Sentencia anacr¨®nica
Impedir que los homosexuales donen sangre es discriminatorio y no tiene justificaci¨®n cient¨ªfica
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea que avala la posibilidad de que un pa¨ªs proh¨ªba la donaci¨®n de sangre a los homosexuales por el hecho de serlo no solo atenta contra los derechos fundamentales de estas personas, sino que est¨¢ basada en concepciones desfasadas. El alto tribunal respalda una ley francesa promulgada en 1983, dos a?os despu¨¦s de irrumpir el drama del sida, y que, pese a haber sido modificada en 2009, mantiene la prohibici¨®n de donar para todo el colectivo alegando un mayor riesgo de contagio. La sentencia abunda en una pol¨¦mica obsoleta y prueba de ello es que la propia Francia ha anunciado que cambiar¨¢ la ley para eliminar la prohibici¨®n que el tribunal avala.
La propia sentencia contiene de facto un reconocimiento de su potencial discriminatorio, pues respalda la prohibici¨®n en cualquier pa¨ªs de la UE siempre que se den dos circunstancias: demostrar que existe un riesgo m¨¢s elevado de contagio de enfermedades infecciosas entre los homosexuales, y que no haya otro procedimiento para proteger la salud de los posibles receptores de las transfusiones. Sin embargo, estas cautelas obedecen a criterios anacr¨®nicos. El riesgo de contagio no est¨¢ vinculado a la condici¨®n sexual de una persona, sino al hecho de que tenga o no una conducta de riesgo, como tener relaciones sexuales sin protecci¨®n. Aunque fuera cierto, como en su momento aleg¨® el Gobierno conservador franc¨¦s, que entre los homosexuales fueran m¨¢s habituales las pr¨¢cticas de riesgo, ni todos los homosexuales incurren en ellas ni ¡ªsobre todo¡ª puede decirse que entre los heterosexuales no las haya. No hay que hablar de colectivos de riesgo, sino de conductas de riesgo. Una prohibici¨®n general para un colectivo, adem¨¢s de discriminatoria, carece de justificaci¨®n cient¨ªfica.
Editoriales anteriores
Respecto de la segunda condici¨®n, hace ya tiempo que la normativa obliga a someter todas las donaciones a pruebas de detecci¨®n del VIH. El problema es que existe una ventana de tiempo despu¨¦s del contagio, que oscila entre d¨ªas y semanas, en la que el virus resulta indetectable para los test disponibles. Esta es la raz¨®n por la que en pa¨ªses como Espa?a se recurre al criterio de conducta de riesgo como instrumento de criba en la selecci¨®n que se hace. Es razonable que se excluya de la donaci¨®n a las personas que han mantenido conductas de riesgo, pero esto es aplicable tanto a homosexuales como a heterosexuales.
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