De la Vega: "No habr¨¢ resquicio a la impunidad"
El Gobierno aprueba la reforma del C¨®digo Penal con la que endurece la legislaci¨®n contra los terroristas y los delincuentes sexuales
"No habr¨¢ resquicio a la impunidad". Ese es el mensaje con el que la videpresidenta del Gobierno, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, ha presentado el anteproyecto de ley org¨¢nica con el que el Gobierno reforma el C¨®digo Penal cinco a?os despu¨¦s de su ¨²ltima modificaci¨®n con el PP en el Ejecutivo. De la Vega, como ya adelant¨® EL PA?S, ha fijado en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros dos de los pilares de esta reforma dirigida en gran medida a terroristas y elincuentes sexuales: periodos prolongados de libertad vigilada acompa?ados de medidas de control para evitar el contacto entre ex presos y v¨ªctimas o sus familiares; y cumplimiento ¨ªntegro de las penas sin posibilidad de que prescriban los delitos."
Control de terroristas y pederastas
La pena de libertad vigilada de uno a 20 a?os se aplicar¨¢ en exclusiva a delincuentes sexuales y terroristas que hayan cumplido su pena. El juez podr¨¢ imponer hasta una decena de medidas, entre ellas, la obligaci¨®n de estar siempre localizable, la presentaci¨®n peri¨®dica en el juzgado o comisar¨ªa, la comunicaci¨®n del cambio de residencia o puesto de trabajo, la prohibici¨®n de ausentarse sin permiso judicial del lugar de residencia, la prohibici¨®n de no aproximarse ni comunicar con la v¨ªctima del delito o sus familiares, el no acudir o residir en determinados lugares y la obligaci¨®n de participar en programas formativos, culturales o de educaci¨®n sexual, as¨ª como seguir un tratamiento m¨¦dico externo. Para el control de los sujetos sometidos a libertad vigilada los jueces podr¨¢n acordar medios electr¨®nicos para su localizaci¨®n y seguimiento.
Esta nueva pena de libertad vigilada deber¨¢ imponerse en sentencia, por lo que no afecta a los actualmente procesados o condenados por delitos sexuales o terroristas. La duraci¨®n de la pena de libertad vigilada, de uno a 20 a?os, podr¨¢ ser reducida e incluso dejada sin efecto y las obligaciones modificadas si el pron¨®stico de reinserci¨®n es positivo.
Multa tres veces superior al soborno
Correlativamente, la misma pena est¨¢ prevista para el directivo o empleado de una sociedad mercantil o privada que, por s¨ª o por persona interpuesta, "solicite o reciba un beneficio para favorecer a quien lo otorga, o a un tercero". Ambas conductas estar¨¢n sancionadas, adem¨¢s, con multa de hasta el triple del valor de lo obtenido y con inhabilitaci¨®n especial para el ejercicio de industria o comercio por tiempo de uno a seis a?os.
Aunque la pena de prisi¨®n m¨¢xima de cuatro a?os cae dentro de las que el C¨®digo Penal considera como "menos graves", la reforma prev¨¦ que los jueces puedan, en atenci¨®n a la cuant¨ªa del beneficio y las funciones que en la empresa tenga el culpable, imponer la condena inferior en grado y reducir la multa.
Delitos que no prescriben nunca
Entre las novedades de la amplia reforma del C¨®digo Penal aprobada por el Consejo de Ministro, el titular de Justicia ha destacado el apartado de las prescripci¨®n que ya avanz¨® el ministro del Interior, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba: los atentados terroristas en los que se cause la muerte de una persona no prescribir¨¢n nunca, al igual que sucede con los delitos de torturas y de genocidio. La reforma del C¨®digo Penal tambi¨¦n establece el momento a partir del cual se interrumpe la prescripci¨®n de los delitos. Seg¨²n ha explicado Bermejo, la interrupci¨®n de la prescripci¨®n ser¨¢ determinada por un juez en el mismo momento en el que se presente una querella en relaci¨®n a ese delito. En el momento en el que fuese sobrese¨ªdo el caso, la prescripci¨®n volver¨ªa a estar en vigor.
