Cuatro claves sobre la anulaci¨®n de las escuchas del 'caso G¨¹rtel'
El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n ver¨¢ c¨®mo parte del caso G¨¹rtel quedar¨¢ invalidado por la anulaci¨®n de las escuchas que ¨¦l orden¨® en la c¨¢rcel a implicados en la trama corrupta que afecta al PP. ?stas son algunas de las claves de la decisi¨®n del Tribunal Superior de Madrid de anular esas grabaciones:
?C¨®mo se ha llegado a la situaci¨®n con tres procesos abiertos contra el juez?
Garz¨®n tiene tres causas penales abiertas contra ¨¦l, alguna de esas causas agrupa varias querellas, como la que le acusa por prevaricaci¨®n por pretender investigar los cr¨ªmenes del franquismo, desde varios frentes, entre ellos el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias y Falange de las JONS. La admisi¨®n a tr¨¢mite de esas primeras querellas ha abierto la espita y a un juez contra el que se hab¨ªan presentado m¨¢s de 40 sin ¨¦xito, ahora le llueven las querellas, porque en el Supremo ya son receptivos a sentarle en el banquillo.
Abierta la veda, ya vale todo, incluso asuntos archivados, como el del Banco Santander, que se resucitan, ahora ya con ¨¦xito. La clave est¨¢ en la investigaci¨®n de los cr¨ªmenes del franquismo, audacia judicial fundamentada en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como la persecuci¨®n penal contra Pinochet y tantas otras. El magistrado del Supremo Adolfo Prego se permiti¨® admitir lo que ¨¦l mismo reconoci¨® que era una mera "hip¨®tesis" y su colega Luciano Varela, instructor de la causa, hizo un ejercicio de prestidigitaci¨®n para tratar de avalar que pretender aplicar progresivamente el derecho era una actuaci¨®n injusta por parte de Garz¨®n.
?Tiene total libertad un juez para ordenar escuchas??En qu¨¦ situaciones?
Depende de con qu¨¦ objeto. Si se trata de conocer las comunicaciones del preso desde la c¨¢rcel, la ley penitenciaria lo permite al juez en casos de terrorismo. Si las escuchas tienen como objeto investigar un delito, las posibilidades legales son mayores, especialmente si la comunicaci¨®n del preso es con otro imputado, incluso cuando ¨¦ste sea abogado.
En todo caso, el derecho fundamental a la defensa letrada y a la confidencialidad de la comunicaci¨®n del abogado con su cliente est¨¢ legalmente preservado, salvo que la estrategia de defensa se confunda con la perpetraci¨®n de delitos, en cuyo caso el juez podr¨¢ permitir las escuchas, pero razonando muy detalladamente el motivo de esas escuchas. Yo espero que el magistrado instructor de esta causa, Alberto Jorge Barreiros, realice una instrucci¨®n que no se parezca nada -porque sea correcta- a la del magistrado Varela, en el caso del franquismo.
?La anulaci¨®n de las escuchas puede dar al traste con el caso G¨¹rtel?
No necesariamente, porque entre la ingente informaci¨®n obtenida sobre este caso de corrupci¨®n en las proximidades del PP, hay datos que nada tienen que ver con las escuchas, aunque los abogados de los imputados tratar¨¢n de relacionarlas, mediante el criterio del "¨¢rbol envenenado", que contamina todo lo que se encuentre pr¨®ximo a lo anulado, incluso, esperemos que no, el codiciado pen drive.
Y en cuanto a la causa abierta contra Garz¨®n por las escuchas, al margen de lo que los abogados intenten, creo que el instructor Alberto Jorge Barreiros sabr¨¢ distinguir el grano de la paja y, por un lado, no incriminar¨¢ lo que es una correcta investigaci¨®n penal y, en todo caso, tratar¨¢ de deslindar las posibles responsabilidades de la instrucci¨®n de Garz¨®n -por otro lado avalada por Antonio Pedreira, el juez instructor del caso G¨¹rtel en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid- de la eficacia incriminadora que figura en el ampl¨ªsimo sumario del caso G¨¹rtel.
?C¨®mo puede explic¨¢rsele a los ciudadanos que un personaje como Correa pueda llevar al banquillo al juez que le investig¨®?
Muy dif¨ªcilmente, porque est¨¢ claro que Francisco Correa est¨¢ legitimado para intentar todas las acciones jur¨ªdicas que considere pertinentes, pero son los jueces los que tienen que actuar con sensatez. A ninguno de los magistrados que han admitido a tr¨¢mite querellas contra Garz¨®n se le ocurrir¨ªa aceptar una acusaci¨®n de prevaricaci¨®n proveniente de acusados de pertenecer a ETA, quienes tambi¨¦n est¨¢n legitimados para plantear acciones jur¨ªdicas. Pero en el Supremo tienen muy claro quienes pueden querellarse y quienes no, aunque todos sean ciudadanos.
En el anterior caso m¨¢s llamativo sobre corrupci¨®n en el PP, el llamado caso Naseiro, tambi¨¦n costaba explicar a la ciudadan¨ªa que el asunto terminara archivado, por una cuesti¨®n de garant¨ªas procesales, despu¨¦s de haber escuchado c¨®mo un importante dirigente del PP, Eduardo Zaplana, dec¨ªa con su voz "estoy en la pol¨ªtica para forrarme". Pero es cierto que, en aquel caso lo m¨¢s que se atrevieron a hacer los sospechosos de delinquir fue llamar al "caso Naseiro", caso Manglano, por el juez de Valencia que lo instruy¨®, Luis Manglano, pero contra el que nadie se atrevi¨® a presentar una querella. Con Garz¨®n, en cambio, se ha abierto la veda.
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