El Supremo absuelve a uno de los cuatro condenados por ayudar a huir a autores del 11-M
Mohamed El Idris fue juzgado por la Audiencia Nacional por colaborar con Al Qaeda.- Los otros tres recursos, desestimados
El Tribunal Supremo ha absuelto a Mohamed El Idrissi, condenado por la Audiencia Nacional a cinco a?os de prisi¨®n por colaboraci¨®n con Al Qaeda y por ayudar a huir a alguno de los autores del 11-M, y ha confirmado las penas impuestas a los otros tres condenados por la denominada operaci¨®n Tigris, tal y como ya se adelant¨® el pasado mes de diciembre.
As¨ª lo ha acordado la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por El Idrissi y desestima los de los otros tres, Kamal Ahbar, Samir Tahtah, -condenados a 9 a?os de c¨¢rcel por integraci¨®n en organizaci¨®n terrorista- y Hamed Hamu, condenado a 2 a?os por falsificaci¨®n.
La Audiencia Nacional se vio obligada a absolver en 2009 a diez de los acusados en la operaci¨®n, en la que en 2005 fue desarticulada una red dedicada al env¨ªo de muyahidines a Irak, por irregularidades en la intervenci¨®n de los correos electr¨®nicos.
Durante la vista por los recursos de casaci¨®n, el fiscal del Tribunal Supremo Javier Huete pidi¨® que se devolviera a la Audiencia Nacional la sentencia por la que absolv¨ªa a otros tres presuntos terroristas inicialmente procesados. Esta petici¨®n ha sido rechazada por el Tribunal Supremo.
La fiscal del caso en la Audiencia Nacional, Dolores Delgado, hab¨ªa pedido prisi¨®n para ellos -Bilal el Saiti, Mustafa Mohamed Abdeselam y Abdelmalik Absela Amak- por el delito de integraci¨®n en asociaci¨®n terrorista o subsidariamente del de colaboraci¨®n. Sin embargo, en su sentencia, la Audiencia Nacional Sala razon¨® por qu¨¦ no se les pod¨ªa acusar del delito de integraci¨®n, pero no dijo nada acerca del de colaboraci¨®n.
Por lo que se refer¨ªa a Mohamed el Idrissi, que se encontraba en la misma situaci¨®n, fue condenado finalmente por la Audiencia un delito de colaboraci¨®n, si bien ahora el Supremo considera que su conducta, la compra de un tel¨¦fono, no puede ser calificada de delictiva.
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