La noche durar¨¢ media hora m¨¢s
El TSJM anula la obligaci¨®n de bares y discotecas de desalojar los locales 30 minutos antes del cierre
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha declarado nulo el art¨ªculo de la Ordenanza de Contaminaci¨®n Ac¨²stica del Ayuntamiento de Madrid, que obligaba a los bares especiales y discotecas a apagar la m¨²sica y comenzar lel desalojo del local 30 minutos antes de la hora de cierre. As¨ª, a partir de ahora los bares especiales cerrar¨¢n sus puertas a las tres los d¨ªas de entre semana y a las tres y media los viernes, s¨¢bados y v¨ªsperas de festivos. En el caso de las discotecas, la hora de cierre durante la semana queda fijada a las cinco y los viernes, s¨¢bados y v¨ªsperas de festivo hasta las cinco y media.
El TSJM acepta de este modo la demanda de nulidad que present¨® en diciembre de 2004 la Asociaci¨®n Empresarial de Hosteler¨ªa de la Comunidad de Madrid La Vi?a, al considerar que el art¨ªculo ahora anulado reduc¨ªa en media hora el tiempo de actividad de los negocios de hosteler¨ªa nocturna. La Ordenanza de Contaminaci¨®n Ac¨²stica recog¨ªa que los establecimientos de ocio de la capital autorizados a cerrar despu¨¦s de las tres de la madrugada, deber¨ªan desconectar todos los elementos de reproducci¨®n y ampliaci¨®n sonora 30 minutos antes de cerrar al p¨²blico.
Seg¨²n La Vi?a, este art¨ªculo obligaba a bares especiales y discotecas a apagar la m¨²sica, encender las luces y comenzar el desalojo de los clientes media hora antes de lo permitido, "interrumpiendo as¨ª su propia actividad y restringiendo de hecho su horario". La sentencia del TSJM, a?ade la asociaci¨®n, establece que la medida contemplada en la Ordenanza "debe aplicarse a partir de la hora de cierre", que para los bares especiales est¨¢ establecida a las tres de la madrugada durante la semana, y a las tres y media los viernes, s¨¢bados y v¨ªsperas de festivos.
Los derechos de las empresas de ocio
En el caso de las discotecas la hora de cierre durante la semana est¨¢ fijada a las cinco y los viernes, s¨¢bados y v¨ªsperas de festivo, hasta las cinco y media. Seg¨²n La Vi?a, la sentencia del TSJM se basa en la ley de Espect¨¢culos P¨²blicos y Actividades Recreativas, que establece que el horario general de apertura y cierre de los locales y establecimientos regulados por ¨¦sta "se determinar¨¢ por Orden del Consejero competente en materia de espect¨¢culos p¨²blicos de la Comunidad de Madrid", en este caso, de la Consejer¨ªa de Presidencia.
El TSJM expone que ni la ley citada ni las ¨®rdenes que la desarrollan autorizan al Ayuntamiento de Madrid "a regular o imponer el horario de funcionamiento de los elementos de reproducci¨®n ampliaci¨®n de sonido", al ser competencia de la Comunidad de Madrid.
La asociaci¨®n La Vi?a ha manifestado su satisfacci¨®n por esta sentencia, al considerar "que reconoce los derechos de las empresas de ocio nocturno madrile?as" y les permite trabajar con normalidad "dentro del marco de horarios establecido en el a?o 1998 para toda la Comunidad, con el que el Ayuntamiento de Madrid estuvo de acuerdo en su momento".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.