TVE rectificar¨¢ por el veto a la entrevista a Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa
Un juez obliga a la cadena a publicar la queja del locutor en el telediario de la noche
TVE deber¨¢ hacer p¨²blica en los pr¨®ximos d¨ªas una nota de rectificaci¨®n del periodista Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa por orden de un juez que ha dado la raz¨®n al conocido locutor, que exigi¨® sin ¨¦xito a la Corporaci¨®n que emitiera su respuesta a una informaci¨®n de la cadena p¨²blica.
El eje del proceso es la no emisi¨®n por parte de La Primera de TVE, el 21 de febrero de 2007, de la totalidad de una entrevista realizada por Jes¨²s Quintero a Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa. TVE decidi¨® no emitir una parte importante de la entrevista, seg¨²n ha explicado al juzgado, porque inclu¨ªa insultos,descalificaciones y ataques a terceros.
La cadena hizo p¨²blica una nota explicativa en este sentido a la hora de emisi¨®n del programa. Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa exigi¨® responder con igual publicidad a la citada nota de TVE, pero la cadena p¨²blica se neg¨®, por lo que recurri¨® a los tribunales en defensa de su derecho a la r¨¦plica.
La rectificaci¨®n, "sin comentarios ni apostillas"
Ahora el juzgado de Pozuelo da la raz¨®n al periodista y condena a TVE a "la difusi¨®n de la rectificaci¨®n solicitada por Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa P¨¦rez a la finalizaci¨®n del Telediario de la primera cadena de TVE a las 21.00 horas" y "con relevancia semejante a aqu¨¦lla en que se difundi¨® la nota de TVE que se rectifica, sin comentarios ni apostillas".
El tribunal argumenta que, sin entrar en la verdad o no de la informaci¨®n de TVE, al periodista le asiste el derecho de, "si considera que una noticia publicada en un medio de comunicaci¨®n es err¨®nea y adem¨¢s puede serle perjudicial, pueda utilizar este instrumento para que ¨¦l pueda dar a los lectores u oyentes del medio de comunicaci¨®n su versi¨®n de los hechos".
"La rectificaci¨®n no supone el imponerle al medio de comunicaci¨®n una verdad, sino simplemente darle la posibilidad al afectado por la noticia, el demandante, de exponer sobre la misma, dado que le afecta directamente y le perjudica, su verdad sobre tales hechos", a?ade la sentencia, que condena a TVE al pago de las costas.
La sentencia recuerda que toda persona tiene derecho a rectificar la informaci¨®n difundida, por cualquier medio de comunicaci¨®n social, de hechos que la aludan, que considere inexactos y que puedan causarle perjuicio.
Fuentes de TVE se?alaron a Efe que no disponen de la notificaci¨®n de la sentencia, que tiene fecha ma?ana, y que hasta que no este la misma en su poder, no comentar¨¢n nada ni tomar¨¢n decisi¨®n alguna.
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