El 'arte' de limitar la libertad de informaci¨®n
Wikileaks no es una amenaza, sino un medio que ejerce un derecho fundamental
Los ciudadanos de todo el mundo asistimos hace apenas unos meses con asombro a la revelaci¨®n de la existencia de dos programas de vigilancia masiva de las comunicaciones por parte del Gobierno norteamericano. La justificaci¨®n gubernamental estadounidense ante tal violaci¨®n del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar result¨® previsible: los programas han sido eficaces porque han ¡°prevenido muchos ataques terroristas¡±. Nunca se especific¨® cu¨¢les fueron estas acciones, lo que obviamente produce en el ciudadano una sensaci¨®n amarga, que aumenta su incredulidad.
En cambio, es menos previsible la respuesta que pueda dar el Gobierno en cuanto al caso Edward Snowden, exagente de la Agencia de Seguridad Nacional (ASN) y presunto whistleblower o denunciante de esta informaci¨®n.
Algunos de estos documentos filtrados indican que la ASN y el Centro de Inteligencia Brit¨¢nico (GCHQ) habr¨ªan espiado a Julian Assange y a Wikileaks. En este caso, la definici¨®n ha sido la de ¡°actor for¨¢neo maligno¡±, esto es, se le ha catalogado como una amenaza a la seguridad nacional. Wikileaks parece que ha sido espiada hasta el punto de monitorizar las entradas a su website y adquirir las direcciones de IP de los visitantes a la web. Otro de los documentos describe las presiones ejercidas por Estados Unidos a pa¨ªses aliados para tratar a Julian Assange como un delincuente. Esto, sencillamente, es inaceptable en un pa¨ªs democr¨¢tico que se precia de aplicar el Estado de derecho.
Dispone el art¨ªculo 19.2 del Pacto de Naciones Unidas de Derechos Civiles y Pol¨ªticos que ¡°toda persona tiene derecho a la libertad de expresi¨®n; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda ¨ªndole, sin consideraci¨®n de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o art¨ªstica, o por cualquier otro procedimiento de su elecci¨®n¡±.
La guerra contra el terrorismo no puede avalar la vigilancia de los periodistas y de los medios de comunicaci¨®n
Los mismos derechos de naturaleza fundamental est¨¢n recogidos en otros textos regionales de protecci¨®n de los derechos humanos como son: el art¨ªculo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH); el art¨ªculo 13 de la Convenci¨®n Interamericana de Derechos Humanos; y el art¨ªculo 9 de la Carta Africana de Derechos Humanos.
Su ejercicio puede estar sujeto a restricciones legales, que se consideran necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputaci¨®n de los dem¨¢s; y para proteger la seguridad nacional, el orden p¨²blico o la salud o la moral p¨²blicas. Pero, como cualquier restricci¨®n, deben ser aplicadas en sentido estricto.
Lo que resulta de vital importancia es que en todos estos textos jur¨ªdicos la libertad de expresi¨®n y la libertad de informaci¨®n se regulan en un mismo art¨ªculo porque la primera es la base de la segunda y porque aquella no se puede ejercer sin esta.
Esto es, el acceso a la informaci¨®n es una conditio sine qua non para ejercer, de forma plena, la libertad de expresi¨®n as¨ª como otros derechos. Si uno no est¨¢ informado, su opini¨®n podr¨¢ ser v¨¢lida, pero ser¨¢ incompleta o, cuando menos, distinta a aquella otra que expresar¨ªa de haber dispuesto de la informaci¨®n. Y ello tendr¨¢ repercusiones en otros ¨¢mbitos, como puede ser el ejercicio del derecho al voto.
De ah¨ª que el Comit¨¦ de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas haya declarado que la libertad de expresi¨®n y la de informaci¨®n son de suma importancia en cualquier sociedad democr¨¢tica.
Estos derechos que, en teor¨ªa, se consideran tan arraigados en las sociedades democr¨¢ticas occidentales son objeto de numerosas tensiones entre el Estado y los ciudadanos. En t¨¦rminos generales, existe una clara tendencia por parte de algunos Gobiernos a limitarlos. Esta predisposici¨®n se escuda en una interpretaci¨®n amplia y muchas veces contra legem, de las restricciones legales a las que se han hecho alusi¨®n.
