Suficiente y aceptable
Una reforma constitucional permitir¨ªa abordar mejor la cuesti¨®n catalana
Una vez abierta por Rajoy una grieta hacia la reforma constitucional, ser¨¢ dif¨ªcil cerrarla. Y como era de esperar, la reforma se relaciona prioritariamente con la cuesti¨®n territorial y la b¨²squeda de una salida al problema catal¨¢n.
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Miembros de la comisi¨®n de sabios creada por el PSOE para concretar los puntos a reformar han adelantado que una de las cuestiones esenciales planteadas es el reforzamiento del reconocimiento de la singularidad de esa comunidad. Una propuesta que figuraba en la resoluci¨®n aprobada por ese partido en Granada en 2013. Ya entonces el problema era la alarma que tal reconocimiento suscitaba en las dem¨¢s autonom¨ªas, que ve¨ªan en esa distinci¨®n un paso m¨¢s hacia un sistema de dos velocidades. Como desde el ¨¢mbito acad¨¦mico se dijo en su d¨ªa, ser¨ªa necesario dar con un planteamiento que resultase a la vez suficiente para Catalu?a y aceptable para el resto.
Esa singularidad equilibrada podr¨ªa derivarse de la distinci¨®n constitucional entre nacionalidades y regiones, siempre que de ella no se intentaran derivar derechos exclusivos m¨¢s all¨¢ de los relacionados con las singularidades hist¨®ricas, ling¨¹¨ªsticas, de derecho civil, etc¨¦tera, de las nacionalidades. En el debate constitucional de 1978 esa distinci¨®n fue un tema crucial, siendo el entonces diputado comunista Sol¨¦ Tura, ya fallecido, quien m¨¢s af¨¢n puso en su incorporaci¨®n al texto constitucional. Sol¨¦ Tura admiti¨® que el problema no era que hubiera territorios que se consideraban una naci¨®n sino que lo hicieran con arreglo a un ¡°concepto excluyente de naci¨®n que impida su integraci¨®n en Espa?a¡±.
A Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar le parec¨ªa una distinci¨®n relevante. En su libro La segunda transici¨®n, publicado dos a?os antes de llegar a La Moncloa, opinaba que tal distinci¨®n revela ¡°la existencia hist¨®rica de dos tipos de comunidades que no puede desconocerse y con la que hay que contar forzosamente para la adecuada comprensi¨®n de nuestra identidad nacional y resolver el problema de la organizaci¨®n territorial del Estado¡±. No solo ¨¦l ha cambiado de parecer, pero recordarlo ayuda a relativizar la reforma en ciernes si se hace en el marco de una Constituci¨®n reformada de acuerdo con los procedimientos en ella establecidos.
En el caso de Catalu?a, el reconocimiento de su singularidad nacional se relaciona preferentemente con la demanda de una financiaci¨®n especial, lo que agrava la desconfianza que suscita en el resto. Sin embargo, ya ocurre que dos comunidades, Pa¨ªs Vasco y Navarra, tienen un sistema propio de financiaci¨®n. Es cierto que tambi¨¦n pudieron tenerla los catalanes y que sus dirigentes nacionalistas lo rechazaron por no querer asumir el papel antip¨¢tico del recaudador de impuestos; pero si se les ofreci¨® en 1979, con la Constituci¨®n aprobada y cuando se negociaba su Estatuto, es que se consideraba posible alguna f¨®rmula de plasmar la autonom¨ªa fiscal catalana, aunque no fuera territorio foral.
Esto no significa que, 37 a?os despu¨¦s, sea posible volver sin m¨¢s al punto de partida; pero s¨ª que si se empieza por una reforma razonable del texto constitucional, y no, como se intent¨®, con una ultra radical del Estatut, a¨²n ser¨ªa posible encontrar un terreno compartido suficiente y aceptable.
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