol y 56,7 millones a Iberdrola por impuestos de hace una d¨¦cada
Dos autos de la Audiencia Nacional revelan las millonarias reclamaciones de la Agencia Tributaria contra las energ¨¦ticas. Las empresas logran la suspensi¨®n de los pagos mientras pleitean en el contencioso
Repsol, la compa?¨ªa presidida por Antonio Brufau, se enfrenta a una reclamaci¨®n tributaria de 101,4 millones de euros por parte de Hacienda por el impuesto de sociedades de los a?os 2010, 2011 y 2013. Mientras que Iberdrola, la el¨¦ctrica dirigida por Ignacio S¨¢nchez Gal¨¢n, debe afrontar un pago de 56,7 millones de euros por el impuesto de sociedades de 2009. Ambas compa?¨ªas solicitaron a los jue...
Repsol, la compa?¨ªa presidida por Antonio Brufau, se enfrenta a una reclamaci¨®n tributaria de 101,4 millones de euros por parte de Hacienda por el impuesto de sociedades de los a?os 2010, 2011 y 2013. Mientras que Iberdrola, la el¨¦ctrica dirigida por Ignacio S¨¢nchez Gal¨¢n, debe afrontar un pago de 56,7 millones de euros por el impuesto de sociedades de 2009. Ambas compa?¨ªas solicitaron a los jueces de la Audiencia, a trav¨¦s de sendos recursos, la suspensi¨®n de los pagos al fisco por la ¡°necesidad de adoptar medidas cautelares para no hacer perder a la sentencia su efectividad¡±.
Los recursos presentados por las empresas energ¨¦ticas argumentan que se podr¨ªan producir ¡°perjuicios irreparables¡± si no se procede a la suspensi¨®n del pago. Los magistrados condicionan la suspensi¨®n de los pagos a la presentaci¨®n de un aval bancario que garantice el cobro por parte de Hacienda en caso de que las empresas pierdan los recursos contenciosos administrativos pendientes. Fuentes de ambas empresas recuerdan que este procedimiento de solicitar la suspensi¨®n de los pagos exigidos por la Agencia Tributaria son habituales en estos litigios fiscales.
El caso de Repsol es el m¨¢s llamativo. Hacienda le reclama 101.449.503,87 euros por las liquidaciones del impuesto de sociedades de los ejercicios 2010 y 2011 a 2013. La empresa explica en sus cuentas anuales de 2020 que la Agencia Tributaria finaliz¨® la inspecci¨®n en 2017 ¡°sin la imposici¨®n de sanci¨®n alguna y, en su mayor parte, mediante actas de conformidad o con acuerdo de las que no se han derivado pasivos significativos para el grupo¡±. No obstante, la el¨¦ctrica admite que ¡°en relaci¨®n con dos asuntos (deducibilidad de intereses de demora tributarios y deducci¨®n de p¨¦rdidas por actividades empresariales en el extranjero) la resoluci¨®n administrativa fue objeto de reclamaci¨®n¡± porque Repsol consideraba que eran correctos. Sin embargo, el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central (TEAC) desestim¨® la reclamaci¨®n.
La empresa explica que interpuso un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, que de momento no se ha pronunciado. En paralelo Repsol solicit¨® la suspensi¨®n del pago de la deuda reclamada por el fisco y los jueces le concedieron la interrupci¨®n del abono a cambio de un aval.
La petrolera espa?ola tambi¨¦n recoge en sus cuentas anuales que tiene otros asuntos pendientes con el fisco. En este caso se refiere a impuestos del periodo comprendido entre 2006 a 2009. ¡°Los asuntos discutidos se refieren principalmente a precios de transferencia, deducci¨®n de p¨¦rdidas por inversiones en el extranjero y deducciones por inversiones, la mayor¨ªa como consecuencia de cambios de criterio mantenido por la Administraci¨®n en actuaciones precedentes¡±, refleja la empresa en la memoria anual. ¡°En relaci¨®n con los ajustes de precios de transferencia, las liquidaciones fueron anuladas como consecuencia de la resoluci¨®n de un conflicto por la Junta arbitral del Concierto Econ¨®mico con el Pa¨ªs Vasco, la resoluci¨®n de un procedimiento amistoso con EE UU y dos resoluciones del TEAC¡±.
Pero, contin¨²a la empresa, ¡°la Inspecci¨®n Tributaria ha dictado una nueva liquidaci¨®n por los periodos 2007-2009 aplicando los criterios ya aceptados en ejercicios posteriores tanto por la Administraci¨®n como por el contribuyente (est¨¢ pendiente la liquidaci¨®n relativa al per¨ªodo 2006)¡±.
