El CGPJ dice que es la ley la que impide una sanci¨®n mayor al juez Tirado
La resoluci¨®n defiende que la actuaci¨®n del magistrado no fue calificada como falta "muy grave" porque no hay prueba de que los retrasos en el juzgado fueran reiterados
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) defiende en la resoluci¨®n que confirma la multa de 1.500 euros impuesta al juez de Sevilla Rafael Tirado, por su actuaci¨®n en el caso de la ni?a Mariluz Cort¨¦s, que la ley s¨®lo prev¨¦ una sanci¨®n de multa de 300 a 3.000 euros para las faltas graves. En la resoluci¨®n, hecha p¨²blica hoy, el CGPJ hace hincapi¨¦ en que el hecho de que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) regule de esta forma las sanciones es "una decisi¨®n del legislador" que -a?ade- "veda cualquier otra posibilidad que incluso pudiera parecer m¨¢s adecuada".
En los argumentos de la resoluci¨®n destaca que la actuaci¨®n de Tirado no fue calificada como falta "muy grave", como pretend¨ªa el fiscal, porque no se ha podido apreciar que la omisi¨®n, los retrasos o desatenci¨®n en el juzgado fueran reiterados.
Aunque el CGPJ considera que la secretaria judicial tambi¨¦n es responsable de la negligencia, y que el juzgado de Tirado soportaba una carga de trabajo superior a la normal, entiende que esas otras irregularidades no eximen de culpa al juez. As¨ª, el Consejo considera que existi¨® una "falta de supervisi¨®n" imputable al juez que, junto con otros factores, propici¨® que la ejecuci¨®n de las penas privativas de libertad se dilatase durante mucho m¨¢s tiempo del admisible.
Una sanci¨®n mayor
La resoluci¨®n cuenta con tres votos particulares, dos de ellos en los que se defiende una sanci¨®n mayor para el juez Rafael Tirado, y un tercero que considera que no cab¨ªa sancionar al magistrado.
Uno de estos votos est¨¢ firmado por seis de los vocales del Consejo, entre ellos su portavoz, Gabriela Bravo, que entienden que Tirado deber¨ªa haber sido sancionado con dos meses de suspensi¨®n por una falta muy grave, ya que la conducta del magistrado "est¨¢ por debajo de la diligencia m¨ªnima exigible legalmente a jueces y magistrados". Para estos seis vocales, el juez Tirado incurri¨® en una negligencia grave, incumpliendo un deber legal "ineludible e indelegable". Aunque reconoce la "defectuosa tramitaci¨®n" del caso por parte de la secretaria judicial -tambi¨¦n sancionada-, recuerda que no pod¨ªa ejecutar el ingreso en prisi¨®n de Santiago del Valle que ni siquiera hab¨ªa sido dictado por el juez.
Cinco de estos vocales -Gabriela Bravo, Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez, Ram¨®n Camp i Batalla y Almudena Lastra- han emitido a su vez otro voto particular respecto "a la gravedad de la sanci¨®n", en el que defienden que Tirado deb¨ªa haber sido sancionado con una suspensi¨®n de seis meses.
Por el contrario, en otro de los votos particulares, la vocal Concepci¨®n Jonquera sostiene que la actuaci¨®n del juez "no es constitutiva de la infracci¨®n disciplinaria por la que se le sanciona", ya que es al secretario judicial al que "corresponde abordar y desarrollar la actuaci¨®n (...) tendente a llevar a t¨¦rmino la decisi¨®n judicial".
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