Rechazado el intento del abogado de Correa de apartar al juez Pedreira del caso G¨¹rtel
El magistrado Su¨¢rez Robledano inadmite la demanda de recusaci¨®n porque "es abusiva y no respeta las reglas de la buena fe"
El juez Antonio Pedreira seguir¨¢ como instructor del caso G¨¹rtel. As¨ª queda establecido despu¨¦s de que hoy quedase inadmitida la recusaci¨®n que hab¨ªa planteado contra ¨¦l, para apartarle del caso, Jos¨¦ Antonio Chocl¨¢n, el abogado de Francisco Correa, cabecilla de la trama G¨¹rtel. As¨ª lo indica una resoluci¨®n del magistrado de la Sala de lo Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Jos¨¦ Manuel Su¨¢rez Robledano, al que la Sala encomend¨® analizar este incidente y que ha decidido inadmitir la recusaci¨®n contra Pedreira por considerar que se incumplen los requisitos legales y que el planteamiento formulado por el abogado de Correa "no respeta las reglas de la buena fe y es abusivo".
El juez Su¨¢rez Robledano recuerda que la pretensi¨®n del abogado que ha presentado la recusaci¨®n, Jos¨¦ Antonio Chocl¨¢n, "va dirigida o encaminada a la exclusi¨®n del juez ordinario predeterminado legalmente para conocer del asunto o causa en cuesti¨®n" y que la ley obliga a que se evite por parte de los abogados el uso de "medios, artificios o cauces inadecuados con la finalidad de obtener la remoci¨®n indebida de los jueces ordinarios legalmente llamados por la Ley a resolver los asuntos judicializados".
El abogado de Correa, con la adhesi¨®n de otros letrados que representan a pol¨ªticos imputados por aceptar sobornos de la red G¨¹rtel, quer¨ªa apartar al juez Pedreira del caso alegando que no era imparcial porque, entre otros argumentos, hab¨ªa desestimado su petici¨®n para que decretase la libertad provisional de su cliente, el cabecilla de la red Francisco Correa.
Adem¨¢s, un¨ªa esta premisa al hecho de que Pedreira prorrog¨® las escuchas en las c¨¢rcel entre abogados y clientes que decret¨® el primer instructor del caso, Baltasar Garz¨®n, y que ello es objeto en la actualidad de diligencias previas abiertas por el Tribunal Supremo contra el ex titular del Juzgado Central n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional. Por haber prorrogado tales escuchas, aunque con fundamentos diferentes y m¨¢s nutridos que Garz¨®n, Chocl¨¢n sosten¨ªa que Pedreira era parcial y ten¨ªa inter¨¦s en la causa.
El juez Su¨¢rez Robledano tumba todos sus argumentos y se?ala que las causas invocadas por Chocl¨¢n, tal como reconoce el mismo abogado en su escrito, "pudieran existir" con anterioridad y que, pese a ello, no han sido alegadas hasta ahora, cuando el instructor de G¨¹rtel ha denegado la libertad provisional de su cliente. Chocl¨¢n tambi¨¦n alud¨ªa a las escuchas prorrogadas por Pedreira y que luego fueron parcialmente anuladas.
Su¨¢rez Robledano explica: "Lo cierto es que la nulidad [de parte de las grabaciones], aun no concretada y pendiente del incidente de nulidad en curso, de la que deriva el recusante la causa de la apariencia de parcialidad sostenida fue declarada por la Sala de lo Civil y Penal el 25-3-2010 y, aun antes, se achaca nulidad asimismo al auto del Instructor del anterior 20-4-2009, por lo que pudo recusar con mucha anterioridad y, pese a poderlo hacer desde antes del levantamiento parcial del secreto que ha tenido lugar respecto de todas las dichas actuaciones hace varios meses, no plante¨® la recusaci¨®n sino por la denegaci¨®n de la libertad provisional del recusante, de inmediato a ello o a rengl¨®n seguido de tal decisi¨®n perjudicial para los intereses del recusante".
Su¨¢rez Robledano tambi¨¦n refuta el otro argumento de Chocl¨¢n para la recusaci¨®n basado en la "decisi¨®n adoptada por el Instructor designado por la Sala 2? del Tribunal Supremo", Alberto Jorge Barreiro, de abrir diligencias al juez Garz¨®n, primer instructor de G¨¹rtel, por supuesta prevaricaci¨®n al haber ordenado los primeros pinchazos telef¨®nicos en la c¨¢rcel entre implicados en la trama y sus abogados. Chocl¨¢n alega que Pedreira prorrog¨® esas escuchas, si bien obvia el hecho de que "el asunto del Supremo no es fruto de un recurso de actuaciones dimanantes" de las que instruye Pedreira, explica Su¨¢rez Robledano. Y a?ade: "Ni es superior de ¨¦sta Sala en dicho procedimiento, ni puede corregir por ello lo que se decida sobre la nulidad concreta pendiente en atenci¨®n a lo dispuesto en los art¨ªculos 12.2 y 418.4 de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, habi¨¦ndose limitado el Instructor, en el auto denegando la libertad provisional del recusante, que determin¨® la inmediata presentaci¨®n de la recusaci¨®n de la que ahora se trata, a manifestar una opini¨®n directamente relacionada con la decisi¨®n ya revocada por la Sala sobre la mera relevancia procesal de la nulidad acordada, referida a las evidencias que deban dejar de considerarse sin ser eliminadas del proceso de instrucci¨®n, sin repercusi¨®n a?adida alguna, salvo, claro est¨¢, lo que se debe decidir en el futuro en el incidente de nulidad en curso, cuesti¨®n ¨¦sta aun pendiente de decisi¨®n definitiva tanto en la instrucci¨®n como en una posible alzada o apelaci¨®n".
Seg¨²n Su¨¢rez Robledano, el auto del Supremo en el que decide actuar contra Garz¨®n por supuesta prevaricaci¨®n al ordenar esas escuchas "no tiene prejudicialidad alguna en la instrucci¨®n" de Pedreira "y la imputaci¨®n efectuada es provisional, sujeta, pues, al derecho constitucional a la presunci¨®n de inocencia".
El instructor del incidente de recusaci¨®n entiende, adem¨¢s, que no cabe atribuir parcialidad al juez Pedreira por el hecho de no conceder la libertad provisional a Correa. "En definitiva, lo que se observa pr¨ªstinamente es que el instructor (Pedreira) ha actuado con independencia judicial, con libertad de criterio y sin estar mediatizado por presi¨®n o inter¨¦s alguno, directo o indirecto, sin perjuicio de que la garant¨ªa de los recursos, b¨¢sica en el orden penal, pueda corregir, de darse y concurrir, los errores jur¨ªdicos basados en dichas consideraciones".
La Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado pidieron desestimar la recusaci¨®n de Pedreira y entienden que se trata de maniobras de las defensas para excluir al juez sin fundamento jur¨ªdico alguno.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.