As¨ª son los ¡®riders¡¯ de la educaci¨®n, profesores precarios en condiciones laborales abusivas
En las academias, universidades, colegios e institutos proliferan los contratos temporales escasamente retribuidos
No todos los riders van en bicicleta repartiendo comida a domicilio. Algunos llevan muchos a?os transmitiendo conocimientos a los estudiantes. La precarizaci¨®n de las condiciones laborales se ha extendido a numerosos sectores, entre ellos el de la educaci¨®n. Contratados como falsos aut¨®nomos, destacan los profesores de las academias privadas que imparten docencia sujetos al ¨¢mbito de direcci¨®n y organizaci¨®n del titular del centro, aunque sin la protecci¨®n del Estatuto de l...
No todos los riders van en bicicleta repartiendo comida a domicilio. Algunos llevan muchos a?os transmitiendo conocimientos a los estudiantes. La precarizaci¨®n de las condiciones laborales se ha extendido a numerosos sectores, entre ellos el de la educaci¨®n. Contratados como falsos aut¨®nomos, destacan los profesores de las academias privadas que imparten docencia sujetos al ¨¢mbito de direcci¨®n y organizaci¨®n del titular del centro, aunque sin la protecci¨®n del Estatuto de los Trabajadores.
Pese a ello, ha de reputarse que la relaci¨®n es laboral, como ha establecido el Tribunal Supremo en diferentes sentencias. Ya en 2008 dijo que tiene este car¨¢cter cuando el centro se encarga de la ¡°organizaci¨®n acad¨¦mica necesaria para la prestaci¨®n de servicios¡±. Es decir, cuando la empresa ¡°oferta los cursos al p¨²blico, organiza los grupos de alumnos, fija los horarios o cobra los importes¡±. Doctrina que repiti¨® en 2019.
En opini¨®n de Daniel Toscani, profesor titular de Derecho Laboral de la Universidad de Valencia, un docente de una academia ¡°ser¨ªa un falso aut¨®nomo cuando desempe?a su trabajo conforme a las notas de dependencia y ajenidad¡±. Esto es, cuando trabaja por cuenta de otro y bajo sus directrices. Ello tiene lugar ¡°cuando no se hace publicidad a s¨ª mismo para atraer clientes¡±, por ejemplo, sino que se ocupa de ello la empresa. Si el profesor se encarga de la propaganda, ¡°los clientes lo llaman directamente a ¨¦l, que fija el precio y lo cobra, ser¨ªa un verdadero aut¨®nomo¡±, explica.
La precariedad laboral no solo afecta al sector privado, tambi¨¦n al p¨²blico. Si hace a?os impartir clases en la universidad era sin¨®nimo de prestigio social y de un salario acorde al nivel de conocimientos, desde la crisis econ¨®mica de 2008 la situaci¨®n ha mutado en inestabilidad y pobreza.
Pocas becas
As¨ª lo denuncia Inmaculada Vivas, catedr¨¢tica de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla. Ya al empezar la carrera investigadora, critica la existencia de ¡°muy pocas becas¡± para cursar un doctorado. ¡°Y quien tiene la suerte de obtenerlas, al finalizar es muy probable que no pueda continuar¡± en la universidad o, de hacerlo, ¡°encadene contratos temporales¡± escasamente retribuidos. ¡°Yo misma describo la cruda realidad a alumnos que terminan el grado con una nota media muy alta y que est¨¢n interesados en el mundo acad¨¦mico. Con toda sinceridad, les transmito que no puedo asegurarles un futuro profesional en la universidad, siendo consciente de que dejo escapar a chicos valiosos¡±, confiesa.
