Mi calle ha sido invadida por las terrazas de los bares: ?c¨®mo puedo defenderme?
La legislaci¨®n establece que los hosteleros deben velar por la seguridad de sus camareros y el bienestar de los vecinos
Aceras que desaparecen, camareros que cruzan sin mirar o vecinos que no pueden dormir. La proliferaci¨®n de las terrazas en las ciudades espa?olas, una medida impulsada por algunas administraciones locales para apoyar a los negocios tras los meses m¨¢s duros de la pandemia, ha avivado el conflicto entre vecinos y hosteleros.
Las asociaciones vecinales denuncian problemas con el alboroto, dificultades para encontrar aparcamiento y obst¨¢culos para andar por la calle con normalidad por la multiplicaci¨®n de las terrazas tras la pandemia. Pilar Rodr¨ªguez, portavoz y responsable del ¨¢rea de espacio urbano de la Asociaci¨®n Vecinal El Organillo de Chamber¨ª de Madrid, asegura que en calles como Ponzano el trasiego de gente a partir del atardecer es ¡°insoportable de jueves a domingo¡±. El ruido no les deja dormir y las terrazas dificultan el acceso a los portales. ¡°Ahora hay menos plazas de aparcamiento porque el ayuntamiento permite que se monten terrazas en ellas y las que ya estaban en las aceras han ampliado el n¨²mero de mesas¡±, denuncia.
Los hosteleros que deciden abrir una terraza deben conocer al dedillo el rosario de deberes legales que regula el asunto si quieren evitar problemas con la justicia. Javier Garc¨ªa, socio del ¨¢rea de Derecho P¨²blico del despacho Toda & Nel-lo, explica que la norma general es que los ayuntamientos marquen los l¨ªmites de lo que est¨¢ permitido y lo que no en sus ordenanzas municipales.
En Barcelona, por ejemplo, las terrazas que dificultan el acceso a viviendas, paradas de autob¨²s o pasos de cebra ¡°pueden ser sancionadas con una multa de hasta 1.500 euros¡± y la clausura de la zona por un periodo de tiempo de hasta dos meses. ¡°Si la perturbaci¨®n es relevante o hay reiteraci¨®n la multa puede ser de hasta 3.000 euros y puede comportar la revocaci¨®n de la licencia¡±, agrega el abogado.
Una cuesti¨®n que levanta ampollas en los barrios es la costumbre de dejar el mobiliario en la calle cuando el bar est¨¢ cerrado. ?Es una pr¨¢ctica legal? Depende. Antonio Ben¨ªtez Ostos, socio director de Administrativando Abogados, explica que ¡°la mayor¨ªa de las ordenanzas no permiten apilar el mobiliario de la terraza en el exterior¡±. Sin embargo, las normativas pueden prever un r¨¦gimen de excepci¨®n para aquellos hosteleros que lo soliciten.
Si el due?o cuenta con este permiso extraordinario, lo com¨²n es que las sillas y las mesas no puedan encadenarse en ¨¢rboles o barandillas p¨²blicas y deban ocupar el menor espacio posible. Asimismo, los propietarios de carpas o estructuras cubiertas deben retirar el mobiliario cada vez que termina la jornada. Aunque, de nuevo, el ayuntamiento puede regular excepciones.
Si el propietario decide saltarse la ley y dejar el mobiliario en la calle sin el benepl¨¢cito de la administraci¨®n, las autoridades tienen la potestad de requisar los muebles por considerarlos ¡°bienes abandonados¡±, explica Ben¨ªtez Ostos. Si nadie los reclama a tiempo, hay carta blanca para destruirlos. Una de las reglas de oro que los hosteleros deben grabarse a fuego es que la algarab¨ªa no debe alterar el descanso de los vecinos. Antonio Garc¨ªa, abogado especializado en conflictos por el ruido, se?ala que, para los locales que se pasen de decibelios, la administraci¨®n tiene el deber de ¡°inspeccionar, corregir y sancionar¡± a los propietarios. En Madrid, la normativa prev¨¦ la instalaci¨®n de son¨®metros en las zonas que son definidas como ¡°saturadas¡±. La norma tambi¨¦n obliga a cada local a nombrar a un responsable de terraza que resuelva posibles roces con los residentes.
Denunciar los excesos por la v¨ªa administrativa no es sin¨®nimo de soluci¨®n inmediata. ¡°Si los ayuntamientos estuvieran concienciados con el tema del ruido actuar¨ªan con m¨¢s rapidez¡±, lamenta Antonio Garc¨ªa. No ocurre as¨ª. La burocracia puede alargar el suplicio de los denunciantes. En ciertos casos, los ayuntamientos cuentan con el arma de imponer medidas directas primero (por ejemplo, clausurar la zona de ruido) y luego escuchar a las partes. Si las autoridades constatan que se ha vulnerado el descanso de los vecinos, los hosteleros pueden enfrentar multas de entre 700 a 3.000 euros, subraya Garc¨ªa. Si el jaleo es insoportable, agrega el experto en ruido, el asunto puede tomar derroteros penales.
En 2014, por ejemplo, el propietario de una terraza de verano fue condenado por el Tribunal Supremo a cuatro a?os de prisi¨®n por un delito contra el medio ambiente por contaminaci¨®n ac¨²stica continuada. La familia que denunci¨® la situaci¨®n, propietaria de la casa colindante al local, sufri¨® cuadros de ansiedad, insomnio, depresi¨®n, cefaleas y migra?as. La justicia estim¨® para cada uno de los cuatro miembros del clan 6.000 euros de indemnizaci¨®n.
La cuesti¨®n de las terrazas tambi¨¦n deja resquicios legales a estudiar en materia laboral. Pasear por barrios como Ibiza, en la capital madrile?a, basta para reparar en los camareros que atraviesan constantemente la calle hacia las terrazas del bulevar. Lo hacen con prisas, normalmente por zonas no habilitadas para cruzar y cargados con bebidas o comida. Un coctel que puede terminar en accidente.
El hostelero debe prestar atenci¨®n a la revisi¨®n de riesgos laborales y asegurar la seguridad de sus trabajadores. As¨ª lo se?ala el abogado laboralista Nicol¨¢s Mart¨ªn, quien remarca que ¡°no es lo mismo un camarero que trabaja en sala que uno que debe ir y venir cargado con peso, sortear ni?os, personas, bicicletas y cruzar una calle por donde cruzan los coches¡±. En una situaci¨®n as¨ª, el experto advierte que ¡°la Inspecci¨®n o los propios trabajadores tienen derecho a exigir una evaluaci¨®n de riesgos y a demandar nuevas medidas de seguridad¡±. Los empleados tambi¨¦n deben recibir una formaci¨®n espec¨ªfica.
Contaminaci¨®n ac¨²stica
La problemática de los ruidos y las terrazas que colonizan las aceras de los barrios en España no es nueva. En 2018, Miguel Cuenca, un vecino de Valencia de 87 años decidió denunciar el alboroto que no le dejaba dormir en su barrio de toda la vida frente el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Los jueces europeos le dieron la razón. Según su dictamen, las autoridades españolas permitieron una vulneración del derecho a la vida privada y familiar del denunciante, un valor protegido por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Tras esta sentencia europea, las autoridades españolas pagaron una indemnización de 7.000 euros a la víctima por la ansiedad que sufrió el anciano y los gastos invertidos en reformar su vivienda para mitigar el ruido.
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