El Supremo ordena a la ONCE a pagar el premio de un cup¨®n que rechaz¨® por su deterioro
El due?o hab¨ªa metido la papeleta, premiada con 30.000 euros, en la lavadora dentro de un bolsillo
El Tribunal Supremo ha ordenado a la ONCE abonar a un particular 30.000 euros correspondientes un billete premiado que no le fue aceptado por su estado de deterioro despu¨¦s de que su due?o lo metiese en la lavadora dentro del bolsillo de una camisa. De este modo, el alto tribunal reconoce la validez de aquel billete y confirma la posibilidad de cobrar los premios de loter¨ªa pese a extrav¨ªo o deterioro del boleto siempre que se verifique la compra del mismo.
La resoluci¨®n del Tribunal Supremo ha recogido los datos introducidos en la sentencia recurrida, en la que se desprende un error acerca de la cantidad de dinero a recibir por parte del afectado, cifrando la cantidad en 30.000.000 euros, cuando en realidad al cup¨®n premiado le correspond¨ªan 30.000 seg¨²n confirmaron fuentes de la ONCE. Por ello, el Supremo emitir¨¢ previsiblemente en los pr¨®ximos d¨ªas un auto aclaratorio para corregir tal disfunci¨®n.
En su sentencia, el alto tribunal se basa en una resoluci¨®n anterior, dictada en julio de 2006, en la que "se admite, aunque ciertamente como supuesto excepcional, el que se abone el premio correspondiente a un cup¨®n de la ONCE, sin necesidad de presentar el tal cup¨®n, cuando se acredite que se adquiri¨® el cup¨®n, que se ha extraviado o deteriorado y que ese cup¨®n no ha sido cobrado".
De este modo, el alto tribunal anula la sentencia dictada el pasado 9 de mayo de 2007 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que aval¨® la decisi¨®n de la ONCE de no reconocer como v¨¢lido el boleto del afectado, Luis B.G., quien recurri¨® ante el Supremo.
Testimonio de la vendedora
El Tribunal Supremo explica que en este caso "la propia vendedora manifest¨® que hab¨ªa vendido a la mujer los cupones de la serie 35 y 36, que esa mujer le manifest¨® que hab¨ªa entregado el cup¨®n de la serie 35 al hoy recurrente y en fin que esa mujer ha declarado que efectivamente entreg¨® el cup¨®n de la serie 35 al hoy recurrente". "Con esos datos ciertamente se ha estimar como probado que el hoy recurrente era el poseedor titular del cup¨®n cedido por la mujer que lo adquiri¨®", explica la sentencia.
La sentencia a?ade que "en el an¨¢lisis de la prueba de los fragmentos aportados despu¨¦s del lavado de la camisa donde estaba el cup¨®n, se ha llegado a la conclusi¨®n de que en esos fragmentos se acredita la fecha del sorteo, la serie del cup¨®n y hasta cuatro n¨²meros de los cinco que correspond¨ªa al cup¨®n".
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