El Supremo paraliza la sanci¨®n de suspensi¨®n de funciones a una juez de la Audiencia
La magistrada fue castigada por no abstenerse en dos asuntos en los que interven¨ªa un abogado conocido suyo
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha dejado en suspenso la sanci¨®n de dos a?os de suspensi¨®n de funciones a la magistrada Mar¨ªa Asunci¨®n Salvo Tambo que le impuso el Consejo del Poder Judicial por una falta muy grave de inobservancia del deber de abstenci¨®n.
El Supremo considera que la inmediata ejecuci¨®n de la sanci¨®n impuesta, antes de ser revisada, podr¨ªa producir un da?o individual de "especial intensidad" a la juez, adem¨¢s de la importante dimensi¨®n econ¨®mica de la sanci¨®n, por la privaci¨®n de ingresos durante dos a?os.
Pero sobre todo, valora la notoriedad del destino de la magistrada como presidenta de Secci¨®n de lana Sala de la Audiencia Nacional, que en el caso de ser posteriormente anulada la sanci¨®n, producir¨ªa un da?o moral de dif¨ªcil reparaci¨®n.
La juez fue sancionada por no haberse abstenido en dos asuntos de los que conoci¨® "hasta la sentencia inclusive" como magistrada de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, que eran llevados por un letrado, que hab¨ªa compartido con su marido, tambi¨¦n abogado, el mismo local o despacho profesional.
El Supremo se?ala que la sanci¨®n impuesta por el Poder Judicial "no aprecia como probado" que entre dicho letrado y el marido de la juez existiera ninguna relaci¨®n de dependencia, como tampoco que tuvieran cualquier otra clase de relaci¨®n compartieran ganancias en los asuntos que cada uno de ellos llevara de forma personal y aut¨®noma, o que el primero abonara a la sociedad titular del despacho alguna cantidad por su utilizaci¨®n.
La propia resoluci¨®n sancionadora, prosigue el Supremo, parece dudar sobre la validez del "juicio de verosimilitud" sobre la colaboraci¨®n profesional del marido de la recurrente con el otro abogado, al decir que es de dif¨ªcil aceptaci¨®n el alegato de ambos c¨®nyuges de que desconoc¨ªan los temas objeto de sus respectivas actividades profesionales.
La sanci¨®n, apoyada exclusivamente en ese juicio de verosimilitud, ofrece dudas sobre su conformidad con la jurisprudencia, por lo que el Supremo opta por dejar la sanci¨®n en suspenso hasta que haya un enjuiciamiento profundo del litigio y se dicte la sentencia.
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