Los votos particulares a la sentencia del Constitucional sobre Bildu concluyen que el tribunal se excedi¨® en sus competencias
Los magistrados discrepantes estiman que el Alto Tribunal deber¨ªa haber revisado si las pruebas estaban bien valoradas y no revisarlas una a una
Esta tarde se ha dado a conocer la sentencia del Tribunal Constitucional en el que se justifica la decisi¨®n que sus miembros adoptaron el jueves pasado y en el que permit¨ªan a Bildu consurrir a las elecciones. EL PA?S adelant¨® el pasado s¨¢bado algunos de los argumentos. Los cinco magistrados que discreparon del fallo del Supremo, coinciden en que el Alto Tribunal se excedi¨® en sus competencias a la hora de revocar la decisi¨®n del Supremo y concuerdan en que la coalici¨®n soberanista es un fraude y una continuaci¨®n de la ilegalizada Batasuna.
Entre sus razonamientos, destaca la concusi¨®n de que el Constitucional valor¨® las pruebas de manera individual cuando lo que correspond¨ªa era apreciarlas conjuntamente, como hizo el Supremo; que la condena de la violencia de los candidatos proviene de una orden directa de ETA-Batasuna, por lo que no es relevante, o que el ¨²nico modo de probar la vinculaci¨®n de Bildu con la izquierda abertzale ilegalizada es a trav¨¦s de pruebas indiciarias y presunciones.
Manuel Arag¨®n, el unico magistrado de tendencia progresista que apoy¨® las tesis de los jueces conservadores, reprocha en su voto discrepante, de 14 folios, a sus compa?eros que apoyaron la legalizaci¨®n de Bildu el que se hayan excedido en su funci¨®n de verificar si el Supremo "ha acreditado de manera motivada y suficiente la existencia de una trama defraudatoria" y se hayan embarcado en "la valoraci¨®n individualizada y singular de todas las pruebas". Ese, entiende Arag¨®n, es un papel que no le corresponde al Constitucional. Adem¨¢s, estima que para negar a un partido presentarse no es necesario esperar "a que se haya consumado el riesgo para el sistema democr¨¢tico", sino que antes se pueden adoptar medidas para su preservaci¨®n.
El magistrado Arag¨®n est¨¢ seguro de que los candidatos independientes de las listas de Bildu son, sin lugar a dudas, "candidatos de Batasuna, y defienden el prop¨®sito fraudulento de esta formaci¨®n ilegalizada de participar nuevamente en la vida pol¨ªtica por esta v¨ªa".
Para este juez, experto en Derechos Fundamentales, el hecho de que no se hayan presentado candidatos contaminados no es especialmente relevante, ya que "si lo que se quiere es enga?ar, no puede pedirse a quien lo pretende que acuda para ello a una v¨ªa que sabe de antemano que le conducir¨ªa al fracaso".
Arag¨®n coincide con el Supremo en que los acercamientos entre Eusko Alkartasuna, Alternatiba y Batasuna fraguaron en un acuerdo para formar un frente independentista, un fin que forma parte de "las claves de la estrategia de ETA en relaci¨®n con el Estado espa?ol y con los dem¨¢s partidos pol¨ªticos", bas¨¢ndose en una acumulaci¨®n de fuerzas. Dicho acuerdo incluye directrices sobre c¨®mo deben configurarse las candidaturas, "incluso indicando de candidatos correspondientes a cada partido y su ubicaci¨®n en la lista".
El hecho de que esos criterios se hayan cumplido, es decir, "la fiel ejecuci¨®n del citado acuerdo, la misma naturaleza de las cosas (como acertadamente dice la Sentencia del Tribunal Supremo), prueba la autenticidad de aquel documento" y por lo tanto que Bildu es la materializaci¨®n de una estrategia de ETA, seg¨²n Arag¨®n.
El magistrado Arag¨®n insiste en que la sentencia del Supremo, por lo tanto, no puede considerarse "irrazonable o arbitraria", ya que ha considerado acreditado "que el proceso de conformaci¨®n de las candidaturas electorales de Bildu (...) ha sido gestado y dirigido en todo momento por el complejo ETA/Batasuna como mecanismo de continuidad de los partidos pol¨ªticos ilegalizados".
Arag¨®n entiende tambi¨¦n que la trayectoria "irreprochable" de EA y Alternatiba no est¨¢ en este momento en discusi¨®n, sino que lo que cabe enjuiciar es si "han consentido la ocupaci¨®n por Batasuna de la mayor parte de los puestos de la candidaturas electorales concernidas". De ello, asegura, ambos partidos "eran plenamente conscientes".
