Ofertas de alquiler que pueden salir muy caras
Los expertos legales alertan de algunas promociones que dificultan saber lo que se va a acabar pagando por la casa
Hay chollos que resultan no serlo. Eso es lo que sucede con muchos anuncios de alquileres de vivienda. Bajo la apariencia de grandes ofertas comerciales esconden cl¨¢usulas contractuales que pueden acabar saliendo muy caras para los inquilinos. Leer bien el contrato, conocer la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) o consultar con un profesional son las recomendaciones m¨¢s obvias para evitar sorpresas desagradables. La mayor¨ªa, alertan los expertos legales, se camu...
Hay chollos que resultan no serlo. Eso es lo que sucede con muchos anuncios de alquileres de vivienda. Bajo la apariencia de grandes ofertas comerciales esconden cl¨¢usulas contractuales que pueden acabar saliendo muy caras para los inquilinos. Leer bien el contrato, conocer la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) o consultar con un profesional son las recomendaciones m¨¢s obvias para evitar sorpresas desagradables. La mayor¨ªa, alertan los expertos legales, se camuflan en la parte de gastos que debe pagar el arrendatario, tales como el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) o las cuotas de la comunidad.
Jos¨¦ Ram¨®n Zurdo, director general de la Agencia Negociadora del Alquiler (una empresa privada que media arrendamientos), pone el foco sobre ofertas que ¡°recogen una renta bastante atractiva durante un tiempo, pero luego imputan una serie de gastos que al inquilino con el paso del tiempo le fuerzan a irse¡±. Como ejemplo pone un contrato real, que un cliente llev¨® a la compa?¨ªa y comparte anonimizado, en el que se ofrec¨ªa una bonificaci¨®n de los gastos de IBI y comunidad durante tres a?os. Eso significa que el inquilino pagar¨¢ durante los primeros 36 meses 550 euros, con los incrementos anuales correspondientes de IPC en el segundo y tercer a?o. Pero luego la renta subir¨ªa m¨¢s de 186 euros cada mes. Es decir, un 33% m¨¢s que el precio inicial.
¡°Es una pr¨¢ctica muy habitual y puede ser un fraude de ley¡±, alerta Zurdo, quien cita una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 2007 que anulaba una cl¨¢usula que duplicaba la renta a partir del tercer a?o de contrato. Esa posibilidad ya fue vetada en las sucesivas reformas de la LAU (la renta solo puede subir lo que suba el IPC) y por eso en la Agencia Negociadora del Alquiler creen que algunos caseros aprovechan ahora los gastos como v¨ªa para subir el importe de las casas y acortar la duraci¨®n de los contratos. Para el directivo se trata de una situaci¨®n an¨¢loga y considera que ¡°la barrera es que el precio que se ofrezca sea un precio de mercado¡±.
Si con la rebaja, el alquiler est¨¢ dentro de los importes de la zona, Zurdo recomienda firmarlo y recoger evidencias como el precio medio de los inmuebles de esa calle (una informaci¨®n que ofrecen algunos portales) u otros anuncios de casas cercanas. Cuando llegue el aumento del precio, considera que el arrendatario puede negarse a pagarlo explicitando que se trata de una cl¨¢usula abusiva. ¡°Seguramente nunca llegue una demanda¡±, valora, ¡°la ley tiene normas que son imperativas, que son las del t¨ªtulo segundo [donde se regulan los contratos], y todo lo que sea alterarlas no se puede pactar si va contra el inter¨¦s del inquilino¡±.
¡°Publicidad enga?osa¡±
Sin embargo, para Celestino Fern¨¢ndez, abogado de Leg¨¢litas, la soluci¨®n no es tan sencilla. Coincide en que esta situaci¨®n ¡°prevalece sobre todo en grandes propietarios¡±, que son los que suelen realizar ofertas imaginativas para atraer clientes. Un vistazo a los portales inmobiliarios deja numerosas muestras: campa?as especiales como las del pasado Black Friday, exenciones de pago de la renta durante los primeros meses, descuentos, eliminaci¨®n de comisiones o las consabidas bonificaciones de los gastos durante una parte del contrato forman parte del men¨². Pero Fern¨¢ndez recuerda que ¡°tanto el IBI, como el impuesto de recogida de residuos, como los gastos de comunidad son repercutibles siempre que se ponga en el contrato y se especifique su importe¡±.
El abogado de Leg¨¢litas cree que resulta ¡°muy dif¨ªcil¡± demostrar el presunto fraude de ley porque ¡°no hay un precio de mercado que sea exigible poner en el contrato¡±. La renta, dice la LAU, es la que libremente pactan las partes y luego solo puede subir conforme al coste de la vida. Sin embargo, los caseros se cuidan mucho de establecerlo en los documentos no como una subida, lo que hacen es ofrecerlo como un descuento en los primeros a?os. En cuanto a c¨®mo lo anuncian, ¡°tendr¨ªa que ver m¨¢s con una publicidad enga?osa en el ¨¢mbito del consumo¡±, valora Fern¨¢ndez.
En lo que s¨ª coinciden ambos es en las se?ales de alerta a las que deben estar atentos quienes buscan casa. Legalmente, el casero puede hacer pagar por algunos impuestos, gastos de comunidad e incluso peque?as reparaciones. Pero lo habitual es que simplemente se cobre la renta y los suministros individuales (luz, agua, gas, internet¡). ¡°Si hay m¨¢s cosas adem¨¢s de eso, que se busque otro alquiler¡±, aconseja el experto de Leg¨¢litas. Respecto a las obras y reparaciones, se?ala que la f¨®rmula m¨¢s frecuente es poner que se satisfar¨¢ ¡°lo que corresponda por ley¡±. La norma ya es suficientemente protectora con los inquilinos, que deben desconfiar de otras cl¨¢usulas. ¡°No demos la opci¨®n de que haya que ir a discutirlo al contrato¡±, concluye el abogado, ¡°no dejemos que el arrendador ponga p¨¢rrafos largos¡±.