El Tribunal Constitucional permite que la Inmaculada Concepci¨®n sea patrona de los abogados de Sevilla
La sentencia considera que la Virgen es un s¨ªmbolo de la historia o la cultura que no vulnera la obligada aconfesionalidad de la instituci¨®n
El Tribunal Constitucional (TC) ha dictaminado que la Inmaculada Concepci¨®n puede seguir siendo patrona del Colegio de Abogados de Sevilla, pues se trata de un s¨ªmbolo que ha pasado a ser parte de la historia o la cultura y no vulnera la obligada aconfesionalidad de la instituci¨®n.
El TC, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, rechaza el amparo pedido por un colegiado sevillano y afirma que la Inmaculada, pese a su "origen religioso", es en la actualidad un "signo de identidad" que est¨¢ "integrado en el conjunto del tejido social" y su patronazgo no "menoscaba la aconfesionalidad" del Colegio de Abogados.
El Alto Tribunal ha rechazado as¨ª el recurso elevado por el letrado Jos¨¦ Antonio Bosch, quien aleg¨® que, al ser el Colegio de Abogados una instituci¨®n de afiliaci¨®n obligatoria para poder ejercer, tal patronazgo vulnera su libertad religiosa y su derecho a no tener creencia alguna, y adem¨¢s todos los colegiados est¨¢n obligados a cumplir sus estatutos.
Los Estatutos del Colegio de Abogados de Sevilla, aprobados en 2004, proclaman que se trata de una instituci¨®n "aconfesional, si bien por secular tradici¨®n tiene como patrona a la Sant¨ªsima Virgen Mar¨ªa en el Misterio de su Concepci¨®n Inmaculada".
El Constitucional compara esa protecci¨®n con el descanso de los domingos y otros muchos "emblemas, escudos, banderas, himnos, alegor¨ªas, divisas, lemas y conmemoraciones" que en su origen eran propios de confesiones cristianas.
"Esta es la raz¨®n por la que s¨ªmbolos y atributos propios del Cristianismo figuran insertos en nuestro escudo nacional, en las banderas de varias comunidades aut¨®nomas y de numerosas provincias, ciudades y poblaciones", adem¨¢s de estar en el nombre de m¨²ltiples municipios e instituciones, dice la sentencia.
A?ade que "sobre la valoraci¨®n individual y subjetiva de su significado, debe prevalecer la com¨²nmente aceptada, pues lo contrario supondr¨ªa vaciar de contenido el sentido de los s¨ªmbolos".
El decano del Colegio de Abogados sevillano, Jos¨¦ Joaqu¨ªn Gallardo, ha mostrado a Efe su satisfacci¨®n por la sentencia, que es "respetuosa con la tradici¨®n cristiana de buena parte de la sociedad espa?ola" y el hecho de que el Colegio se constituyese hace ya tres siglos bajo el patronazgo de la Virgen "como cofrad¨ªa para socorrer a los abogados m¨¢s necesitados y darles sepultura cuando fallec¨ªan".
En su opini¨®n, este pronunciamiento "respeta el derecho de las minor¨ªas religiosas y tambi¨¦n el de la mayor¨ªa a mantener en la vida p¨²blica s¨ªmbolos seculares de la civilizaci¨®n europea que en la actualidad trascienden la significaci¨®n exclusivamente religiosa".
Bosch anunci¨® en su d¨ªa su intenci¨®n de llegar hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero precisamente el TC invoca ahora en su sentencia la resoluci¨®n del pasado 18 de marzo del tribunal de Estrasburgo sobre la presencia de crucifijos en las escuelas p¨²blicas italianas, en la que sostuvo que "la percepci¨®n subjetiva del reclamante no basta por s¨ª sola para caracterizar una violaci¨®n del derecho invocado".
En una sociedad en evidente proceso de secularizaci¨®n, seg¨²n el TC, la Inmaculada forma parte de esos s¨ªmbolos religiosos que "han pasado a ser predominantemente culturales, aunque eso no excluya que para los creyentes siga operando su significado religioso".
Junto a ello, razona que el abogado reclamante no ha sido obligado a asistir a los actos religiosos organizados por su Colegio, ni ha demostrado que la invocaci¨®n a la Virgen haya afectado al "¨¢mbito ¨ªntimo de sus creencias".
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