Adem¨¢s, est¨¢ seguro de que las declaraciones de los candidatos de Bildu alej¨¢ndose de la violencia terrorista han de valorarse "en el contexto de la simulaci¨®n y fraude que ha guiado siempre la actuaci¨®n de ETA/Batasuna cuando se trata de acudir a comicios electorales". Arag¨®n subraya c¨®mo el c¨®digo de conducta de los candidatos independientes no contiene un rechazo expreso a ETA y que condenar o rechazar la violencia no supone por tanto "una condena concreta e inequ¨ªvoca del terrorismo de ETA, por lo que no puede ser tenida en cuenta".
El magistrado asegura "que en modo alguno cabe tachar de arbitraria, irrazonable o err¨®nea" la sentencia del Supremo, ya que de "un conjunto de elementos probatorios de naturaleza objetiva" ha concluido de forma "razonable y fundadamente" c¨®mo Bildu lo que pretend¨ªa era defraudar la ley de Partidos y llevar a la ilegalizada Batasuna a las instituciones. Por ello, Arag¨®n refuta que la sentencia del Supremo se haya basado "en la simple sospecha", que esta haya sido convertida por la sala del 61 en argumento jur¨ªdico y mucho menos que con ello se ponga en riesgo el Estado constitucional. El magistrado insiste en que el Supremo para nada se ha basado en la mera sospecha, sino "en la valoraci¨®n, razonable y fundada, de una serie de indicios sustentados en los elementos objetivos" basados en la ley. Finalmente concluye que el Constitucional se ha apartado de su propia reiterada doctrina.
Francisco Jos¨¦ Hernando, magistrado al que Bildu intent¨® recusar sin ¨¦xito por haber presidido la Sala 61 del Supremo en 2003, cuando el organismo acord¨® ilegalizar Batasuna, se mueve en la misma l¨ªnea que su colega. En su voto particular lamenta que la sentencia del Constitucional haya "examinado aisladamente -sin llegar a ponerlos nunca en conexi¨®n con los dem¨¢s-" las pruebas contra Bildu presentadas. Hernando se queja de que, con esa "defectuosa t¨¦cnica de valoraci¨®n", es imposible acreditar la defraudaci¨®n. Todo lo contrario de lo que hizo el Supremo en su resoluci¨®n del 1 de mayo en la que la apreciaci¨®n de todos los elementos probatorios "en su conjunto" determinaba que las candidaturas hab¨ªan "sido instrumentalizadas en provecho de partidos pol¨ªticos ilegalizados".
El magistrado conservador advierte, adem¨¢s, de que en ning¨²n caso es el Constitucional, sino el Supremo, el Tribunal competente para "ilegalizar a las formaciones pol¨ªticas o [...] para anular candidaturas de coaliciones, agrupaciones electorales y partidos pol¨ªticos que vengan a continuar o suceder la actividad de partidos pol¨ªticos. Hernando considera que al Constitucional ¨²nicamente le corresponde "enjuiciar que el ejercicio de esa competencia", el Supremo "no vulnere alguno de los derechos fundamentales susceptibles de recurso de amparo". Algo que entiende que no ha sucedido.
Hernando subraya que el Constitucional ha entrado, err¨®neamente, a examinar cuestiones de fondo, "aspectos f¨¢cticos sobre las que vers¨® el proceso" que estudi¨® el Supremo, cuando lo que le correspond¨ªa era establecer si con su resoluci¨®n, el Alto Tribunal vulneraba el derecho a participar en la vida p¨²blica. Con este proceder, el magistrado entiende que se corre el riesgo de que el Constitucional ejerza como "un ¨®rgano de segunda instancia", por lo que exige reformar la Ley de Partidos" para evitar que en el "lapso de escasos d¨ªas hayan de pronunciarse tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional".
El expresidente del Supremo tambi¨¦n afirma en su voto particular que la condena a la violencia de los candidatos de las listas de Bildu "han sido recomendada por la propia ETA, que ha llegado a dar instrucciones y pautas de actuaci¨®n precisas al respecto", lo cual responde a una estrategia para "dar una apariencia de distanciamiento" de la banda terrorista a los que se presentan como independientes sin ninguna tipo de vinculaci¨®n con ella.
Tampoco convence a Hernando la trayectoria democr¨¢tica de dos de los partidos que integran la coalici¨®n, EA y Alternatiba. Precisamente es esa trayectoria, seg¨²n el magistrado, la que ha "sido instrumentalizada" por los independientes "para dar continuidad al complejo ETA-Batasuna" y afirma que ambas formaciones "eran conscientes" de esa instrumentalizaci¨®n por parte de la ilegalizada izquierda abertzale y por tanto sab¨ªan que corr¨ªan el riesgo de que sus candidaturas fueran ilegalizadas.
Para el magistrado la revocaci¨®n de la decisi¨®n del Supremo supone una quiebra en la "eficacia de las anteriores decisiones" de la sala del 61 "acerca del complejo ETA-Batasuna". Hernando entiende que la ¨²nica forma de "garantizar la seguridad p¨²blica y la libertad de los ciudadanos es, precisamente, anular las candidaturas impugnadas".