La petrolera a?ade que el TEAC admiti¨® parcialmente algunas de los argumentos que present¨®, pero hubo otros que desech¨® en relaci¨®n con los incentivos fiscales al I+D y deducci¨®n de p¨¦rdidas por actividades empresariales en el extranjero. ¡°Por los aspectos no estimados se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, por entender la Compa?¨ªa que su actuaci¨®n ha sido ajustada a Derecho¡±, se?ala.
Reclamaci¨®n de 56 millones a Iberdrola
Por su parte, Iberdrola tiene pendiente una reclamaci¨®n de 56.701.081,76 euros por el impuesto de sociedades de 2009. La el¨¦ctrica, al igual que Repsol, recurri¨® ante la Audiencia para que le suspendieran el pago de la deuda tributaria hasta que se dilucide el recurso contencioso-administrativo. Alega la necesidad de la suspensi¨®n ¡°para no hacer perder a la sentencia su efectividad en la causaci¨®n de perjuicios irreparables a la recurrente en caso de proceder a la ejecutividad e la resoluci¨®n impugnada, sin que queda afectado el inter¨¦s p¨²blico, siendo el inter¨¦s de la recurrente el m¨¢s necesitado de protecci¨®n¡±.
Las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2020 no aclaran exactamente a qu¨¦ se debe la reclamaci¨®n de la Agencia Tributaria, aunque s¨ª recogen varios litigios tributarios pendientes con Hacienda por discrepancias en la aplicaci¨®n de los principios fiscales.
¡°En junio de 2020 se han notificado a Iberdrola las resoluciones del TEAC relativas a las reclamaciones interpuestas en relaci¨®n con las actas en disconformidad firmadas en 2016, correspondientes al procedimiento de comprobaci¨®n general seguido respecto del grupo de consolidaci¨®n fiscal de territorio com¨²n por los ejercicios 2008 a 2011¡å, se?ala la memoria anual.
¡°En la resoluci¨®n relativa al IVA, el TEAC ha fallado de forma favorable a los intereses de Iberdrola (lo que supone la anulaci¨®n de las actas y liquidaciones de la Inspecci¨®n), mientas que en las relativas al impuesto sobre sociedades ha resuelto desfavorablemente. Contra estos ¨²ltimos pronunciamientos Iberdrola ha interpuesto el 7 de julio de 2020 recursos contencioso-administrativos ante la Audiencia Nacional¡±, explica.
La el¨¦ctrica detalla que los principales ajustes incluidos en los acuerdos de liquidaci¨®n derivados de las actas de disconformidad firmadas se refieren a la cuantificaci¨®n del fondo de comercio financiero, susceptible de amortizaci¨®n fiscal, por la adquisici¨®n de Scottish Power, la eliminaci¨®n de la exenci¨®n por dividendos de la energ¨¦tica escocesa al entender la Inspecci¨®n que es incompatible con un ajuste de valor de la cartera por cobertura de inversi¨®n neta, diferencias en los criterios de consolidaci¨®n fiscal y posible concurrencia en una operaci¨®n de cambio de deudor en algunas emisiones de bonos por las circunstancias establecidas en la Ley General Tributaria¡±.
El asunto de Scottish Power ha generado dolores de cabeza a los ejecutivos de Iberdrola. En 2018 tuvo que devolver 665 millones de euros a la Hacienda tributaria por deducciones en el impuesto de sociedades aprobadas por el Gobierno de Aznar para la adquisici¨®n de empresas extranjeras. La Comisi¨®n Europea declar¨® estos beneficios fiscales como ayudas de Estado y oblig¨® a devolver las deducciones que ya se hab¨ªan anotado las compa?¨ªas. Para cumplir con estas exigencias Iberdrola compens¨® parte de deducciones tributarias pendientes, por unos 363 millones de euros, y el resto, 302 millones, lo liquid¨® a Hacienda.
La compa?¨ªa, adem¨¢s, explica en sus cuentas anuales que en diciembre de 2020 recibi¨® una notificaci¨®n por parte del TEAC sobre las reclamaciones interpuestas derivadas de las actas de disconformidad firmadas en los procedimientos de comprobaci¨®n de los ejercicios 2012 a 2014. ¡°La discrepancia con la Administraci¨®n se centraba en la aplicabilidad o no del criterio de imputaci¨®n temporal que ha establecido en numerosas sentencias el Tribunal Supremo en relaci¨®n con los ingresos obtenidos por el grupo, derivados de pagos realizados con base en normas contrarias a derecho¡±, explica. Y a?ade que esta resoluci¨®n del TEAC, de diciembre de 2020, estima parcialmente las pretensiones de la el¨¦ctrica ¡°aceptando su criterio en lo que se refiere a los tributos declarados inconstitucionales¡±. La compa?¨ªa anuncia que presentar¨¢ recursos contenciosos-administrativos ante la Audiencia.