Campa?a del IRPF: c¨®mo presentar la declaraci¨®n de la renta ¡®online¡¯ y qu¨¦ otras opciones hay
Desde el martes 11 de abril est¨¢ abierto el plazo para confeccionar el modelo 100 por internet
El martes 11 de abril se abri¨® el plazo para presentar la declaraci¨®n del IRPF 2022-2023 por internet a trav¨¦s de la plataforma Renta WEB de la Agencia Tributaria. Es el pistoletazo de salida de la campa?a, que como todos los a?os presenta algunas novedades con respecto a la anterior. Tambi¨¦n existe la opci¨®n de confeccionar el modelo 100 de forma telef¨®nica o presencial, en una de las oficinas de Hacienda, pero habr¨¢ que esperar unas semanas m¨¢s para utilizar estos canales. A continuaci¨®n se indican las fechas...
El martes 11 de abril se abri¨® el plazo para presentar la declaraci¨®n del IRPF 2022-2023 por internet a trav¨¦s de la plataforma Renta WEB de la Agencia Tributaria. Es el pistoletazo de salida de la campa?a, que como todos los a?os presenta algunas novedades con respecto a la anterior. Tambi¨¦n existe la opci¨®n de confeccionar el modelo 100 de forma telef¨®nica o presencial, en una de las oficinas de Hacienda, pero habr¨¢ que esperar unas semanas m¨¢s para utilizar estos canales. A continuaci¨®n se indican las fechas claves, las modalidades para realizar la gesti¨®n y los principales aspectos a tener en cuenta para evitar sorpresas no deseadas.
Plazos de la declaraci¨®n de la renta
La declaraci¨®n que se presenta este a?o hace referencia al ejercicio de 2022 y hay tres maneras para confeccionarla: por internet, telef¨®nicamente o de forma presencial. El servicio telem¨¢tico ¡ªel m¨¢s usado, por m¨¢s del 90% de los contribuyentes¡ª es tambi¨¦n el primero en estar disponible, a partir de este martes 11 de abril. Los contribuyentes que opten por este canal pueden solicitar el borrador y confeccionar la declaraci¨®n a trav¨¦s del sitio web o la aplicaci¨®n para m¨®vil de la Agencia Tributaria, que se puede descargar desde las tiendas de cualquier sistema operativo o con un c¨®digo QR disponible en el sitio de la Agencia Tributaria.
A partir del 3 de mayo se podr¨¢ solicitar una cita previa para confeccionar y presentar la declaraci¨®n de manera telef¨®nica. Esta se podr¨¢ pedir por internet, en los n¨²meros 91 535 73 26 y 901 12 12 24 (servicio autom¨¢tico las 24 horas), o de lunes a viernes, de 9.00 a 19.00, en el 91 553 00 71 y 901 22 33 44 (atenci¨®n personalizada). Dos d¨ªas despu¨¦s, el 5 de mayo, empezar¨¢ a prestarse el servicio. La Agencia Tributaria recomienda tener lista la documentaci¨®n necesaria para realizar el tr¨¢mite, ya que la hora fijada para recibir la llamada de los funcionarios de Hacienda solo es indicativa.
El d¨ªa 25 arranca el plazo para pedir atenci¨®n presencial en una de las oficinas del organismo, que comenzar¨¢ a darse el 1 de junio. Tambi¨¦n en este caso se podr¨¢ solicitar por internet o por tel¨¦fono, llamando a los n¨²meros de atenci¨®n presencial arriba mencionados. El d¨ªa 29 finaliza la posibilidad de solicitar cita previa tanto telef¨®nica como presencial.
Con independencia del canal elegido, la campa?a termina para todos el 30 de junio. Sin embargo, si el resultado es a ingresar, hay que tener en cuenta que el plazo l¨ªmite para domiciliar el pago es tres d¨ªas antes, el 27 de junio.
C¨®mo funciona la Renta WEB
La plataforma Renta WEB permite tramitar y presentar la declaraci¨®n por v¨ªa telem¨¢tica (p¨¢gina web de la Agencia Tributaria y app del organismo). El primer paso para el contribuyente es identificarse a trav¨¦s de certificado o DNI electr¨®nico, n¨²mero de referencia o sistema Cl@ve PIN. Despu¨¦s, podr¨¢ consultar sus datos fiscales ¡ªcuentas bancarias, domicilio, inversiones, inmuebles, rendimientos, etc¨¦tera...¡ª, es decir, la informaci¨®n de la que dispone Hacienda y que utiliza para generar el borrador de la declaraci¨®n en Renta WEB. El ciudadano puede confirmarlo o modificarlo. Tambi¨¦n existe un simulador, Renta Web Open, que permite conocer cu¨¢l es la liquidaci¨®n final de la declaraci¨®n. Si sale negativa, es Hacienda quien tiene que devolver dinero, y viceversa.