Actualmente, llama la atenci¨®n el abuso que la universidad hace de la figura del profesor asociado. Se trata de contratos temporales y a tiempo parcial, aunque se pueden encadenar durante a?os, a cambio de exiguos salarios. Esta figura se introdujo en el art¨ªculo 33.3 de la Ley Org¨¢nica de Reforma Universitaria de 1983. El objetivo era integrar en la educaci¨®n te¨®rica la experiencia pr¨¢ctica de ¡°especialistas de reconocida competencia¡±, aunque de forma puntual. Sin embargo, hoy representan casi un 27% del total de profesores e investigadores. As¨ª lo pone de manifiesto el ¨²ltimo informe Datos y cifras del Sistema Universitario Espa?ol publicado en 2020 por el Ministerio de Universidades.
¡°Es una figura pensada para expertos como notarios, registradores, jueces o fiscales, que desarrollan otra actividad y aportan experiencia a la universidad. La idea es que tengan poca docencia y, en consecuencia, poco sueldo, puesto que no es su principal medio de vida¡±, explica la catedr¨¢tica de la Universidad de Sevilla. Sin embargo, ante las limitaciones de las leyes presupuestarias a la tasa de reposici¨®n, esto es, a la posibilidad de convocar plazas de funcionarios, se recurri¨® al profesor asociado para cubrir las jubilaciones y los ceses de los funcionarios. Algunos ni siquiera prestan servicios profesionales fuera de las aulas.
Los asociados tienen un salario que oscila aproximadamente entre los 300 y los 800 euros al mes en funci¨®n de las horas de docencia, seg¨²n los portales de transparencia de diferentes universidades p¨²blicas consultados. Entre otras, la de Santiago de Compostela o la de Salamanca. ¡°Vienen a cobrar la quinta parte que un profesor titular funcionario mientras impartan casi el mismo n¨²mero de horas¡±, se?ala el profesor Toscani. Por eso, este contrato ¡°resulta muy atractivo desde el punto de vista econ¨®mico¡± para los centros, aunque se celebre en detrimento del prestigio de la universidad.
Precisamente, el Tribunal Supremo, en un auto dictado este mismo mes, ha inadmitido un recurso de casaci¨®n de la Universidad Carlos III de Madrid que defend¨ªa que la contrataci¨®n de una asociada se hab¨ªa hecho conforme a Derecho. En el caso enjuiciado, la profesora hab¨ªa prestado servicios desde 1998 hasta 2019 mediante sucesivos contratos temporales, compatibilizando esa labor con su actividad profesional en otras empresas. Tanto en primera como en segunda instancia la justicia entendi¨® que su contrataci¨®n era ¡°fraudulenta¡± porque obedec¨ªa a una ¡°necesidad permanente¡± del centro.
En opini¨®n del abogado Alfredo Aspra, socio del despacho Labormatters, ¡°la figura del profesor asociado dif¨ªcilmente superar¨ªa un juicio de legalidad atendiendo a la manifiesta concatenaci¨®n de los contratos¡±. En todo caso, debe probarse que ¡°la contrataci¨®n tiene por objeto cubrir necesidades duraderas de la universidad¡±.
Como reconoce la exposici¨®n de motivos del anteproyecto de la ley de universidades que ultima el Ministerio de Manuel Castells, estos centros p¨²blicos est¨¢n sometidos ¡°a tensiones y limitaciones presupuestarias cuyos efectos persisten hasta la actualidad¡± desde 2008. El texto, que a¨²n no ha llegado al Congreso, sustituir¨¢ a la ley de 2001, que fue modificada en 2007, una vez que obtenga luz verde.
Esperanza para los interinos
Los profesores interinos no universitarios también sufren la temporalidad. Contratados en septiembre y cesados en verano, vuelven a las aulas al empezar cada curso. Aunque en un inicio el Supremo consideró que el cese suponía una discriminación frente a los funcionarios de carrera, ha rectificado su doctrina. En la línea de la justicia europea, defiende ahora que la práctica es legal porque en julio y agosto no concurre la necesidad de contratación. Pese a ello, el abogado Alfredo Aspra cree que esta jurisprudencia “podría ser revisada” a la luz del nuevo real decreto-ley para reducir la temporalidad en el empleo público.