El TS desestima el recurso de Fabra contra la investigaci¨®n sobre su patrimonio
El presidente de Castell¨®n alegaba que se hab¨ªa vulnerado su derecho de intimidad econ¨®mica
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por Carlos Fabra, presidente de la Diputaci¨®n de Castell¨®n, contra la investigaci¨®n judicial llevada a cabo sobre su patrimonio al entender que durante la misma se hab¨ªa vulnerado su derecho fundamental a la intimidad econ¨®mica. Fabra, su esposa, su cu?ada y sus dos hijas hab¨ªan alegado que varias actuaciones realizadas durante el proceso, como una citaci¨®n de la Agencia Tributaria en 2004 y la remisi¨®n del expediente del IRPF de Fabra al fiscal jefe del TSJCV por parte de la AEAT hab¨ªan lesionado este derecho.
Seg¨²n han asegurado en su recurso presentado al TS, la copia que recibieron todos ellos del expediente del juzgado de Nules conten¨ªa extractos y movimientos bancarios y operaciones de la inspecci¨®n pese a que a la esposa, su hermana y las dos hijas de Fabra no estaban relacionadas con los procedimientos judiciales abiertos.
Un recurso Desestimado en 2005
El tambi¨¦n presidente provincial del PP en Castell¨®n, imputado por varios delitos de tr¨¢fico de influencias, cohecho, negociaciones prohibidas, contra la Administraci¨®n P¨²blica y fraude fiscal, hab¨ªa recurrido ante el Supremo el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que en 2005 desestim¨® otro recurso de s¨²plica relacionado con la tramitaci¨®n de las investigaciones practicadas desde que, en 2003, se abriera esta causa judicial.
Ahora, en esta nueva sentencia desestimatoria del Supremo, la Sala atiende los argumentos de la Abogac¨ªa del Estado y del Ministerio Fiscal para rechazar las nuevas alegaciones. En este sentido, el fiscal recordaba que el TSJCV no lleg¨® a pronunciarse sobre la vulneraci¨®n del derecho a la intimidad econ¨®mica alegada por los recurrentes porque el recurso contencioso-administrativo fue declarado inadmisible por su presentaci¨®n fuera de plazo.
La sentencia de la secci¨®n s¨¦ptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS impone adem¨¢s las costas a Fabra y al resto de recurrentes, que ser¨¢n de hasta 3.000 euros "en raz¨®n de las circunstancias del asunto y de la dificultad que comporta".
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