La Audiencia Nacional expedienta a Garz¨®n por poner en libertad a dos narcotraficantes
Hab¨ªa caducado por error de unos pocos d¨ªas el plazo para prorrogar sus prisiones preventivas durante dos a?os m¨¢s
La Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional ha acordado hoy la apertura al juez Baltasar Garz¨®n de un expediente disciplinario por falta leve relacionada con la excarcelaci¨®n, el pasado 16 julio, de dos presuntos narcotraficantes turcos, a los que el magistrado se vio forzado a poner en libertad al pasarse dos d¨ªas en el plazo legal para prorrogar la prisi¨®n preventiva.
La decisi¨®n ha sido adoptada a instancias del servicio de inspecci¨®n del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que el pasado 18 de diciembre remiti¨® esta propuesta a la Audiencia Nacional ya que, al tratarse de una falta leve, la competencia para decidir al respecto le corresponde a la Sala de Gobierno.
El error de Garz¨®n
El CGPJ acord¨® el pasado octubre abrir una investigaci¨®n tras recibir una queja contra Garz¨®n del sindicato de funcionarios p¨²blicos Manos Limpias, que acusaba al juez de negligencia ya que hab¨ªa dejado en libertad por error el pasado julio a dos presuntos narcotraficantes turcos, Sahin Eren y Erder Varder, detenidos en el Puerto de Huelva con 13 kilos de hero¨ªna y supuestamente miembros de una red internacional de tr¨¢fico de drogas.
Garz¨®n se equivoc¨® en dos d¨ªas a la hora de fijar la fecha para prorrogar la prisi¨®n preventiva de los dos narcos que llevaban dos a?os presos. La detenci¨®n del grupo de traficantes se produjo en dos d¨ªas diferentes (10 y 18 de julio), si bien en la "carpetilla" donde se archivaron las diligencias s¨®lo se hizo constar la segunda fecha. La prisi¨®n provisional sin haberse celebrado un juicio, seg¨²n la ley, no puede durar m¨¢s de dos a?os, aunque es factible, previa vistilla, prorrogarla otros dos a?os m¨¢s. Si pasados los dos primeros a?os, y dentro del plazo, no se ha prorrogado, el juez est¨¢ obligado a dejar al reo en libertad hasta el juicio.
La Inspecci¨®n entend¨ªa que, pese a que el error lo pudo cometer el funcionario que abri¨® la citada carpetilla, el magistrado debe realizar "un examen peri¨®dico de la causa y, sobre todo, de las piezas de situaci¨®n personal para poder efectuar el control necesario de una medida tan restrictiva como es la de prisi¨®n".
No obstante, se pide tener en cuenta que el fiscal, "encargado, por imperativo legal, de velar por la aplicaci¨®n del principio de legalidad", tampoco detectara el error, as¨ª como el hecho de que no haya existido perjuicio alguno al no haber tratado de evadirse ninguno de los imputados, que cumplen con sus comparecencias peri¨®dicas de control en la Audiencia Nacional.
A partir de ahora, el asunto ser¨¢ instruido por el presidente de la Secci¨®n S¨¦ptima de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Jos¨¦ Luis L¨®pez Mu?iz, quien adem¨¢s es el magistrado m¨¢s antiguo de esta Sala. Deber¨¢ presentar en las pr¨®ximas semanas una propuesta que puede ir desde el archivo del asunto, pasando por la amonestaci¨®n, hasta la fijaci¨®n de una multa para Garz¨®n.
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