La reforma del C¨®digo Penal prev¨¦ adem¨¢s un aumento de las penas por agresiones sexuales, abusos y prostituci¨®n de menores, con especial ¨¦nfasis en las penas cuando la v¨ªctima sea menor de 13 a?os. Se introduce tambi¨¦n el delito de captaci¨®n de menores para utilizarlos enespect¨¢culos pornogr¨¢ficos y se pena a los clientes en el caso de prostituci¨®n de menores. En particular, el grueso de la reforma recae sobre los acusados de pederastia. Se refuerza la protecci¨®n de las v¨ªctimas cuando sean especialmente vulnerables por su edad o su condici¨®n y cuando en este tipo de delitos se ponga en peligro la vidadel menor.
El ministro de Justicia ha argumentado que la reforma pretende aportar "m¨¢s seguridad jur¨ªdica"con la tipificaci¨®n de nuevos delitos como la trata de seres humanos que ser¨¢ perseguida desde el mismo momento en el que se pacte; el traslado ilegal de grandes cantidades de residuos para proteger elmedio ambiente; los ataques inform¨¢ticos; la tenencia de armas o instrumentos explosivos, o la agrupaci¨®n transitoria de delincuentes.
'Cohecho' en el sector privado
El ministro de Justicia, Mariano Fern¨¢ndez Bermejo, ha coincidido con la n¨²mero dosdel Gobierno en esos dos pilares de la reforma penal, terrorismo y delitos de pederastia, si bien ha se?alado un tercer pilar: la trasposici¨®n de normas europeas parahacer frente a "nuevas formas de criminalidad". Es el caso de la la trasposici¨®n de una decisi¨®n marco europea de 2003, queentiende que la corrupci¨®n de directivos o empleados de una empresapara que perjudiquen a su propia empresa o a una tercera excede de lacompetencia desleal y provoca un conflicto que rompe las reglas delbuen funcionamiento del mercado, informa Julio M. L¨¢zaro.
Este nuevo delito de corrupci¨®n entre particulares castigar¨¢ con penas de seis meses a cuatro a?os de c¨¢rcel a los directivos o empleados de empresas privadas que ofrezcan o acepten sobornos. Se trata de un nuevo tipo penal que castiga la corrupci¨®n en el sector privado de forma similar a como se castiga en este momento el cohecho en el sector p¨²blico. El nuevo delito de corrupci¨®n entre particulares castigar¨¢ con penas de prisi¨®n a quienes ofrezcan o entreguen a directivos y empleados de empresas o asociaciones "beneficios o ventajas injustificados para favorecer al que lo otorga o a un tercero, incumpliendo sus obligaciones en la adquisici¨®n o venta de mercanc¨ªas o en la contrataci¨®n de servicios.
Castigo para las agrupaciones para delinquir
El ministro del Interior, Alfredo P¨¦rez Rubalcaba, anticip¨® el pasado mes de septiembre en una conferencia de prensa conjunta con el titular de Justicia, Mariano Fern¨¢ndez Bermejo, que se introducir¨¢ en el C¨®digo Penal un nuevo delito de agrupaci¨®n transitoria de delincuentes. Este nuevo tipo penal, similar al de asociaci¨®n de malhechores, est¨¢ destinado a elevar las penas a imponer a los delincuentes que se agrupen de forma transitoria para cometer delitos.
Se trata de disuadir a bandas de delincuentes como las especializadas en asaltos a chal¨¦s y casas habitadas, alunizajes contra establecimientos comerciales y atracos a comercios. Son delitos que requieren coordinaci¨®n, aunque no sea crimen organizado. Sin perjuicio por las penas correspondientes por los delitos de allanamiento, robo con violencia o intimidaci¨®n o con fuerza en las cosas, los que se asocien transitoriamente para cometer ese tipo de delitos ser¨¢n castigados con otra pena adicional que, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas consultadas podr¨ªa alcanzar hasta los tres a?os de prisi¨®n.
La pr¨®xima reforma del C¨®digo Penal tambi¨¦n endurece los castigos para aquellos que exploten el trabajo de los inmigrantes en condiciones laborales ¨ªnfimas, as¨ª como para los que les utilicen en prostituci¨®n o en espect¨¢culos pornogr¨¢ficos. En todo caso, se castigar¨¢ la captaci¨®n, transporte y acogida cuando la v¨ªctima sea menor de edad. La reforma del C¨®digo Penal, que se estaba cerrando en la tarde de ayer, prev¨¦ tambi¨¦n importantes modificaciones en delitos socioecon¨®micos.
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