Fraude en met¨¢lico
Limitar el pago en dinero a 1.000 euros es ¨²til contra el fraude, pero no decisivo
Casi con seguridad, la disposici¨®n que limitar¨¢ los pagos en met¨¢lico a un m¨¢ximo de 1.000 euros ser¨¢ la m¨¢s eficaz de cuantas se incluyen en el plan de lucha contra el fraude fiscal de la Agencia Tributaria. La decisi¨®n es correcta. Limita de forma natural la generaci¨®n de dinero negro en las operaciones entre empresas, en cuanto que el pago distinto del met¨¢lico parece m¨¢s dif¨ªcil de ocultar y abre paso a un control m¨¢s efectivo de las rentas susceptibles de ser gravadas. Desde esta perspectiva, ser¨ªa recomendable reducir poco a poco la cuant¨ªa de las operaciones con dinero, hasta ciertos l¨ªmites que el Banco de Espa?a y el Ministerio de Econom¨ªa deber¨ªan determinar; siempre con el convencimiento de que no es f¨¢cil eliminar del todo el met¨¢lico.
La limitaci¨®n del met¨¢lico no es la soluci¨®n definitiva contra el fraude fiscal; pero lo dificulta de forma inmediata y eficaz en determinados casos. En contra de lo que parece, la limitaci¨®n del pago en met¨¢lico es m¨¢s ¨²til para contener el fraude en operaciones entre empresas que entre, por ejemplo, particulares y aut¨®nomos. Fijar un tope de 1.000 euros significa obstaculizar en gran medida el blanqueo de capitales, controlar mejor las operaciones entre compa?¨ªas que incluyen pagos en dinero y cerrar el paso a las tramas de facturas falsas, porque obliga en todos los casos a una multiplicaci¨®n de documentos que puede rastrearse. El hecho de dividir las cifras para respetar las cantidades m¨¢ximas implica ya una tarea a?adida al hecho de defraudar y, adem¨¢s, la fragmentaci¨®n de facturas es en s¨ª misma un indicio que Hacienda puede investigar.
Editoriales anteriores
Restringir los pagos en met¨¢lico tiene adem¨¢s otra ventaja que facilita la inspecci¨®n fiscal. Los pagos en cheque, transferencia o tarjeta dejan rastros en las oficinas bancarias; y los extractos sirven como contabilidad auxiliar de la empresa o el particular. De ah¨ª que la limitaci¨®n debe defenderse como una medida parcial para combatir el fraude, aunque l¨®gicamente no resuelva la totalidad del problema.
En el caso de las obras peque?as, generalmente de car¨¢cter dom¨¦stico, en el que el operario pregunta ?con IVA o sin IVA?, la eficacia es m¨¢s limitada; sencillamente se trata de operaciones que no est¨¢n registradas y, por tanto, de las que no hay constancia en un primer momento. No obstante, son peque?os fraudes f¨¢ciles de investigar porque los ingresos requieren alg¨²n tipo de factura. La Agencia Tributaria no ha actuado con la debida eficacia en este tipo de fraudes de peque?a cuant¨ªa porque no dispone de recursos t¨¦cnicos y humanos para aumentar el n¨²mero de inspecciones.
El grueso del fraude est¨¢ en la ocultaci¨®n (dentro y fuera de Espa?a) de las rentas. Las bases imponibles ocultas se aproximan a los 250.000 millones; para aflorarlas anualmente de forma significativa hay que aumentar el n¨²mero de funcionarios que se ocupan de la investigaci¨®n del dinero negro y de la tramitaci¨®n de los expedientes de inspecci¨®n o delito. Pero hacerlo cuesta dinero al Estado. Y, aunque sea una inversi¨®n rentable a medio plazo, choca con la pol¨ªtica de austeridad administrativa.
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