Recuperar la confianza perdida
Es necesario desprofesionalizar el ejercicio de la actividad pol¨ªtica
En la agenda del nuevo curso pol¨ªtico las medidas de regeneraci¨®n de nuestra democracia van a ocupar un lugar central. Una reforma constitucional profunda es necesaria para que los ciudadanos recuperen la confianza perdida en los partidos y las instituciones.
El declive de nuestra democracia representativa tiene su origen en el funcionamiento olig¨¢rquico de los partidos pol¨ªticos, y en la colonizaci¨®n de las instituciones que han llevado a cabo. La Constituci¨®n de 1978 atribuye a los partidos una posici¨®n hegem¨®nica al configurarlos como el instrumento fundamental de participaci¨®n pol¨ªtica. Para fortalecerlos se opt¨® por un sistema que favorece la concentraci¨®n del poder en manos de un reducido grupo de personas. La estructura y funcionamiento de los partidos solo formalmente pueden ser considerados democr¨¢ticos. La concentraci¨®n de un poder omn¨ªmodo en la muy reducida c¨²pula dirigente del partido ha alejado a los partidos de la sociedad, y debilitado el necesario v¨ªnculo de confianza entre los electores y los elegidos. La relaci¨®n de confianza entre los representados y sus representantes se ha roto porque estos no se sienten vinculados a aquellos, sino a la c¨²pula del partido que los incluy¨® en las listas. El representante aspira a ser incluido en las listas puesto que de esa inclusi¨®n depende su posibilidad de ser finalmente elegido. Y en ocasiones, esa inclusi¨®n en las listas, o el lugar que se ocupe en ellas, depende de la voluntad de una sola persona.
Por otro lado, los partidos han penetrado en instituciones que, por su propia naturaleza, deben ser ajenas a la l¨®gica partidista: desde el Tribunal Constitucional hasta el Consejo General del Poder Judicial, pasando por el Tribunal de Cuentas. Instituciones que deber¨ªan gozar de una absoluta independencia, para poder ejercer funciones b¨¢sicas para la preservaci¨®n del Estado Constitucional, han sufrido el asalto de los partidos pol¨ªticos.
Por su sistema de elecci¨®n, el Tribunal Constitucional se ha convertido en una suerte de tercera c¨¢mara
Esta es la situaci¨®n de profunda decadencia que atraviesa nuestra democracia representativa. Hemos llegado a una situaci¨®n en la que la voluntad de una sola persona, el presidente del Gobierno, es la que determina tanto el nombramiento del presidente del Tribunal Supremo como la designaci¨®n del candidato que ha de encabezar una lista electoral, sea la del Parlamento Europeo o la del Ayuntamiento de Madrid.
En este contexto, cualquier proyecto de regeneraci¨®n democr¨¢tica debe afrontar el problema de la oligarquizaci¨®n de los partidos y contribuir a su democratizaci¨®n interna. Para ello hay que desprofesionalizar el ejercicio de la actividad pol¨ªtica disminuyendo el n¨²mero de asalariados institucionales y de partido, establecer limitaciones a la permanencia en los cargos org¨¢nicos y garantizar la participaci¨®n efectiva de las bases en la confecci¨®n de las candidaturas.
Junto con la democratizaci¨®n de los partidos, el fortalecimiento de la independencia de la justicia (ordinaria y constitucional) es el otro gran reto que todo proyecto de regeneraci¨®n debe afrontar. El actual dise?o constitucional del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, lejos de garantizar esa independencia, permite que ¡ªmediante el nefasto sistema de cuotas¡ª los partidos pol¨ªticos se repartan los puestos. El Tribunal Constitucional se convierte as¨ª en una suerte de tercera c¨¢mara en la que la clasificaci¨®n de los magistrados en conservadores o progresistas seg¨²n el partido pol¨ªtico que haya propuesto su nombramiento afecta negativamente a su autoridad y prestigio. Por otro lado, el hecho de que sean tambi¨¦n los partidos pol¨ªticos quienes a trav¨¦s del CGPJ designen a los magistrados del Tribunal Supremo y otros altos cargos judiciales afecta negativamente a la independencia judicial. Es preciso poner fin a esta situaci¨®n. Y ello exige reformar en profundidad los t¨ªtulos constitucionales correspondientes. En relaci¨®n con el Tribunal Constitucional, y para fortalecer su independencia, cabr¨ªa ampliar el mandato de sus magistrados a 15 a?os; endurecer los requisitos de acceso, sustituyendo los actuales e insuficientes ¡°15 a?os¡± de experiencia, por al menos 25; y para evitar que los partidos pol¨ªticos apliquen el sistema de cuotas, establecer un sistema de nombramientos individuales y no por bloques. Por lo que se refiere al nombramiento del presidente del Tribunal Supremo, como f¨®rmula alternativa a la actualmente existente podr¨ªa optarse por un sistema en el que concurran el propio Tribunal Supremo y las Cortes Generales. Los magistrados del Alto Tribunal son los m¨¢s cualificados para determinar qui¨¦n de entre ellos re¨²ne mayores m¨¦ritos, experiencia y prestigio. El candidato as¨ª propuesto debiera ser ratificado por las Cortes Generales por mayor¨ªa cualificada de votos. Esta f¨®rmula podr¨ªa ser extrapolable al resto de nombramientos de miembros de altos tribunales. Ellos seleccionar¨ªan y propondr¨ªan a los candidatos y competer¨ªa a las Cortes, a trav¨¦s de la correspondiente Comisi¨®n de Nombramientos, la facultad ¨²ltima de designaci¨®n.
Para realizar muchos de los cambios, la reforma de la Constituci¨®n
resulta imprescindible
Por otro lado, la regeneraci¨®n democr¨¢tica exige tambi¨¦n garantizar constitucionalmente la independencia de otras instituciones que hoy dependen de los partidos pol¨ªticos o del Gobierno de turno: Tribunal de Cuentas, Autoridad de Responsabilidad Fiscal, Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores, Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia, Banco de Espa?a y Consejo de Transparencia. Es preciso modificar radicalmente la forma de nombramiento de los miembros de estos ¨®rganos, y atribuirles mandatos de m¨¢s amplia duraci¨®n para garantizar su independencia. Las propuestas de los candidatos que optaran a formar parte de estas instituciones no pueden venir de los partidos pol¨ªticos, ni del Gobierno, sino de un proceso competitivo que llevar¨ªa a cabo una comisi¨®n de expertos encargada de velar por el mismo, y en el que los requisitos exigidos incluir¨ªan la m¨¢s alta cualificaci¨®n t¨¦cnica. La confirmaci¨®n de los nombramientos corresponder¨ªa a una comisi¨®n conjunta del Congreso y el Senado y exigir¨ªa el apoyo de las 3/5 partes de sus miembros.
En la agenda reformista habr¨ªa que incluir tambi¨¦n la reducci¨®n radical del n¨²mero de aforados, la modificaci¨®n de la ley del indulto, para que el Gobierno s¨®lo pueda indultar a propuesta del tribunal sentenciador, o la creaci¨®n de nuevos tipos delictivos (enriquecimiento injustificado de cargo o funcionario p¨²blico y financiaci¨®n ilegal de partido pol¨ªtico). En algunos casos bastar¨¢ con reformas legales pero, en otros muchos, la reforma de la Constituci¨®n resulta imprescindible.
Javier Tajadura Tejada es Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del Pa¨ªs Vasco y coordinador del Informe Funciva: Diez propuestas para mejorar la calidad de la democracia en Espa?a. (Biblioteca Nueva)
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