El Supremo da la raz¨®n a Vodafone por el fraude del IVA de los exdirectivos de Ono
Jos¨¦ Mar¨ªa Castellanos, Rosal¨ªa Portela y Carlos Sagasta deber¨¢n abonar una indemnizaci¨®n millonaria a la compa?¨ªa
El Tribunal Supremo ha condenado definitivamente a los tres antiguos m¨¢ximos directivos de Ono ¡ªel expresidente Jos¨¦ Mar¨ªa Castellano, la exconsejera delegada Rosal¨ªa Portela y el exdirector financiero Carlos Sagasta¡ª por conducta negligente en el fraude del IVA, por lo que tendr¨¢n que hacer frente a indemnizaci¨®n millonaria a Vodafone para afrontar parte del pago de una sanci¨®n impuesta por Hacienda a la compa?¨ªa en 2014 por no haber declarado el impuesto durante varios a?os.
Los hechos se remontan a marzo de 2014, cuando la operadora brit¨¢nica adquiri¨® ONO por 7.200 millones de euros, pero la Agencia Tributaria destap¨® un fraude por las cuotas no ingresadas por la compa?¨ªa de cable en la liquidaci¨®n del IVA entre los a?os 2011 y 2014, por el negocio de reventa de tr¨¢fico para llamadas internacionales. La inspecci¨®n deriv¨® en una sanci¨®n de 72,4 millones de euros (m¨¢s 256.000 euros de sobrecostes) que tuvo que afrontar Vodafone.
La sentencia del Supremo, del pasado 31 de marzo y a la que ha tenido acceso EL PA?S, resuelve los recursos interpuestos por Vodafone y los exdirectivos contra un fallo anterior del 23 de abril de 2021 de la Audiencia Provincial. En la misma, se constata que la negligencia de los exdirectivos propici¨® que se siguiera cometiendo y agravando el fraude fiscal, una vez que la Agencia Tributaria les inform¨® de la trama fraudulenta. Y que los ejecutivos ni adoptaron controles en el ¨¢rea de reventa internacional, ni cesaron la relaci¨®n con los proveedores implicados en el fraude.
No obstante, el Supremo acorta el periodo en el que los exdirectivos de la operadora cometieron esa negligencia desde el 30 de abril al 31 de agosto de 2014, frente al plazo inicial fijado por la Audiencia Provincial de entre el 4 de febrero y el 31 de agosto de 2014. La raz¨®n aducida por el alto tribunal para rebajar el plazo es que solo se puede acreditar que los tres ejecutivos tuvieron conocimiento fehaciente del fraude cuando el 30 de abril de 2014 llevaron a cabo una reuni¨®n con inspectores de la Agencia Tributaria, que adem¨¢s de informarles de los hechos fraudulentos les requirieron para que cortaran la l¨ªnea de negocio de reventa de llamadas internacionales con los proveedores investigados. Pese a ello, los entonces m¨¢ximos responsables de Ono hicieron caso omiso a la solicitud, alegando que no hab¨ªa una prueba concluyente de que se estuviera produciendo ese fraude y explicando que, hasta que no existiera una constancia m¨¢s firme del delito fiscal, deb¨ªan mantener el negocio de reventa para evitar que se fuera a la competencia.
Indemnizaci¨®n por fijar
La sentencia no fija la cantidad precisa que deber¨¢n abonar los exdirectivos por el da?o ocasionado a Vodafone. Ahora tendr¨¢ que ser la operadora la que calcule esa compensaci¨®n. Tras la sentencia de la Audiencia Provincial, la compa?¨ªa solicit¨® el embargo de bienes a los ejecutivos por 18 millones de euros, por lo que al reducirse en cerca de dos meses el periodo de responsabilidad, se estima que el resarcimiento rondar¨¢ los 12 millones de euros.
Con la sentencia del Supremo se cierra una batalla judicial que se inici¨® en 2015 cuando Vodafone Espa?a interpuso la primera denuncia contra los tres directivos al entender que hab¨ªan incumplido sus deberes de diligencia y lealtad por no haber investigado y evitado la participaci¨®n ¡°en un fraude carrusel de IVA en relaci¨®n con el crecimiento desmesurado y sin control del ¨¢rea de reventa de voz internacional de la compa?¨ªa¡± desde 2011 a agosto de 2014. No obstante, en marzo de 2018, el Juzgado de lo Mercantil n¨²mero 3 de Madrid desestim¨® ¨ªntegramente la demanda y la compa?¨ªa recurri¨® la sentencia, que corrigi¨® la Audiencia Provincial de Madrid en abril de 2021 y ahora zanja el Supremo.
Paralelamente, Vodafone mantuvo otros pleitos por los bonus de 60 millones de euros pactados por los tres m¨¢ximos directivos por la venta de ONO, y cuya devoluci¨®n reclam¨® la operadora brit¨¢nica por estimar que actuaron negligentemente, causando un perjuicio econ¨®mico al comprador. El Tribunal Supremo dio en 2021 la raz¨®n a Castellano y a Sagasta, que recibieron 19,2 y 12,5 millones de euros netos, respectivamente. La indemnizaci¨®n de Rosal¨ªa Portela sigue pendiente de sentencia del Supremo.
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