As¨ª es la nueva realidad de los ERTE
M¨¢s de 3,4 millones de trabajadores se han beneficiado de esta medida extraordinaria desde marzo. Ahora, se extiende hasta enero para las empresas que han vuelto a ver limitada o paralizada su actividad. As¨ª funcionan los ERTE por limitaci¨®n e impedimento
La herida que ha dejado la pandemia a¨²n est¨¢ lejos de cicatrizar. Mientras el n¨²mero de contagios sigue creciendo, los pron¨®sticos sobre la recuperaci¨®n de la econom¨ªa permanecen inciertos, sobre todo para aquellos sectores que m¨¢s han sufrido el avance del virus. Ante este escenario, los empresarios buscan un salvavidas que les permita mantener a flote su negocio. Uno de ellos son los expedientes de regulaci¨®n temporal de empleo (ERTE) vinculados a la covid-19, un recurso que a lo largo de la crisis sanitaria se ha adaptado a las necesidades de cada momento.
Esta regulaci¨®n extraordinaria ya ha sido objeto de cuatro pr¨®rrogas desde su aprobaci¨®n en marzo. En esta ¨²ltima extensi¨®n, acordada la semana pasada entre el Gobierno y los agentes sociales, se incluyen tres modalidades de ERTE (dos de ellas nuevas) que estar¨¢n vigentes hasta el pr¨®ximo 31 de enero.
Actualmente, las empresas pueden acogerse a un ERTE por fuerza mayor o a los dos nuevos modelos asociados a la crisis sanitaria: ERTE por limitaci¨®n (dedicado a esas empresas que por las medidas sanitarias tengan que acotar su actividad, pero sin detenerla por completo) o ERTE por impedimento (destinado a aquellas compa?¨ªas que tengan que parar su actividad a causa de las decisiones de las administraciones p¨²blicas) ¡°Todos los sectores han sido cubiertos con esta nueva pr¨®rroga y tambi¨¦n cualquier tipo de eventualidad¡±, explica Massimo Cermelli, profesor de Econom¨ªa en Deusto Business School.
En el per¨ªodo m¨¢s complicado de la emergencia sanitaria (entre marzo y mayo), unos 7,3 millones de trabajadores (un tercio de la poblaci¨®n activa) recibieron alg¨²n tipo de prestaci¨®n del Estado, de ellos m¨¢s de 3,4 millones de trabajadores estaban bajo el paraguas de un ERTE, seg¨²n el Servicio P¨²blico de Empleo Estatal (SEPE). Hoy, el panorama no es el mismo. Al cierre de septiembre, solo 728.909 empleados segu¨ªan afectados por un ERTE (605.861 de ellos con uno de fuerza mayor), mientras que tres de cada cuatro se hab¨ªan reincorporado a la actividad, seg¨²n los ¨²ltimos datos del Ministerio de Trabajo. ¡°Los ERTE han contribuido a que se minimizara la destrucci¨®n de empleo¡±, afirma Cermelli.
Pero estas prestaciones dejar¨¢n una factura importante en las cuentas p¨²blicas. El coste de los ERTE entre marzo y septiembre ha sido de unos 22.000 millones de euros (incluidas las ayudas para la protecci¨®n de los aut¨®nomos), seg¨²n los datos del Ministerio de Seguridad Social. Con la nueva pr¨®rroga, el ministro de Inclusi¨®n, Seguridad Social y Migraciones, Jos¨¦ Luis Escriv¨¢, ha adelantado que el gasto se situar¨¢ en unos 1.000 millones de euros dependiendo de c¨®mo evolucione la situaci¨®n sanitaria y de cu¨¢ntas empresas se acojan a esta herramienta.
Espa?a no ha sido el ¨²nico pa¨ªs en adoptar una medida de este tipo. En Europa, el modelo de protecci¨®n del empleo, con figuras similares a los ERTE, ha beneficiado a m¨¢s de 42 millones de trabajadores en los momentos m¨¢s duros de la pandemia, de acuerdo con la Confederaci¨®n Europea de Sindicatos.
Las tres modalidades de ERTE
La figura de los ERTE prev¨¦ que los trabajadores se queden en suspensi¨®n de empleo o sufran una reducci¨®n de su jornada aunque sigan vinculados a la empresa y est¨¦n dados de alta en la Seguridad Social. La compa?¨ªa tiene que seguir pagando las cuotas de su plantilla y el trabajador recibe del Estado una prestaci¨®n proporcional a la reducci¨®n de su actividad (total o parcial).
