La Audiencia Nacional anula la multa de la CNMC de 46 millones a Prosegur y Loomis
El tribunal considera que Competencia no ha probado la existencia de pacto para repartirse el mercado del transporte del dinero en efectivo
La Audiencia Nacional ha anulado una multa de 46,4 millones de euros impuesta por la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a las empresas de seguridad Prosegur y Loomis. El tribunal considera que el organismo presidido por Cani Fern¨¢ndez no ha acreditado la existencia de un plan com¨²n y de una pr¨¢ctica concertada entre ambas compa?¨ªas para repartirse el mercado de transporte de dinero en efectivo.
La sanci¨®n de la CNMC se produjo en 2016. En concreto, eran 39,4 millones de euros a Prosegur y siete millones a Loomis por repartirse el mercado, acordar precios e intercambiar informaci¨®n comercial sensible durante siete a?os (entre 2008 y 2015) en el negocio del traslado de la recaudaci¨®n y transporte del dinero en efectivo, conocido en el sector como cash. Ahora, la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia ha estimado el recurso presentado por Prosegur porque entiende que no existe en el expediente administrativo ninguna prueba documental que ponga de manifiesto que el comportamiento de las sancionadas se debiera a un plan previamente concertado entre ambas.
La sala considera que Competencia apoya sus conclusiones en ¡°suposiciones e interpretaciones basadas en indicios que carecen de relaci¨®n directa con el hecho que se quiere acreditar¡±, toda vez que la recurrente ha ofrecido respecto de cada uno de esos indicios ¡°explicaciones alternativas razonables¡±, algunas basadas en normas legales. Estas exposiciones, seg¨²n el fallo, debieron llevar a la CNMC ¡°a ser m¨¢s exigente¡± en los razonamientos que rechazan esas justificaciones alternativas.
¡°El comportamiento de la recurrente pod¨ªa estar amparado en razones de optimizaci¨®n de recursos y de racionalizaci¨®n del gasto. Explicaciones alternativas razonables que justifican el comportamiento de la recurrente y que, adem¨¢s, tienen amparo legal, lo cual lleva a este tribunal a concluir que los indicios de actuaci¨®n concertada en que se ha basado la CNMC no pueden constituir prueba de cargo¡±, recoge la sentencia. De esta forma, la sala concluye que Competencia no ha acreditado que las conductas imputadas se hayan realizado en ejecuci¨®n de un plan com¨²n y concertado o aprovechando id¨¦ntica ocasi¨®n que implica un v¨ªnculo de complementariedad entre las empresas imputadas.
Al contrario, la sala entiende que organismo que preside Fern¨¢ndez ha justificado de forma ¡°voluntarista y artificiosa¡± la existencia de ese plan concertado al apoyarse en expresiones llamativas recogidas en algunos correos electr¨®nicos internos emitidos por empleados de las empresas. Sin embargo, seg¨²n la sentencia no consta la acreditaci¨®n de un elemento de cohesi¨®n o de v¨ªnculo de complementariedad entre las actuaciones de las empresas imputadas para poder encuadrar esas conductas dentro de la consecuci¨®n de un objetivo com¨²n del plan acordado.
Denuncia an¨®nima
Competencia comenz¨® en su d¨ªa las pesquisas tras recibir una denuncia an¨®nima. Y consideraba que estas sociedades hab¨ªan cometido una infracci¨®n ¨²nica y continuada del art¨ªculo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y del art¨ªculo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Uni¨®n Europea.
La actividad que ambas empresas realizan, por su complejidad y sensibilidad, solo la desarrollaban cuatro empresas en Espa?a, si bien Prosegur y Loomis eran las ¨²nicas con implantaci¨®n en toda la Pen¨ªnsula. El negocio de la log¨ªstica de valores incluye el transporte del dinero en furgones, su almacenamiento en instalaciones de las empresas y la gesti¨®n del efectivo.
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