Los agentes inmobiliarios critican que la ley de vivienda no obligue a un registro de los profesionales
El Consejo General de colegios profesionales asegura que cobrar la comisi¨®n de agencia a los propietarios ¡°favorece la econom¨ªa sumergida¡±. La Plataforma Denaria ve ¡°abusivo y arbitrario¡± que la norma priorice el uso de medios electr¨®nicos para pagar la renta
Los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) no est¨¢n nada satisfechos con la nueva ley de vivienda. La norma, aprobada por el Senado este mi¨¦rcoles, no recoge una de sus reivindicaciones m¨¢s antiguas: la de obligar a los profesionales del sector a inscribirse en un registro. La medida figur¨® en alguno de los borradores, ...
Los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) no est¨¢n nada satisfechos con la nueva ley de vivienda. La norma, aprobada por el Senado este mi¨¦rcoles, no recoge una de sus reivindicaciones m¨¢s antiguas: la de obligar a los profesionales del sector a inscribirse en un registro. La medida figur¨® en alguno de los borradores, pero fue suprimida a ¨²ltima hora por un desacuerdo entre los profesionales y el Gobierno, seg¨²n ha relatado este jueves Gerard Duelo, presidente del Consejo General de los colegios de API, en una comparecencia antes los medios en Madrid. En la instituci¨®n han calificado de ¡°oportunidad perdida¡± y de ¡°lamentable¡± que finalmente la norma no recoja su reivindicaci¨®n. El Gobierno dice que aunque lo estudi¨®, finalmente concluy¨® que eso creaba ¡°barreras territoriales¡± y niega que llegara a recoger en alg¨²n borrador esa posibilidad. S¨ª ofreci¨®, en cambio, una f¨®rmula alternativa que los agentes no aceptaron.
Esa f¨®rmula era la de un registro voluntario, una posibilidad que el propio Duelo ha reconocido que rechazaron en un encuentro con mucha ¡°tensi¨®n¡± en el que participaron representantes de los Ministerio de Transportes (el antiguo Fomento, coproponente de la ley) y Econom¨ªa. ¡°Nos negamos porque no solo no sirve de nada, sino que podr¨ªa arrastrar los registros obligatorios que ya tenemos¡±, ha dicho Duelo en alusi¨®n a Catalu?a, donde s¨ª es obligatoria la inscripci¨®n para ser agente inmobiliario, y otras autonom¨ªas (como la Comunidad Valenciana) que est¨¢n ultimando propuestas de este tipo.
El desencuentro provoc¨® que cayera otra medida asociada a esta: la obligaci¨®n de los API de contratar un seguro de responsabilidad civil. Seg¨²n la versi¨®n de Duelo, el Gobierno ofrec¨ªa esta posibilidad ¡ªen alg¨²n borrador de la ley al que tuvo acceso este peri¨®dico, se justificaba ¡°con la finalidad de garantizar la protecci¨®n a los consumidores¡±¡ª pero solo vincul¨¢ndolo al registro voluntario, a lo que los agentes se negaron. El presidente del Consejo General asegura que se quej¨® del ¡°agravio¡± que supon¨ªa que la ley s¨ª contemple ese nuevo seguro para los administradores de fincas, con una organizaci¨®n colegial similar (aunque sin registro obligatorio).
El Ministerio de Econom¨ªa, al que han apuntado los API como causante del desencuentro, resta importancia al asunto y asegura que se trat¨® de una decisi¨®n ¡°de Gobierno¡±. ¡°Se plante¨® un registro territorializado que pod¨ªa crear barreras para la prestaci¨®n de ciertos servicios entre territorios. Si al final quieres una regulaci¨®n en la que te tengas que dar de alta en cada territorio, nos pareci¨® que no ten¨ªa demasiado sentido¡±, indica una portavoz del departamento que encabeza Nadia Calvi?o. ¡°Se pod¨ªan plantear otras f¨®rmulas para fomentar la transparencia como los registros voluntarios¡±, a?ade, ¡°sin que eso suponga restringir la competencia¡±. En Transportes subrayan que ¡°en ning¨²n borrador de la ley de vivienda se regul¨® la existencia de un seguro obligatorio¡±, pero que a ra¨ªz de algunas enmiendas presentadas por los grupos del Congreso se trabaj¨® ¡±en la posibilidad de incluir que las comunidades pudieran establecer un registro, sin especificar su car¨¢cter voluntario u obligatorio¡±. Enmiendas, agregan, que ¡°no prosperaron¡±.
Honorarios a cargo del propietario
No es ese el ¨²nico aspecto de la nueva norma que escuece a los agentes inmobiliarios, que han elaborado un comunicado con duros calificativos (¡°cobarde¡±, ¡°irresponsable¡±, ¡°incompetente¡±) al texto aprobado por el Parlamento. El Consejo General de los colegios profesionales tambi¨¦n ha criticado el hecho de que en adelante al firmar un alquiler no se puedan repercutir los honorarios de la agencia inmobiliaria al inquilino. ¡°No se nos dio la oportunidad de hablar de este punto, era una l¨ªnea roja¡±, ha dicho Duelo. Montserrat Junyent, asesora jur¨ªdica de la instituci¨®n, ha asegurado que este cambio ¡°est¨¢ fomentando la econom¨ªa sumergida¡±.
Los API consideran que esto obliga al inquilino ¡°a buscar a su cargo y por su cuenta asesoramiento al prescindir el arrendador de los servicios de los agentes¡±. Y creen, ha dicho Junyent, que ¡°podr¨ªa estar invadiendo competencias en el ¨¢mbito de las relaciones privadas¡±. Hasta ahora, seg¨²n la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2019, se permit¨ªa que el honorario de agencia lo pagase el inquilino solo si el arrendador es una persona f¨ªsica y se llega a ese acuerdo entre las partes. Pero el Ejecutivo decidi¨® cambiar este redactado por considerar que es un ¡°coladero¡± y se obliga al inquilino a pagar la comisi¨®n de la agencia (normalmente, equivalente a una mensualidad de alquiler) incluso cuando es el propietario quien ha solicitado esos servicios para sacar al mercado la vivienda.
Obligaci¨®n de pagar por transferencia
Los cambios de la norma a la mecánica habitual de los alquileres también han causado protestas de otros colectivos y asociaciones. La Plataforma Denaria, que defiende el uso de dinero en efectivo por parte de los ciudadanos e incluye entre sus asociados a empresas dedicadas al transporte y distribución de dinero, “considera abusivo y arbitrario” que la nueva ley obligue a pagar la renta a través de medios electrónicos. Así lo establece la disposición final que modifica la LAU, aunque señala que “excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago” se podrá pagar en metálico. Esa redacción sustituye a la actual, que fija que “el pago de efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada” y data de cuando se aprobó por primera vez la LAU, en 1994. Denaria, en un comunicado difundido a los medios, cree que este cambio “es un peligroso precedente” ya que “en el futuro se puede prohibir el uso de billetes y monedas en cualquier transacción, además de crear una inseguridad jurídica y monetaria en el funcionamiento de la economía española, a la que se pone más trabas que en el resto de las economías de la zona euro”.
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