Las tres modalidades de ERTE, publicadas en la nueva pr¨®rroga, coinciden en algunos puntos:
- No es necesario contar con un m¨ªnimo cotizado. El Gobierno flexibiliz¨® en marzo este requisito (ya no hac¨ªa falta llevar m¨¢s de un a?o en el puesto de trabajo).
- La prestaci¨®n se mantiene en el 70% de la base reguladora del trabajador tambi¨¦n para quienes llevan m¨¢s de seis meses en ERTE.
- Aquellos afectados por un ERTE mantendr¨¢n el ¡°contador a cero¡± en la prestaci¨®n por desempleo.
- Los empleados dentro de un expediente no pueden hacer horas extraordinarias y tienen atenci¨®n preferente para recibir cursos de formaci¨®n.
- Al final del ERTE, las empresas no podr¨¢n hacer ning¨²n despido por un plazo de seis meses.
ERTE por fuerza mayor
Algunas empresas que ya ten¨ªan un ERTE por fuerza mayor (o de rebrote) se han acogido a esta nueva pr¨®rroga de forma autom¨¢tica hasta el 31 de enero. Es decir, no tienen que hacer ning¨²n tr¨¢mite. Pero, ?de qu¨¦ tipo de compa?¨ªas estamos hablando? De aquellas incluidas en las 42 actividades que el Gobierno considera como m¨¢s afectadas por la pandemia, que sobre todo son las pertenecientes al sector tur¨ªstico, del ocio nocturno y del transporte.
La pr¨®rroga tambi¨¦n se extiende a compa?¨ªas en estrecha relaci¨®n con empresas dentro de alguna de las 42 actividades econ¨®micas. Para hacerlo, deber¨¢n acreditar que al menos un 50% de su facturaci¨®n en 2019 se gener¨® de forma directa con una empresa especialmente afectada por la pandemia.
Exoneraciones:
Del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que superan ese n¨²mero, tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos.
ERTE por limitaci¨®n
Este tipo de expedientes est¨¢ dedicado a aquellas compa?¨ªas cuya actividad sea afectada por alguna restricci¨®n sanitaria. ¡°Pueden acogerse las empresas que vean limitado, que no impedido, el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por las autoridades espa?olas (no por autoridades extranjeras)¡±, aclara Eva Lucero, experta en Lefebvre, una firma dedicada a la informaci¨®n jur¨ªdica para el sector de la abogac¨ªa. Por ejemplo, las compa?¨ªas con limitaci¨®n de horario (un bar o restaurante) o de aforo (un teatro).
Exoneraciones:
Las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social son decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021 en funci¨®n del n¨²mero de trabajadores de la empresa.
Si tiene menos de 50 son del 100% en octubre, del 90% en noviembre, del 85% en diciembre y del 80% en enero. Si tiene 50 o m¨¢s trabajadores los porcentajes son el 90% en octubre, el 80% en noviembre, el 75% en diciembre y el 70% en enero.
ERTE por impedimento
A los ERTE por impedimento pueden acogerse las empresas de cualquier sector o actividad que vean impedido el desarrollo de su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones o medidas adoptadas, tanto por las autoridades nacionales como por extranjeras. ¡°Por ejemplo, empresas de ocio nocturno a las que se les impida desarrollar su actividad¡±, dice Lucero.
Exoneraciones:
En el caso de las empresas de menos de 50 trabajadores estas ser¨¢n del 100%, mientras que para las que cuentan con 50 trabajadores o m¨¢s bajar¨¢ hasta el 90%.
Las compa?¨ªas no pueden elegir libremente el tipo de ERTE al que acogerse, sino que depender¨¢ de lo que dictamine la norma en relaci¨®n a las causas que dan lugar a la necesidad de acudir a la prestaci¨®n, explica Emilio Gonz¨¢lez, profesor de Econom¨ªa de ICADE en la Universidad Pontificia Comillas. ¡°En una situaci¨®n de crisis, la empresa debe analizar si cumple los requisitos exigidos de alguno de los ERTE previstos a consecuencia de la crisis sanitaria que vivimos o, de no ser as¨ª, si cumple con los requisitos recogidos en la regulaci¨®n [anterior a la pandemia]¡±, destaca Lucero, de Lefebvre.
