Las reincidencias
El fraude de los bancos para evitar la penalizaci¨®n de sus malas pr¨¢cticas cuestiona el sistema
Hace aproximadamente un mes, el Bank of America, primera entidad financiera de EE UU por volumen de pr¨¦stamos y segunda por activos (muy apoyado durante esta crisis por las dos ¨²ltimas Administraciones de EE UU), lleg¨® a un acuerdo extrajudicial por el que rechazaba las acusaciones de irregularidades de un grupo de inversores y al tiempo les pagaba 2.430 millones de d¨®lares de indemnizaci¨®n bajo el argumento de que ¡°reduc¨ªa incertidumbres y riesgos para sus accionistas¡±.
La semana pasada, la fiscal¨ªa de Nueva York reclam¨® al mismo banco 1.000 millones de d¨®lares por procesar pr¨¦stamos hipotecarios sin someterlos a los an¨¢lisis de calidad necesarios antes de ofrec¨¦rselos a las hipotecarias semip¨²blicas Fannie Mae y Freddie Mac, con el consiguiente coste para el contribuyente. Pocos d¨ªas antes, la fiscal¨ªa neoyorquina acusaba a Wells Fargo de un fraude similar, y entidades como Citigroup, Goldman Sachs y el resto de la aristocracia financiera de Wall Street han sido sometidas a procesos reincidentes de id¨¦ntica naturaleza.
Principio de los bancos encausados: nadie deber¨ªa fiarse de nosotros y quien lo haga es un est¨²pido
Son casos relacionados con los primeros a?os de la Gran Recesi¨®n, cuando esta ten¨ªa una cara exclusivamente financiera. Habitualmente, las responsabilidades se han saldado siguiendo un itinerario conocido: 1) cuando son acusados, los bancos amenazan con una batalla jur¨ªdica interminable (tienen brigadas de bufetes de abogados trabajando para ellos); 2) se llega a un compromiso y los bancos pagan una multa sin admitir ni negar su responsabilidad; 3) prometen no volver a las andadas, pero nada m¨¢s prometerlo se dedican a conductas parecidas; 4) una vez m¨¢s se llevan una rega?ina y una multa (cuyo coste es reducido en relaci¨®n con su conducta fraudulenta), y 5) los incentivos perversos permanecen.
Este tipo de soluci¨®n favorece a los Gobiernos (tienen recursos limitados para llevar adelante los litigios) y a los bancos (no solo por el coste reducido de la multa, sino porque, de admitir su culpabilidad, podr¨ªa utilizarse como prueba contra ellos en otras demandas privadas interpuestas por los damnificados). Los bancos saben que la mayor¨ªa de las v¨ªctimas de sus desmanes (que son los perjudicados) no tienen los recursos legales suficientes ¡ªni el tiempo¡ª para enfrentarse a la todopoderosa industria financiera sin ayudas.
El economista Joseph Stiglitz, que ha estudiado este asunto, opina que un sistema econ¨®mico donde existe una pauta de comportamiento como la descrita, con semejantes abusos, no puede funcionar bien: el fraude distorsiona la econom¨ªa y socava la confianza. En su ¨²ltimo libro sobre la desigualdad dice que una variante de la defensa de los bancos es la m¨¢xima caveat emptor, que dice: nadie deber¨ªa fiarse de nosotros y quienquiera que lo haga es un est¨²pido.
La cuesti¨®n es si estas conductas son la excepci¨®n o la norma de comportamiento de unas instituciones que, ellas tambi¨¦n, son ahora objeto de sospecha sistem¨¢tica.
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