Hernando no esquiva la petici¨®n de su recusaci¨®n por Bildu. Para el magistrado esa decisi¨®n es determinante de la vinculaci¨®n de la coalici¨®n con ETA-Batsuna puesto que de lo contrario "no hubiera pensado en tal recusaci¨®n personal, ni hubiera contemplado que las decsisiones que en su d¨ªa adopt¨¦ o apoy¨¦ con mi voto como Presidente del Tribunal Supremo habr¨ªan de condicionar mi decisi¨®n en el caso presente".
El magistrado Francisco P¨¦rez de los Cobos insiste, como Arag¨®n y Hernando y el resto de magistrados discrepantes, en que el Constitucional en su sentencia ha incurrido en un "exceso de jurisdicci¨®n, rebasando los l¨ªmites que para el control de constitucionalidad" le confiere la ley. En ese defecto habr¨ªan incurrido sus compa?eros que han apoyado la legalizaci¨®n de Bildu al haber revisado "la prueba que ha servido al Tribunal Supremo para detectar la situaci¨®n fraudulenta", sustituyendo la determinaci¨®n de los hechos realizada por el Tribunal Supremo por otra propia.
Lo ¨²nico que tendr¨ªa que haber revisado, seg¨²n P¨¦rez de los Cobos, es si la conclusi¨®n que alcanza el Supremo "era razonable, no arbitraria y resultaba concluyente", as¨ª como "m¨¢s improbable que probable". Este magistrado est¨¢ convencido de que el Supremo acert¨® y sus compa?eros del pleno que han dado v¨ªa libre a Bildu se equivocaron porque la coalici¨®n es, insiste, "un cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalizaci¨®n del brazo pol¨ªtico de la banda terrorista ETA y as¨ª permitir el acceso de Batasuna/ETA a las instituciones".
Similares argumentos utiliza el magistrado Javier Delgado Barrio en su voto particular. En su escrito recalca que el ¨²nico modo para acreditar la vinculaci¨®n entre Bildu y ETA-Batasuna es a trav¨¦s de "la prueba indiciaria", mediante "el car¨¢cter conjunto de la apreciaci¨®n de la prueba". Para el magistrado y antiguo presidente del Tribunal Supremo, esto es necesario, ya que "probar la continuidad de un partido ilegalizado es una cuesti¨®n compleja, pues tal continuidad, al pretender conseguir una finalidad prohibida por el ordenamiento jur¨ªdica, no puede proyectarse de forma ostensible, por lo que dif¨ªcilmente podr¨¢n encontrarse pruebas directas".
Delgado Barrio, como sus compa?eros, sostiene que de los informes aportados por los servicios jur¨ªdicos del Estado queda patente que "ETA imparte instrucciones respecto de la condena de la violencia, a fin de dar apariencia de distanciamiento de ella a quienes se presentan" como independientes. Tambi¨¦n hace hincapi¨¦ en que estas declaraciones de rechazo "omiten cualquier expresi¨®n de condena espec¨ªfica del terrorismo de ETA" y se?ala que EA antes ped¨ªa "expresamente" la disoluci¨®n de la banda terrorista mientras que ahora su rechazo es m¨¢s tibio.
Por su parte, en el voto particular de Ram¨®n Rodriguez Arribas, se insiste, como en el caso de Hernando, en que no era funci¨®n del Constitucional "realizar un nuevo examen de la prueba" sino ¨²nicamente "establecer si el an¨¢lisis de esa prueba en su conjunto" llevada a cabo por el Supremo "se ha incurrido o no en la lesi¨®n del derecho fundamental", invocado por Bildu.
Como sus compa?eros discrepantes, el magistrado considera que ¨²nicamente puede constatarse que la coalici¨®n es continuaci¨®n de ETA-Batasuna recurriendo a la "prueba de presunciones". Y esto porque "quienes van a cometer un fraude no acuden al notario". Para Rodr¨ªguez Arribas el hecho de que los candidatos independientes sean "limpios" indica precisamente su vinculaci¨®n con la izquierda abertzale ilegalizada. "Naturalmente, cuanto m¨¢s 'limpios' est¨¦n m¨¢s se resist¨ªan a significarse como lo que eran, es decir, integrantes del complejo ETA-Batasuna".
Rodr¨ªguez Arribas aporta en su escrito un argumento distinto al de sus compa?eros. El magistrado entiende que la menci¨®n que hace la sentencia del Constitucional sobre la posibilidad de que los candidatos de Bildu puedan ser inhabilitados con posterioridad a haber obtenido un puesto, no "puede servir para enervar o desvirtuar los indicios que abonan la necesidad de salir ya al paso de la maniobra defraudatoria de la ilegalizaci¨®n de los partidos, incluidos en el entramado ETA-Batasuna".
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