Multa de 6.000 euros a la Duquesa de Alba por injurias a los trabajadores del campo
Cayetana Fitz llam¨® "delincuentes, gentuza y cuatro locos" a unos miembros del sindicato SOC cuando la eligieron hija predilecta de Andaluc¨ªa
El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 8 de Sevilla ha condenado a Cayetana Fitz James Stuart a una multa de 20 d¨ªas a raz¨®n de 300 euros diarios, es decir 6.000, por una falta de injurias por unas declaraciones contra el Sindicato de Obreros del Campo (SOC), despu¨¦s de que la Audiencia Provincial de Sevilla revocara parcialmente la sentencia del mismo Juzgado que la absolv¨ªa.
La juez considera probado que las declaraciones realizadas por la Duquesa de Alba tras un acto de protesta por su nombramiento como 'Hija Predilecta de Andaluc¨ªa', hechos por los que el sindicato ped¨ªa una multa de 20.000 euros, fueron realizadas contra el sindicato y que suponen una infracci¨®n penal.
En la querella el SOC afirmaba que la duquesa se refiri¨® a los trabajadores y afiliados del SOC llam¨¢ndoles "delincuentes, gentuza y cuatro locos", incitando "p¨²blicamente y por televisi¨®n al rechazo social, desprecio y vejaci¨®n del SOC". El auto de la Secci¨®n S¨¦ptima estim¨® parcialmente el recurso de apelaci¨®n contra la sentencia del Juzgado de Instrucci¨®n 8, presentado en el mes de octubre, ya que la revoc¨® entendiendo que el SOC "tiene legitimaci¨®n para ejercitar la acci¨®n penal" por falta de injuria contra la Duquesa.
As¨ª, el magistrado indic¨® que "no cabe duda" que los sindicatos son personas jur¨ªdicas y, teniendo en cuenta la prueba documental aportada, "es indudable que la concentraci¨®n en protesta por ese t¨ªtulo fue convocada por la parte apelante" y que la mayor¨ªa de las personas asistentes "eran militantes y simpatizantes del SOC". De este modo, estim¨® que "las posibles expresiones que se imputan a la parte apelante podr¨ªan afectar a su fama".
No obstante, el auto no revoc¨® el contenido del fallo de la sentencia anterior del Juzgado, sino que lo devolvi¨® al mismo para que su titular, "ya que no ha valorado la prueba practicada en el juicio oral, dicte una nueva sentencia", en el que deber¨ªa, "con libertad de criterio", pronunciarse sobre la "realidad o no de los hechos imputados y su posible encaje en la infracci¨®n penal".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.