El Gobierno abrir¨¢ un plazo de tres meses para regularizar a imigrantes con contrato
Trabajo pacta con sindicatos y patronal el nuevo reglamento de la Ley de Extranjer¨ªa
Los inmigrantes sin papeles que lleven seis meses empadronados en Espa?a podr¨¢n regularizar su situaci¨®n con s¨®lo acreditar un contrato de trabajo de al menos seis meses de duraci¨®n una vez entre en vigor, previsiblemente en febrero, el nuevo reglamento de la Ley de Extranjeria, cuyo texto han cerrado esta tarde en Madrid el Ministerio de Trabajo, los sindicatos UGT y CC OO y las patronales CEOE y CEPYME.
Los empleadores y empresarios dispondr¨¢n de un plazo de tres meses para acogerse a este regularizaci¨®n extraordinaria, que se prev¨¦ masiva y que viene contemplada en una disposici¨®n transitoria del reglamento. Adem¨¢s, para que se conceda el permiso de residencia y trabajo al inmigrante deber¨¢ darse de alta el contrato en la Seguridad Social, lo que otorgar¨¢ al extranjero una autorizaci¨®n de residencia de un a?o. El ministro de Trabajo, Jes¨²s Caldera, ha calculado que dicho proceso de regularizaci¨®n podr¨ªa realizarse durante los meses de febrero, marzo y abril de 2005.
Excepciones a los seis meses
El reglamento tambi¨¦n recoge un tratamiento espec¨ªfico para trabajadores del sector de agricultura, hosteler¨ªa y construcci¨®n, as¨ª como para el servicio dom¨¦stico. En el primer caso basta con que el empresario se comprometa a que el contrato dure tres meses. En la hosteler¨ªa y la construcci¨®n el contrato podr¨¢ ser discontinuo, pero deber¨¢ sumar al menos seis meses en un a?o; y en el servicio dom¨¦stico se permitir¨¢ que sea el extranjero el que presente la documentaci¨®n, que podr¨¢n ser diferentes contratos con varios empleadores siempre que llegue a las 30 horas semanales.
Para contratar a un inmigrante de forma individual, seg¨²n la ley, se debe analizar previamente la "situaci¨®n nacional de empleo". Para ello el servicio p¨²blico de empleo estatal publicar¨¢ trimestralmente un "cat¨¢logo de ocupaciones de dif¨ªcil cobertura" que determinar¨¢ las ofertas de empleo que podr¨¢n dirigirse a los trabajadores extranjeros; habr¨¢ un cat¨¢logo para cada provincia, as¨ª como para Ceuta y Melilla. A tal efecto, se crear¨¢ una comisi¨®n laboral tripartita de inmigraci¨®n, formada por la secretaria de Estado de Inmigraci¨®n y Emigraci¨®n y los interlocutores sociales m¨¢s representativos a nivel estatal. Esta comisi¨®n, que tendr¨¢ car¨¢cter permanente ser¨ªa consultada siempre para determinar los puestos de trabajo que no son cubiertos por los espa?oles y el contingente.
La concesi¨®n de permisos de residencia y de trabajo a los inmigrantes con un contrato laboral es apoyada por todos los grupos parlamentarios, excepto el PP, por los empresarios, los sindicatos y por la Iglesia.
Otras v¨ªas de regularizaci¨®n
Una vez caducado el periodo transitorio y extraordinario de regularizaci¨®n , los sin papeles s¨®lo podr¨¢n obtenerlos por razones humanitarias y por las v¨ªas extraordinarias: el arraigo por estancia en Espa?a de m¨¢s de tres a?os y contrato y el denominado arraigo laboral, que exige demostrar que se lleva trabajando un a?o -a trav¨¦s de un acta de la inspecci¨®n de Trabajo o una resoluci¨®n judicial-, y al menos dos residiendo en el pa¨ªs. Respecto a la reagrupaci¨®n familiar, se establece que los extranjeros residentes podr¨¢n solicitarla junto con la solicitud de renovaci¨®n de su autorizaci¨®n, es decir, entre seis o doce meses antes que en la actualidad. Sin embargo, el Ejecutivo asegura que aumentar¨¢ el rigor a la hora de exigir al extranjero que demuestre que cumple los requisitos para poder traerse a su familia y se pedir¨¢ la colaboraci¨®n de los Ayuntamientos para comprobar que cuenta con una vivienda adecuada.
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