El fiscal ordena retirar las fotograf¨ªas de etarras en Navarra
La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional exige a la polic¨ªa borrar tambi¨¦n las pintadas de apoyo a la banda
La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional ha ordenado hoy a las fuerzas de seguridad retirar de forma "inmediata y urgente" en Navarra todas las fotograf¨ªas de miembros de ETA, as¨ª como pancartas y pintadas en apoyo de la banda. La norma afecta tanto a las im¨¢genes y esl¨®ganes visibles en las calles como a los que se encuentren en el interior de bares o dentro de los establecimientos p¨²blicos de esta comunidad.
As¨ª lo ha exigido el fiscal que se encarga en la Audiencia Nacional del terrorismo de ETA, Vicente Gonz¨¢lez Mota, en un escrito remitido a las unidades del Cuerpo Nacional de Polic¨ªa, Guardia Civil y Polic¨ªa Foral. Gonz¨¢lez Mota estima que la exhibici¨®n de estos lemas y fotograf¨ªas constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo.
El fiscal ha adoptado esta decisi¨®n tras recibir un informe de la Delegaci¨®n del Gobierno de Navarra sobre la existencia de tales s¨ªmbolos. Adem¨¢s de retirarlos, Gonz¨¢lez Mota ha pedido a los agentes que, de ser posible, identifiquen "a los autores de su colocaci¨®n".
Respuesta de la Delegaci¨®n
La Delegaci¨®n del Gobierno en Navarra ha dado el visto bueno a la orden de la Fiscal¨ªa de la Audiencia, y ya ha anunciado que los tres cuerpos -Polic¨ªa Nacional, Polic¨ªa Foral y Guardia Civil- se coordinar¨¢n para ejecutar la eliminaci¨®n de s¨ªmbolos proetarras. La respuesta de la Delegaci¨®n ha llegado tras la reuni¨®n celebrada entre las Administraciones central y auton¨®mica.
Anuladas las ayudas de un Ayuntamiento navarro a imputados del entorno de ETA
Un juzgado de Pamplona ha anulado el acuerdo del Ayuntamiento navarro de Leitza por el que se decidi¨® subvencionar a las personas enjuiciadas en la Audiencia Nacional por pertenecer al entorno de la organizaci¨®n terrorista ETA. De esta forma, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n¨²mero
1 de Pamplona ha estimado el recurso interpuesto por la Abogac¨ªa del Estado contra el acuerdo adoptado el 25 de abril de 2008, al considerar que la decisi¨®n municipal "no es conforme a Derecho".
La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelaci¨®n, establece que al conceder "una subvenci¨®n a las personas enjuiciadas para los gastos que les surjan", como cita el acuerdo, el Ayuntamiento "se est¨¢ refiriendo al parecer a los enjuiciados por la Audiencia Nacional de miembros del movimiento Pro Amnist¨ªa". Sin embargo, seg¨²n la resoluci¨®n judicial, "no consta acreditado que se haya tramitado ning¨²n procedimiento en r¨¦gimen de libre concurrencia" p¨²blica y tampoco "que el proyecto, la acci¨®n, conducta o situaci¨®n financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad p¨²blica o inter¨¦s social o de promoci¨®n de la finalidad p¨²blica".
Tiene tambi¨¦n en cuenta que el Ayuntamiento de Leitza no comunic¨® la existencia de un plan estrat¨¦gico de subvenciones. Por ello, da la raz¨®n a la Abogac¨ªa del Estado, que hab¨ªa sustentado su recurso en el incumplimiento por parte del Ayuntamiento de Leitza de varios de los requisitos fijados en la Ley de Subvenciones.
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