Los empresarios califican de ¡°traici¨®n¡± a la reforma laboral que el Gobierno permita ahora a la Inspecci¨®n revisar las causas de un ERE
Las patronales CEOE y Cepyme cargan contra el Ejecutivo y rompen relaciones con el Ministerio de Trabajo, al que no consideran un interlocutor ¡°fiable¡±
La aprobaci¨®n en el Congreso de una enmienda transaccional de EH Bildu con PSOE y Podemos para que la Inspecci¨®n de Trabajo vuelva a ganar peso y pueda pronunciarse sobre la concurrencia de las causas aducidas por una empresa que quiera acogerse a un Expediente de Regulaci¨®n de Empleo (ERE) supone para las patronales CEOE y Cepyme una ¡°traici¨®n¡± al acuerdo que alcanzaron con el Gobierno en el dise?o de la reforma laboral. A trav¨¦s de un comunicado conjunto publicado este mi¨¦rcoles, ambas organizaciones creen que este movimiento de ¨²ltima hora rompe con ¡°la buena fe¡± de la negociaci¨®n que los empresarios mantuvieron con el Ministerio de Trabajo durante la elaboraci¨®n del nuevo marco de relaciones laborales aprobado hace un a?o, y en el que se acord¨® no reincorporar esta potestad de la que dispon¨ªa la Inspecci¨®n como gesto para lograr el apoyo de las patronales.
¡°Los empresarios espa?oles consideramos que la enmienda transaccional aprobada por el Ministerio de Trabajo para reponer el control de las causas en los despidos colectivos es una traici¨®n al acuerdo alcanzado en la reforma laboral¡±, indica el comunicado de CEOE y Cepyme. ¡°En la medida en que este asunto fue debatido en los trabajos de la reforma laboral, y apartado de mutuo acuerdo en aras del consenso, la actuaci¨®n del Ministerio a trav¨¦s de la enmienda de EH Bildu supone una ruptura de la buena fe negocial, imprescindible en todo proceso de negociaci¨®n, que obliga a las partes a respetar y defender los acuerdos alcanzados, actuaci¨®n que invalida al Ministerio de Trabajo como interlocutor fiable¡±, a?ade el texto. Frente a este cambio de parecer del departamento que dirige la vicepresidenta segunda, Yolanda D¨ªaz, y mientras que no se produzca ¡°una rectificaci¨®n¡±, las dos organizaciones patronales rechazan la interlocuci¨®n con Trabajo por entenderla como ¡°tramposa y contraria a la buena fe¡±.
Fuentes del ministerio de Trabajo muestran su ¡°sorpresa¡± ante esta reacci¨®n de los empresarios, y recuerdan que esta aumento de responsabilidades de la Inspecci¨®n se aprob¨® en el Plan Estrat¨¦gico de la Inspecci¨®n de Trabajo que se aprob¨® ¡°hace un a?o¡±, antes incluso de que se acordase la reforma laboral. Adem¨¢s, recuerdan que la retirada de este punto ¡°nunca estuvo sobre la mesa de negociaci¨®n¡±.
¡°?Cu¨¢l es el problema de que act¨²e la Inspecci¨®n en el examen de las causas si todo se hace bien?¡±, se ha preguntado Yolanda D¨ªaz. ¡°Entiendo que la patronal espa?ola est¨¢ de acuerdo con la defensa de la legalidad, y, por tanto, si todo est¨¢ bien, no tendr¨¢ ning¨²n obst¨¢culo en que la Inspecci¨®n entre a examinar las causas en un caso de despido masivo. El se?or Garamendi, igual que los sindicatos, conocen lo que se aprueba en el Consejo de Ministros y de esto hace ya m¨¢s de un a?o, por lo que no tienen nada que decir. Adem¨¢s, tambi¨¦n forma parte del acuerdo de Gobierno¡±, ha a?adido la ministra de Trabajo.
En el objetivo 14 del Plan Estrat¨¦gico se detalla que ¡°se propondr¨¢ la correspondiente modificaci¨®n normativa con objeto de ampliar el contenido del informe de la Inspecci¨®n de Trabajo y Seguridad Social a las causas motivadoras de los procedimientos de despido colectivo y de suspensi¨®n y reducci¨®n de la jornada de trabajo¡±. Esto es, volver¨¢ a ser necesario que la Inspecci¨®n acredite que se producen las causas que permiten llevar a cabo un despido colectivo. ¡°Por nuestra parte queremos continuar con el di¨¢logo social como hasta ahora y esperamos que siga siendo as¨ª¡±, a?aden estas mismas fuentes.
La enmienda aprobada en la Comisi¨®n de Trabajo modifica el art¨ªculo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores en el que se aborda el despido colectivo. Con este cambio, la Inspecci¨®n deber¨¢ constatar que la documentaci¨®n presentada por cualquier empresa que quiera acogerse a un ERE se ajusta a los requerimientos exigidos en funci¨®n de la causa concreta a la que aluda para iniciar el proceso de despido. Actualmente, esta verificaci¨®n no es necesaria, puesto que qued¨® eliminada durante la reforma de 2012 que aprob¨® el Gobierno del PP de Mariano Rajoy, y no fue recuperada en el nuevo texto.
Para EH Bildu, la recuperaci¨®n de derechos por parte de la Inspecci¨®n supone devolver uno de los ¡°elementos centrales¡± que elimin¨® la anterior reforma, para, en su opini¨®n,¡°facilitar los despidos colectivos¡±. De hecho, el partido vasco defiende que esta modificaci¨®n le da al organismo ¡°un papel decisivo en la supervisi¨®n y el control de los despidos colectivos¡± para que obedezcan ¡°a causas objetivas¡±.
M¨¢s elementos de control
Con la nueva redacci¨®n del art¨ªculo del Estatuto de Trabajadores queda establecido que tras notificarse la comunicaci¨®n del despido, la Inspecci¨®n de Trabajo dispondr¨¢ de 15 d¨ªas no prorrogables para elaborar un informe, y que este se incorporar¨¢ al procedimiento. La aportaci¨®n del organismo de control de las relaciones laborales servir¨¢ para que los jueces dispongan de otro elemento m¨¢s para evaluar si concurren o no las causas que permiten la realizaci¨®n de un proceso de despido colectivo.
Con todo, adem¨¢s de considerar este cambio de parecer como un quebrantamiento de las condiciones del pacto alcanzado a finales de diciembre del a?o pasado, los patronos se?alan que esta interferencia en las decisiones empresariales puede no estar amparada por la Constituci¨®n. ¡°Advertimos que esta modificaci¨®n, que tiene como fin intervenir las decisiones empresariales, es contraria a la Constituci¨®n y al derecho a la libertad de empresa y contraviene la normativa europea, que no admite una regulaci¨®n que sustraiga al empresario la facultad decisoria como establecen numerosas sentencias, entre otras, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea del 21 de diciembre de 2016¡å.
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