El TSJ ratifica el archivo de una querella contra Barber¨¢ por prevarcaci¨®n
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso contra el archivo de una querella contra la alcaldesa de Valencia, Rita Barber¨¢, por un supuesto delito de prevaricaci¨®n en la tramitaci¨®n de un PAI.
Seg¨²n ha informado el TSJCV en un comunicado, la querellante Mar¨ªa Jos¨¦ Montoro, incluy¨® en su querella al resto de miembros de la Junta de Gobierno local.
Montoro es la representante de la entidad VCC S.A, integrante de la Agrupaci¨®n de Inter¨¦s Urban¨ªstico Camino Hondo del Grao, que result¨® en 2004 adjudicataria de un Programa de Actuaci¨®n Integrada (PAI) que conten¨ªa un Plan de Reforma Interior de Mejora en esa zona.
En 2005, VCC S.A vendi¨® a otra empresa las cuotas indivisas que le pertenec¨ªan, por un precio que pod¨ªa variar en funci¨®n de la edificabilidad de las fincas.
Un a?o m¨¢s tarde, el pleno del Ayuntamiento aprob¨® la rectificaci¨®n de una serie de errores producidos en la memoria y planos del Plan en relaci¨®n con el dato de suelo dotacional, que afectaban a la superficie del sector y a la edificabilidad.
En este sentido, la querella apunta a que este acuerdo de rectificaci¨®n de errores no fue publicado en el Bolet¨ªn Oficial de la Provincia, ni notificado a los propietarios, por lo que la querellante consideraba que est¨¢ modificaci¨®n es nula y constituye una ilegalidad que se integra en la figura de la prevaricaci¨®n.
En 2008, la Junta de Gobierno Local aprob¨® el proyecto de reparcelaci¨®n forzosa en la unidad "Camino Hondo del Grao", a partir de la supresi¨®n aprobada en 2006.
Los tribunales consideraron que lo que el C¨®digo Penal sanciona como prevaricaci¨®n "no es, desde luego, la equivocaci¨®n ni el error", pero tampoco la mera ilegalidad, por grave que pudiera parecer, sino la realizaci¨®n de un acto o el dictado de una resoluci¨®n de manera injusta, con intenci¨®n deliberada y plena conciencia del acto injusto que se realiza".
En los razonamientos jur¨ªdicos se indic¨® tambi¨¦n que no hab¨ªa existido un comportamiento arbitrario a sabiendas de su injusticia ni se realiz¨® un acto en abierta contradicci¨®n con el ordenamiento jur¨ªdico. Asimismo, se calific¨® la querella de "verdaderamente temeraria" al no apreciar indicio alguno de prevaricaci¨®n".
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