El Gobierno prepara 12 medidas para vigilar a etarras excarcelados
El nuevo C¨®digo Penal incluir¨¢ la posibilidad de controlar a los terroristas con pulseras telem¨¢ticas - La reforma proh¨ªbe al ex preso vivir junto a las v¨ªctimas - Tambi¨¦n se les podr¨¢ impedir desempe?ar algunos trabajos
Los terroristas que cometan atentados y sean detenidos a partir de la aprobaci¨®n de la reforma del C¨®digo Penal que prepara el Gobierno sufrir¨¢n condenas casi perpetuas. La reforma legal establecer¨¢, adem¨¢s de la pena m¨¢xima para los asesinatos terroristas (40 a?os de cumplimiento dentro de la c¨¢rcel), otra accesoria de entre 1 y 20 a?os de libertad vigilada, con m¨¢s de 10 medidas preventivas que deber¨¢n cumplir los condenados y que limitar¨¢n bastante sus posibilidades de movimiento cuando regresen a las calles. La reforma, en cualquier caso, no afectar¨¢ a los m¨¢s de 500 presos terroristas que actualmente cumplen condena en prisi¨®n ni a los etarras que hayan cometido atentados -aunque todav¨ªa no hayan sido juzgados- o hayan sido detenidos con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma del C¨®digo Penal.
El juez someter¨¢ al condenado al cumplimiento de una o varias obligaciones de las comprendidas en una lista de m¨¢s de 10 medidas, seg¨²n el proyecto que ultiman estos d¨ªas distintos departamentos del Gobierno.
Entre las medidas que deber¨¢n cumplir los excarcelados, seg¨²n han explicado a este peri¨®dico distintas fuentes relacionadas con la pol¨ªtica antiterrorista del Ejecutivo, figuran la presentaci¨®n peri¨®dica en un lugar que establezca el juez; la prohibici¨®n de vivir cerca de las v¨ªctimas, de comunicarse con ellas o acudir a determinados lugares; la de no abandonar el lugar de residencia sin permiso judicial y la de no desempe?ar determinadas actividades que pudiera aprovechar para cometer delitos similares a aquellos por los que fue condenado.
Para cerrar el c¨ªrculo de la prevenci¨®n, el nuevo C¨®digo Penal, cuyo proyecto de ley quiere aprobar el Gobierno en el Consejo de Ministros que se reunir¨¢ el pr¨®ximo viernes, permitir¨¢ al juez utilizar medios electr¨®nicos (pulseras de control telem¨¢tico, similares a las que se utilizan para condenados por violencia machista y para el control de los presos en tercer grado, o semilibertad) que le permitan la localizaci¨®n y el seguimiento permanente del terrorista excarcelado.
Con esta medida legal, el Gobierno cierra el abanico de reformas para endurecer al m¨¢ximo el castigo a los terroristas. El escal¨®n inmediatamente superior (la cadena perpetua) ha sido descartado por los dos partidos con posibilidades de gobernar Espa?a (PSOE y Partido Popular), ya que ambos coinciden en que vulnera la Constituci¨®n.
El endurecimiento penal contra terroristas arranc¨® en 2003, cuando se ampli¨® de 30 a 40 a?os el periodo m¨¢ximo de cumplimiento de pena en la c¨¢rcel y se incrementaron las exigencias para acceder al tercer grado penitenciario. Tras esa reforma, el Tribunal Supremo cambi¨® la doctrina hasta entonces imperante respecto al sistema de cumplimiento de condenas para aquellos etarras que hubieran cometido sus cr¨ªmenes antes de 1995.
Hasta entonces, las redenciones de pena por el trabajo (contempladas en el C¨®digo Penal de 1973 y que elimin¨® el de 1995) se deduc¨ªan del tiempo m¨¢ximo de la condena, limitado a 30 a?os, a pesar de que la suma de las penas impuestas a los terroristas alcanzase con frecuencia centenares e incluso miles de a?os.
En ese caso estaban numerosos etarras sanguinarios que, como consecuencia del C¨®digo Penal de 1973 y de las redenciones de penas conseguidas por su simple estancia entre rejas (la redenci¨®n de penas por el trabajo se aplicaba autom¨¢ticamente) o por redenciones extraordinarias sal¨ªan de la c¨¢rcel tras cumplir menos de 20 a?os en prisi¨®n, a pesar de tener cientos de a?os de condena.
