El Supremo decide hoy si embarga las 'herriko tabernas' por su vinculaci¨®n con Batasuna
La Sala del 61 del Alto Tribunal revisa la liquidaci¨®n patrimonial de estos locales decretada en 2002
La Sala del 61 del Tribunal Supremo retomar¨¢ esta tarde sus deliberaciones sobre si procede extender la liquidaci¨®n patrimonial de Batasuna a los bienes cuya titularidad ostentan las asociaciones y sociedades que regentan las herriko tabernas y decidir¨¢ si ordena el embargo de estos establecimientos.
La reuni¨®n de los 16 magistrados de la Sala Especial encargada de la ejecuci¨®n de la sentencia de ilegalizaci¨®n de Batasuna, comenzar¨¢ a las cinco de la tarde seg¨²n fuentes del Alto Tribunal.
El magistrado ponente de la liquidaci¨®n de Batasuna, Joaqu¨ªn Samper, inform¨® a sus compa?eros del estado de las actuaciones y transmiti¨® su inquietud ante el hecho de que los embargos pudiesen no haber sido renovados. Por ese motivo, el pasado mes de abril el Supremo pidi¨® al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n que le informara del estado en el que se encontraban los embargos de 55 herriko tabernas decretados por el Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5 en abril de 2002 en la causa en la que estudia la sumisi¨®n de Batasuna a ETA.
Garz¨®n asegur¨® en un auto que estos establecimientos se encontraban bajo administraci¨®n judicial y no se hab¨ªa alterado su titularidad ni la de sus bienes. No obstante, reconoc¨ªa que las anotaciones registrales respectivas hab¨ªan quedado sin efecto en abril de 2006, al cumplirse cuatro a?os de la adopci¨®n de la medida.
El pasado mes de enero, la Sala prevista en el art¨ªculo 61 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) concedi¨® quince d¨ªas a los titulares de las herriko tabernas para que presentaran las alegaciones que consideraran oportunas sobre su vinculaci¨®n con Batasuna. Previamente los liquidadores encargados de inventariar el contenido de los locales hab¨ªan presentado un informe en el que llegaban a la conclusi¨®n de que las herriko tabernas y ciertas asociaciones culturales "pertenecer¨ªan en realizad, material y efectivamente a la propia Batasuna".
Afinidad ideol¨®gica
la Sala del 61 consider¨® que en ese momento procesal no pod¨ªa afirmarse, "con efectos de prueba plena que el tribunal considere estrictamente acreditadas los hechos, datos y conclusiones que figuran en el informe de los liquidadores". Por ello, pidi¨® informe a la Fiscal¨ªa y Abogac¨ªa del Estado. La Fiscal¨ªa respondi¨® al requerimiento afirmando que aunque entre las herriko tabernas y Batasuna "existe una afinidad ideol¨®gica e, incluso, una identidad de pensamiento con todos y cada uno de los objetivos que han prestado su apoyo a ETA", no puede "inferirse la conclusi¨®n de que uno y otro son la misma cosa, al menos por el momento".
La Abogac¨ªa del Estado propon¨ªa el embargo "si quedara acreditado en el proceso que los bienes y derechos" de estos locales y las sociedades instrumentales investigadas por los liquidadores "pertenecen realmente a los partidos pol¨ªticos disueltos judicialmente (HB-EH-Batasuna)".
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