El Supremo insiste en que el portavoz de Batasuna no cometi¨® un delito de terrorismo
El alto tribunal rechaza el recurso del fiscal y afirma que este caso no afecta a los juicios de Chile y Argentina
El Tribunal Supremo ha rechazado esta ma?ana el recurso del fiscal contra el archivo de la querella que interpuso contra el portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, por sus vivas a ETA pronunciadas durante un mitin en San Juan de Luz (Francia), en un auto en el que insiste en que la exaltaci¨®n del terrorismo no es delito de terrorismo.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo mantiene su criterio de que las palabras atribuidas a Otegi (Gora Euskadi ta askatasuna) podr¨ªan en principio constituir un delito de exaltaci¨®n o justificaci¨®n del terrorismo, pero al no estar dentro de la categor¨ªa de delitos de terrorismo no puede ser perseguido por los tribunales espa?oles fuera de Espa?a.
El Supremo reitera que, seg¨²n la legislaci¨®n espa?ola y de la Uni¨®n Europea (UE), los delitos de terrorismo son los que se cometen por acciones violentas, donde no encaja el delito de exaltac¨®n del terrorismo, que podr¨ªa constituir la frase de Otegi.
"Totalmente obvio"
Adem¨¢s, considera "totalmente obvio" que esta decisi¨®n "carece de incidencia en la materia de persecuci¨®n universal de delitos como los de terrorismo, genocidio y tortura", en referencia a la decisi¨®n de la Audiencia Nacional de revocar la orden de detenci¨®n del ex ministro de Defensa chileno Hernan Brady por el asesinato del espa?ol Carmelo Soria, al estimar que la "doctrina" aplicada por el Supremo imped¨ªa a la justicia espa?ola investigar estos hechos.
En respuesta al recurso, en el que el fiscal se preguntaba qu¨¦ era la apolog¨ªa si no es terrorismo, el auto destaca que "se trata de un delito de opini¨®n, que tiene al terrorismo como referente necesario pero externo".
Para el Supremo se trata de un delito "relacionado con el de terrorismo en el plano ideol¨®gico y en la perspectiva del bien jur¨ªdico de referencia, pero de cuya naturaleza, de cuyos rasgos constitutivos, de cuya gravedad no participa, a¨²n cuando exista una convergencia ideal en el plano de los fines".
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