El Constitucional rechaza el recurso del PP contra la devoluci¨®n del archivo de Salamanca
El alto tribunal considera que "la demanda carece de contenido constitucional"
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo interpuesto por el Grupo Parlamentario Popular contra la decisi¨®n de la Mesa del Congreso de admitir el proyecto de ley que dio luz verde a la devoluci¨®n de los documentos del archivo de Salamanca sobre la Guerra Civil a la Generalitat de Catalu?a. El PP present¨® dicho recurso por entender que la Mesa de la C¨¢mara hab¨ªa vulnerado sus derechos al negarse a solicitar al Gobierno dos informes previos sobre la Ley de Restituci¨®n.
En un auto notificado hoy, el Tribunal Constitucional se?ala que, se compartan o no los motivos que llevaron a la Mesa del Congreso a no pedir esos informes, la decisi¨®n que se tom¨® fue "razonada", "jur¨ªdicamente posible" y "no arbitraria". A?ade que si el ¨®rgano de gobierno de una C¨¢mara parlamentaria respeta esos l¨ªmites, el Tribunal no es competente para juzgar el acierto de sus resoluciones. De este modo, entiende que la demanda planteada por el PP "carece de contenido constitucional que justifique un pronunciamiento sobre el fondo" del asunto, por lo que acuerda inadmitirla.
La pol¨¦mica en torno a la solicitud de los informes comenz¨® en abril de 2005 cuando, en plena tramitaci¨®n del proyecto de Ley de Restituci¨®n, el PP solicit¨® a la Mesa del Congreso que instase al Gobierno a remitir dos informes previos que entend¨ªa preceptivos. Ped¨ªa en concreto los emitidos por la Junta Superior de Archivos y por el Patronato del Archivo General de la Guerra Civil Espa?ola, y solicitaba adem¨¢s que se paralizase la tramitaci¨®n del proyecto hasta que se recibieran, ya que la ley obliga a que los proyectos que acepte estudiar la C¨¢mara Baja vayan acompa?ados de los antecedentes necesarios para poder pronunciarse sobre ellos.
La Mesa rechaz¨® estas peticiones. El PP entonces recurri¨® ante el TC al considerar que, con esa decisi¨®n basada en una interpretaci¨®n "sesgada" de las normas, la Mesa estaba impidiendo a los diputados "ejercer el derecho fundamental a desarrollar sus funciones" por no tener acceso a "informes preceptivos".
En su auto, el TC recuerda que no es un revisor de todas las decisiones de los ¨®rganos de gobierno parlamentario sino que debe limitarse a amparar a los grupos si ¨¦stas llegasen a vaciar de contenido las funciones de los parlamentarios. En este caso, el TC se?ala que es a la propia Mesa del Congreso a la que le corresponde decidir qu¨¦ informes son necesarios para poder tramitar una ley, aunque advierte de que debe hacerlo "motivadamente y de forma razonable".
El auto concluye que la Mesa lo hizo as¨ª, ya que realiz¨® una interpretaci¨®n jur¨ªdica motivada de las normas que alegaba el PP en la que no se advierten errores manifiestos ni arbitrariedades, de forma que no se lesionaron los derechos de los diputados populares. "Se trata de una interpretaci¨®n que, por m¨¢s que se discrepe o no de ella, resulta jur¨ªdicamente posible, sin alterar las reglas del razonamiento l¨®gico de tal manera que pudiera tild¨¢rsela de arbitraria", por lo que el TC no puede entrar a juzgar su acierto, concluye el auto.
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