La denominada doctrina Parot -aplicada por primera vez al etarra franc¨¦s Henri Parot- cambi¨® el sistema de c¨®mputo de condenas de forma que, cumplida la primera y deducidos de ella los correspondientes beneficios, se siguen cumpliendo la segunda y sucesivas hasta el l¨ªmite de 30 a?os.
Este cambio lleg¨® tarde para uno de los terroristas m¨¢s sanguinarios, el etarra I?aki de Juana Chaos, quien s¨®lo 18 a?os despu¨¦s de ingresar en prisi¨®n como autor de 25 asesinatos y condenado a casi 3.000 a?os de c¨¢rcel, qued¨® en libertad por las redenciones que se le aplicaron. Su estancia en prisi¨®n se prolong¨® tres a?os m¨¢s por amenazas a directores de prisiones y a un magistrado. A su salida de la c¨¢rcel, el 2 de agosto de este mismo a?o, la posibilidad de que De Juana Chaos residiera en un bloque de viviendas junto a otras v¨ªctimas de ETA escandaliz¨® a distintos sectores de la poblaci¨®n.
Todos los partidos expresaron entonces su preocupaci¨®n y algunas asociaciones de v¨ªctimas del terrorismo propusieron medidas de vigilancia sobre etarras excarcelados o que se les prohibiese residir cerca de las v¨ªctimas (una posibilidad que ya estaba prevista legalmente y que se ha aplicado en las ¨²ltimas condenas a etarras).
Cuando De Juana estaba a punto de salir de prisi¨®n, otro hecho desat¨® la alarma general. Kandido Aspiazu, terrorista de ETA que mat¨® en 1980 a Ram¨®n Baglietto, concejal de UCD, compr¨® una cristaler¨ªa en los bajos de un edificio residencial de Azkoitia (Guip¨²zcoa) donde viv¨ªa Pilar El¨ªas, la viuda de la persona a la que asesin¨®. Azpiazu, condenado a un total 49 a?os de c¨¢rcel, hab¨ªa salido en libertad en 1995, apenas 15 a?os despu¨¦s de su crimen.
Sin embargo, Azpiazu y De Juana Chaos no deber¨¢n someterse a las medidas de libertad vigilada. La nueva pena accesoria afectar¨¢ a los condenados por futuros atentados terroristas y se aplicar¨¢ no s¨®lo a los delitos graves, en cuyo caso se impondr¨¢ un m¨¢ximo de 20 a?os de libertad vigilada, sino tambi¨¦n a los menos graves (hasta 10 a?os de libertad vigilada). Si durante su estancia en la c¨¢rcel los distintos servicios penitenciarios hacen un pron¨®stico positivo de reinserci¨®n de la persona condenada, el juez o tribunal podr¨ªa dejar sin efecto la medida, o reducirla en el periodo que debe estar vigente.
Una condena casi perpetua
- Las obligaciones de un etarra excarcelado.
1. Presentaci¨®n de manera peri¨®dica en el lugar que establezca el juez.
2. Estar permanentemente localizable.
3. Comunicar al juez de manera inmediata cada cambio de residencia o lugar de trabajo.
4.Prohibici¨®n de abandonar el lugar de residencia sin permiso del juez o del tribunal sentenciador.
5.No aproximarse a la v¨ªctima, a sus familiares o a otras personas que determine el juez.
6. No comunicarse con la v¨ªctima, sus familiares u otras personas que establezca el juez.
7. No acudir a determinados lugares o establecimientos.
8.No aproximarse a determinados lugares.
9. No desempe?ar determinadas actividades que pudiera aprovechar para cometer hechos delictivos de similar naturaleza a aqu¨¦llos por los que fue condenado.
10. Seguir tratamiento m¨¦dico externo.
11.Participar en cursos laborales u otros.
- Control especial. El juez o tribunal podr¨¢ decidir la aplicaci¨®n de medios electr¨®nicos para localizar o permitir
el seguimiento permanente del etarra excarcelado.
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