En este contexto, son varios los mecanismos desplegados: el m¨¢s conocido es la ¡°guerra contra el terrorismo¡± con el que se consigue justificar la supuesta protecci¨®n de la seguridad nacional y la intromisi¨®n sistem¨¢tica de los derechos y libertades de los ciudadanos, precisamente los dos que se alegan contra Assange y Wikileaks.
Resulta parad¨®jico que tanto uno como otra est¨¦n siendo tratados como una amenaza y no como lo que son: un periodista y un medio de comunicaci¨®n que ejercen el derecho fundamental de recibir y difundir informaci¨®n en estado puro, sin cortes ni censura, sin intereses partidistas de por medio, sin presiones econ¨®micas ni pol¨ªticas. Es quiz¨¢ este sistema el que causa miedo y preocupaci¨®n por la falta de control que suponen
Las autoridades han tratado de evitar ser investigadas, no de amparar a la sociedad contra Julian Assange
Un ejemplo claro fue la publicaci¨®n y difusi¨®n del v¨ªdeo del ataque a¨¦reo estadounidense que caus¨® la muerte de NamirNoor-Eldeen y SaeedChmagh, dos trabajadores de la agencia de comunicaci¨®n Reuters en Irak. La agencia intent¨® infructuosamente conseguir el v¨ªdeo del ataque que finalmente se hizo p¨²blico en Wikileaks desmontando la versi¨®n oficial del Pent¨¢gono al demostrar que se hab¨ªa tratado de una acci¨®n contra civiles.
La pr¨¢ctica de las autoridades americanas y brit¨¢nicas de investigar y espiar a Julian Assange, Wikileaks y a sus empleados no tendr¨ªa como objetivo, por tanto, proteger la seguridad nacional, ni amparar a la sociedad ante una amenaza, sino defenderse ellos mismos de la posibilidad de ser investigados. En suma, se trata de proteger al Estado de sus ciudadanos.
En el procedimiento contra la soldado Manning, el fiscal declar¨® a efectos de la obsoleta, pero vigente Ley de Espionaje norteamericana, no hacer diferencia alguna entre una fuente que suministra informaci¨®n a WikiLeaks o la que proporciona a otro medio de comunicaci¨®n, como el New York Times. En este sentido, cabe preguntarse: ?Acaso tambi¨¦n estamos ante una guerra contra la libertad de expresi¨®n y de informaci¨®n? ?Ante una especie de tendencia o ¡°arte¡± de limitar la libertad de informaci¨®n? Si fuera as¨ª y hay indicios de ello, estar¨ªamos entrando en un terreno pantanoso del que ser¨¢ dif¨ªcil salir indemne.
La respuesta debe ser firme: la guerra contra el terrorismo no puede legitimar, en modo alguno, el procesamiento de quienes publican pr¨¢cticas ilegales o irregulares realizadas por quienes gobiernan. Tampoco puede justificar pol¨ªticas de vigilancia a periodistas ni a medios de comunicaci¨®n vulneradoras de derechos fundamentales ni, mucho menos, su procesamiento penal por ejercer un derecho fundamental propio de una sociedad democr¨¢tica. Cualquier acci¨®n en este sentido deber¨¢ ser investigada hasta sus ¨²ltimas consecuencias y sus autores imputados, por cuanto est¨¢n contradiciendo el verdadero sentido del derecho a la informaci¨®n y el acceso a la misma, como pone de manifiesto el relator especial para la Libertad de Expresi¨®n e Informaci¨®n, Frank Larue en su informe general a la Asamblea General de septiembre de 2013.
Mientras tanto, pr¨®ximamente, Julian Assange cumplir¨¢ dos a?os como refugiado en la Embajada de Ecuador en Londres, gracias al asilo pol¨ªtico conferido por el presidente Rafael Correa, sensible a los derechos humanos cuestionados y consciente del riesgo que aquel correr¨ªa en manos norteamericanas. Esa decisi¨®n le ha enfrentado al poder m¨¢s potente del mundo, pero los meses transcurren entre el autismo brit¨¢nico y la falta de respuesta de las autoridades judiciales suecas que quebrantan en forma flagrante los derechos de Assange, consumando una agresi¨®n oficial a un ser humano sin precedentes recientes.
Baltasar Garz¨®n es abogado.
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