?Acogerse nuevamente?
¡°Si la empresa ya ha tenido un ERTE puede volver a acogerse a uno nuevo¡±, comenta Cermelli. Pero tambi¨¦n pueden solicitar la ayuda aquellas compa?¨ªas que no hayan tenido un ERTE con anterioridad y que se vean afectadas por alguna de las nuevas restricciones provocadas por un ascenso en el n¨²mero de contagios. El tr¨¢mite es el mismo. La compa?¨ªa interesada tiene que presentar la solicitud ante la autoridad laboral correspondiente: a la administraci¨®n laboral de su comunidad aut¨®noma, pero si sus actividades se extienden a otras regiones tiene que ser ante el Ministerio de Trabajo. Se deber¨¢ acompa?ar de los medios de prueba que el empresario estime necesarios para justificar la necesidad del apoyo. Aunado a ello, se deber¨¢ comunicar el procedimiento a los trabajadores. Una vez presentado, la autoridad laboral tiene un plazo de cinco d¨ªas (h¨¢biles) para emitir una resoluci¨®n.
Pero, ?es buena idea encadenar ERTE? Un expediente temporal por covid-19 reduce los costes laborales de las empresas porque no tienen que pagar salarios mientras est¨¦ vigente y porque las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social se bonifican parcialmente. Pero los ERTE conllevan una limitaci¨®n temporal en relaci¨®n con los despidos, ya que no permiten hacerlos hasta transcurrido un tiempo. ¡°En ese caso, si la empresa no recupera plenamente su actividad, se ver¨¢ sobrecargada con costes laborales que la pueden poner en una situaci¨®n a¨²n m¨¢s dif¨ªcil o llevarla a la quiebra. Por tanto, antes de encadenar sucesivos ERTE, hay que hacer n¨²meros pensando en el futuro¡±, dice Gonz¨¢lez.
Una protecci¨®n ante cualquier eventualidad
Los efectos de la crisis sanitaria har¨¢n mella en la econom¨ªa. El Fondo Monetario Internacional (FMI) pronostica un desplome del Producto Interior Bruto (PIB) para este a?o del 12,8%, con una recuperaci¨®n del 7,2% para 2021. Mientras, la tasa de paro podr¨ªa aumentar entre el 19,4% y el 22,1% si desaparecen las ayudas de los ERTE, seg¨²n el Banco de Espa?a. Ante este escenario, los seguros de protecci¨®n de pagos toman especial importancia, afirma Jos¨¦ Manuel Veiga, director de Seguros de Protecci¨®n de BanSabadell Seguros.
Este seguro es una protecci¨®n que en caso de desempleo o incapacidad laboral temporal cubre el pago de las cuotas de un pr¨¦stamo hipotecario, consumo, tarjeta de cr¨¦dito o cualquier capital indicado en la p¨®liza. El seguro ayuda a afrontar esa deuda (a partir de un mes y hasta un a?o) cuando una persona est¨¢ en un ERTE o en caso de que sea despedida, explica el experto de Banco Sabadell Seguros. ¡°Es especialmente ¨²til porque protege el patrimonio ante una eventual p¨¦rdida de ingresos¡±, agrega.
Actualmente, unos 120.000 trabajadores en Espa?a recurren a este seguro de protecci¨®n de un total de tres millones de personas que cuentan con una p¨®liza similar en el pa¨ªs, seg¨²n los c¨¢lculos de Banco Sabadell Seguros, que est¨¢ ayudando aproximadamente a 6.000 familias a trav¨¦s de este instrumento. ¡°Estamos en un momento en el que se han multiplicado por 20 los casos en los que se ha solicitado la cobertura del seguro de protecci¨®n de pago¡±, afirma Veiga.
La cobertura est¨¢ dedicada a cualquier empleado que se encuentre actualmente en situaci¨®n activa, independientemente del tipo de contrato. Las coberturas aseguradas ser¨¢n diferentes seg¨²n la relaci¨®n laboral, cubri¨¦ndose el desempleo para los asalariados con contrato indefinido y la incapacidad laboral temporal para los asalariados temporales, funcionarios y aut¨®nomos . Su precio se calcula en funci¨®n del capital de la hipoteca o del pr¨¦stamo a cubrir en caso de desempleo. ¡°Al estar introducidas en una financiaci¨®n a largo plazo, apenas suponen unos euros al mes¡±, destaca Veiga.