?Qui¨¦n dijo miedo?
Los ocho condenados a tres a?os de c¨¢rcel no amenazaron a los diputados catalanes ni ejercieron fuerza f¨ªsica
El Tribunal Supremo anul¨® esta semana una sentencia de la Audiencia Nacional y conden¨® a tres a?os de c¨¢rcel a ocho personas por un delito contra las instituciones del Estado. Las ocho participaron en la manifestaci¨®n del 15 de junio de 2011 ante el Parlamento de Catalu?a, bajo el lema ¡°Aturem el Parlament. No deixarem que aprovin retallades¡± (Paremos al Parlamento. No dejaremos que aprueben recortes), que finaliz¨® con incidentes.
?Qu¨¦ hicieron exactamente estos ocho j¨®venes? ?Conspiraron para asaltar el Parlamento catal¨¢n? ?Agredieron a los diputados? ?Les amenazaron con piedras, palos o pistolas? ?Les dijeron que iba a darles un pu?etazo? ?Ejercieron la fuerza f¨ªsica contra ellos? No. Absolutamente nada de todo eso. Eran j¨®venes que no formaban parte de un grupo organizado; participaban en una manifestaci¨®n y, seg¨²n la sentencia ha dejado claramente establecido, ¡°levantaron los brazos¡±, ¡°agitaron las manos abiertas¡±, ¡°gritaron¡±, ¡°siguieron¡± ¡°recriminaron¡±, ¡°dijeron¡± y ¡°corearon¡±. Uno de ellos despleg¨® una pancarta y otro manch¨® con un espray la chaqueta de una diputada. Olga ?lvarez, Rub¨¦n Molina y Carlos Munter, por ejemplo, ¡°recriminaron las pol¨ªticas de recortes y dijeron a un parlamentario que no les representaba¡±. Ciro Morales fue ¡°una de las personas que rodearon a otro parlamentario, coreando lemas¡±.
Esos son los ¨²nicos hechos probados. Y, sin embargo, merecen nada menos que tres a?os de c¨¢rcel, una pena que implica que los acusados, ciudadanos espa?oles sin antecedentes penales, trabajadores sociales, estudiantes, parados o empleados precarios, deben ingresar en prisi¨®n. Tres a?os de c¨¢rcel, seg¨²n el mismo Tribunal Supremo que en 1982 conden¨® con esa misma pena a dos de los capitanes que participaron en el asalto armado al Congreso de los Diputados o que estim¨® que bastaba con un ¨²nico a?o para los seis tenientes que les acompa?aron.
Todo estriba en la interpretaci¨®n del art¨ªculo 498 del C¨®digo Penal que dice que ser¨¢n castigados con pena de prisi¨®n de tres a cinco a?os los que emplearen fuerza, violencia, intimidaci¨®n o amenaza grave para impedir que un parlamentario asista a sus reuniones (¡).
La Audiencia y el voto particular formulado por el magistrado del Supremo Perfecto Andr¨¦s interpretan que agitar las manos abiertas, levantar los brazos o gritar no supone ¡°fuerza, violencia, intimidaci¨®n ni amenaza grave¡±. Es posible que en algunos momentos de la manifestaci¨®n algunos parlamentarios se sintieran atemorizados, pero, en concreto, estos ocho procesados no hicieron nada que pudiera considerarse una amenaza, es decir, el anuncio de un mal o peligro grave. Por el contrario, la Audiencia asegur¨® que cuando algunos sectores de la poblaci¨®n est¨¢n en una situaci¨®n de grave vulnerabilidad (los recortes supusieron un hachazo en las prestaciones sociales) y sufren un d¨¦ficit material de representatividad, ¡°porque no pueden hacer trascender su indignaci¨®n y su explicable malestar en los medios de comunicaci¨®n ni privados ni estatales¡±, no les queda otra posibilidad que el recurso al derecho constitucional de manifestaci¨®n en la calle.
Perfecto Andr¨¦s, por su parte, afirma que no se trata de disculpar las acciones contempladas o privarles de significaci¨®n. Pero no existe el requisito de ejercer ¡°fuerza¡± sobre los parlamentarios. La intimidaci¨®n, explica, supone inducir temor de una intensidad tal que obligue al afectado a modificar su comportamiento, algo que tampoco ocurri¨®. El Supremo, por el contrario, considera que ¡°interponerse en el camino de dos diputados que solo pretend¨ªan acceder al ¨®rgano en el que hab¨ªan de desplegar su funci¨®n representativa, y hacerlo con los brazos en cruz, supone ejecutar un acto intimidatorio¡±.
?Qu¨¦ ha pasado en la sociedad espa?ola para que conductas como las que se describen se consideren tan graves que requieran un castigo tan severo? Quiz¨¢s el miedo no sea lo que afligi¨® a los diputados del Parlamento catal¨¢n, sino lo que est¨¢ tomando al asalto en los ¨²ltimos meses a todo el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol. Quiz¨¢s se tema que la desigualdad galopante termine por generar violencia (algo que no suele ocurrir con la pobreza). Quiz¨¢s se pretenda desplegar todo un violento arsenal intimidatorio frente a los ciudadanos, a fin de advertirles y avisarles del mal o peligro grave que, al m¨¢s m¨ªnimo gesto, les acecha. A ellos, no a los diputados.
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