La Audiencia Nacional anula una multa de 22,6 millones impuesta a Repsol por la CNMC
El tribunal considera que la sanci¨®n del regulador ¡°no se ajusta a derecho¡± y falla que la Administraci¨®n debe hacerse cargo de las costas judiciales
Repsol no tendr¨¢ que hacer frente a la multa de 22,59 millones de euros impuesta en julio de 2015 por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por considerar que en sus relaciones con sus estaciones de servicio abanderadas cometi¨® infracciones en materia de formaci¨®n de precios o aplicaci¨®n de descuentos. La sanci¨®n, que se basaba en un supuesto pacto para el intercambio de informaci¨®n entre competidores, qued¨® anulada en una sentencia dicatada a mediados de marzo que ha sido adelantada este lunes por la agencia Europa Press y a la que ha tenido acceso EL PA?S.
En el fallo, la Secci¨®n Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estima el recurso interpuesto por Repsol contra la resoluci¨®n de la CNMC. La petrolera argumentaba, entre otras cosas, que la resoluci¨®n deb¨ªa ser anulada por ¡°basarse ¨ªntegramente en una actuaci¨®n inspectora anulada por sentencia firme del Tribunal Supremo¡± y alegaba que el regulador no ten¨ªa competencia para ¡°resolver sobre las conductas imputadas¡±. La Audiencia no solo anula la resoluci¨®n del regulador por la que se impon¨ªa la multa a la energ¨¦tica ¡°por no ser ajustada a Derecho¡±, sino que tambi¨¦n condena a la Administraci¨®n a hacerse cargo de las costas judiciales aparejadas al proceso.
La sentencia, fechada el pasado 16 de marzo, es susceptible de recurso de casaci¨®n ante la propia Audiencia Nacional. No obstante, fuentes jur¨ªdicas consultadas por Europa Press subrayan que la opci¨®n del recurso tendr¨ªa poco recorrido. De hecho, en 2017, este tribunal ya hab¨ªa admitido un recurso de la firma presidida por Antonio Brufau y anulaba esta multa de la CNMC al considerar que exist¨ªa un defecto de forma.
El expediente de marras ten¨ªa origen en una investigaci¨®n iniciada en mayo de 2013 a ra¨ªz de los informes publicados por las antiguas CNC (Comisi¨®n Nacional de la Competencia) y la CNE (Comisi¨®n Nacional de la Energ¨ªa), ambas agrupadas en la actual CNMC, sobre el alineamiento de los precios de venta al p¨²blico de combustibles en estaciones de servicio. Esos informes apuntaban a la ¡°coordinaci¨®n en materia de precios entre cada uno de estos operadores de productos petrol¨ªferos y los empresarios independientes que operan en sus respectivas redes de distribuci¨®n de combustible de automoci¨®n¡± y ven¨ªan precedidos de varias inspecciones, dos a?os antes, de las sedes de Repsol, Disa Corporaci¨®n Petrolera y la Asociaci¨®n Espa?ola de Operadores Petrol¨ªferos (AOP).
Adem¨¢s de a Repsol, la CNMC sancionaba a tres empresas de estaciones de servicio abanderadas de la petrolera ¡ªLence Torres y Complejo San Crist¨®bal, Lorqu¨ª y Cerro de la Caba?a, a las que obligaba a abonar entre 28.000 y 145.000 euros¡ª. Tres consejeros de la CNMC, incluido su entonces presidente, Jos¨¦ Mar¨ªa Mar¨ªn Quemada, aprobaron aquella resoluci¨®n, hoy anulada, que cont¨® con los votos en contra de los otros dos consejeros de la Sala.
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