La opci¨®n m¨¢s sencilla es generar el borrador a trav¨¦s de la plataforma Renta Web y, si no hay errores, confirmarlo y presentar la declaraci¨®n. De hecho, la mayor¨ªa de los datos del contribuyente se incorporan de forma autom¨¢tica a la plataforma, pero se pueden cambiar e incorporar nuevos. Los gestores administrativos alertan de que el 35% de los borradores contiene errores, por lo que se recomienda revisar los datos para estar seguros de que la informaci¨®n de la que dispone Hacienda est¨¢ actualizada. Por ejemplo, si a lo largo de 2022 se ha realizado la venta de una vivienda o se tiene derecho a alguna deducci¨®n auton¨®mica, hay que asegurarse de que queden reflejados en el modelo. Si se opta por hacer una declaraci¨®n conjunta con el c¨®nyuge ¡ªuna opci¨®n aconsejada cuando este no tiene rentas o son muy bajas¡ª, se deber¨¢n incorporar los datos fiscales de todos los miembros de la unidad familiar.
Hacienda cuenta con un servicio telef¨®nico de informaci¨®n tributaria b¨¢sica para dudas disponible todos los d¨ªas, salvo s¨¢bados y domingos, de 9.00 a 19.00, as¨ª como de un asistente virtual e informador de renta. Esta segunda herramienta incluye un servicio de chat de lunes a viernes de 9.00 a 19.00.
?Siempre es obligatorio presentar la declaraci¨®n?
No. En l¨ªneas generales, deben presentar la declaraci¨®n aquellos contribuyentes que hayan percibido por ingresos del trabajo m¨¢s de 22.000 euros durante el ejercicio, siempre y cuando tuvieran un ¨²nico pagador o, en caso de tener varios, la suma del segundo y posteriores no supere los 1.500 euros. Si este l¨ªmite se sobrepasa, el umbral se reduce a 14.000 euros. En caso de estar en ERTE, hay que considerar que el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE) se considera como un pagador m¨¢s.
La Agencia Tributaria subraya que se debe analizar el origen de cada renta y su importe para saber si hay que presentar o no la declaraci¨®n. Adem¨¢s, recuerda que hay casos en los que se exige el modelo 100, aunque no se superen los umbrales antes mencionados. Por ejemplo, ser beneficiario del ingreso m¨ªnimo vital (IMV) ¡ªuna ayuda que est¨¢ exenta de tributar en la renta¡ª obliga a ¡°presentar la declaraci¨®n por IRPF, con independencia de la cuant¨ªa de sus ingresos¡±.
Principales novedades
M¨¢s all¨¢ de los aspectos pr¨¢cticos a la hora de presentar la declaraci¨®n, hay varios cambios de contenido, aprobados tanto por el Gobierno central como por los Ejecutivos regionales, que se aplican a la campa?a 2022-2023. Una de las novedades de esta campa?a es que la deducci¨®n m¨¢xima por aportaci¨®n a los planes de pensiones individuales baja de los 2.000 a los 1.500 euros, mientras que sube de 8.000 a 8.500 euros en el caso de planes de empresa. Adem¨¢s, las mujeres con hijos menores de tres a?os que no est¨¦n trabajando podr¨¢n acceder a la ayuda por maternidad de 100 euros al mes, antes reservada a las ocupadas.
Pero las novedades m¨¢s destacables son quiz¨¢s las deflactaciones y cambios que varias comunidades han aprobado en el tramo auton¨®mico del IRPF ¡ªla mitad de la escala la gestionan las regiones¡ª para mitigar el efecto de la inflaci¨®n. Los territorios que han modificado la tarifa son Andaluc¨ªa, Canarias, Castilla y Le¨®n, Galicia, Madrid, Murcia, Comunidad Valenciana y Arag¨®n, seg¨²n los datos recopilados por el Registro de Economistas Asesores Fiscales. El Gobierno central tambi¨¦n ha aprobado una rebaja para rentas hasta los 21.000 euros, as¨ª como una subida fiscal por los rendimientos del ahorro de m¨¢s de 200.000. Pero estas se aplican a partir de este ejercicio, con lo cual se reflejar¨¢n en la campa?a del pr¨®ximo a?o.
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