Moci¨®n de censura
Iglesias no trata de hacer caer al Gobierno sino de deslegitimar la democracia
La moci¨®n de censura contra el Gobierno, regulada en el art¨ªculo 113 de la Constituci¨®n, es la garant¨ªa que sit¨²a al Parlamento en una posici¨®n de igualdad en la relaci¨®n fiduciaria que le vincula con el presidente del Gobierno tras votar la investidura. No se debe banalizar ni aplicar fraudulentamente con otros fines.
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?Es leg¨ªtimo proponer una moci¨®n de censura cuando se sabe que no va a prosperar, como ya hicieron el PSOE en 1980 y Alianza Popular en 1987? Se reproch¨® a P¨¦rez Rubalcaba que insinuara proponerla en 2013, tema que trat¨¦ aqu¨ª (Sentido constitucional de la moci¨®n de censura, EL PA?S, 21/7/2013) se?alando que es un procedimiento constitucional que se puede aplicar para que los ciudadanos conozcan la alternativa program¨¢tica que la oposici¨®n ofrece frente al Gobierno. Pero que sea leg¨ªtimo proponer una moci¨®n de censura no justifica que se utilice torticeramente con fines ajenos a la Constituci¨®n. As¨ª ocurre con la moci¨®n de censura que Podemos ha propuesto.
La moci¨®n de censura propuesta por Podemos tiene apariencia fraudulenta porque sus fines se separan de los que fija la Constituci¨®n: posterga la democracia representativa, no se ha negociado con los partidos que la har¨ªan triunfar y se ha presentado en una fecha que imposibilita la presentaci¨®n de una moci¨®n alternativa por parte del PSOE.
La iniciativa debilita la noci¨®n de democracia representativa prevista en el art¨ªculo 66.1 de la Constituci¨®n. Podemos ofreci¨® su iniciativa a los sindicatos y pretende movilizar a los ciudadanos con una campa?a de voluntarios que acabar¨¢ hoy con una concentraci¨®n. ?Para qu¨¦? Para nada. Las firmas, las manifestaciones no aportar¨¢n un voto m¨¢s al candidato a presidente pero debilitar¨¢n la democracia representativa al transmitir el mensaje de que la pol¨ªtica no la hace el Parlamento sino quien m¨¢s grita o m¨¢s gente saca a la calle cuando en realidad los electores eligieron a los diputados para adoptar decisiones sin tener que acudir a consultar cada d¨ªa a los ciudadanos. No es una pol¨ªtica nueva, como afirma Podemos, sino una t¨¦cnica de deslegitimaci¨®n democr¨¢tica que practican los independentistas catalanes y, antes, los fascistas y los nazis. Los parlamentarios de Podemos tienen legitimidad para proponer una moci¨®n de censura pero conectarla a la petici¨®n de una masa indeterminada de voluntarios o manifestantes reduce esa legitimidad y la del mismo Parlamento.
La iniciativa debilita la noci¨®n de democracia representativa prevista en la Constituci¨®n
En segundo lugar, la propuesta de Podemos no cuenta con el principal partido de la oposici¨®n ni con Ciudadanos que son los partidos que podr¨ªan hacerla triunfar. Formulada en medio de las primarias del PSOE, no puede tener respaldo de este, al que sit¨²a en una posici¨®n imposible pues la persona que sea elegida para la secretar¨ªa general se encontrar¨¢ con la moci¨®n de censura como primera decisi¨®n a adoptar. Si Podemos quisiera aplicar el art¨ªculo 112 de la Constituci¨®n esperar¨ªa a que el PSOE eligiera la secretar¨ªa general y negociar¨ªa un programa con el partido que, junto a Ciudadanos, asegura el ¨¦xito de la moci¨®n. Pero el objetivo de Podemos es restar protagonismo al PSOE en sus primarias.
Pero donde se ve mejor la vocaci¨®n fraudulenta de la moci¨®n es en la fecha escogida para proponerla. La Constituci¨®n, en su art¨ªculo 113.3, prev¨¦ que tras la presentaci¨®n de una moci¨®n de censura se abra un plazo de dos d¨ªas para la presentaci¨®n de otras mociones alternativas. Luego, conforme a la Constituci¨®n, el PSOE podr¨ªa proponer otra moci¨®n, posibilidad que acaba a las cero horas del 22 de mayo, cuando quiz¨¢ ni siquiera se conozca quien ha ganado las primarias. Ah¨ª se ve la mala fe de Podemos porque con el simple juego de las fechas impide que el principal partido de la oposici¨®n (que podr¨ªa estar interesado en ofrecer su alternativa program¨¢tica en el debate de la moci¨®n), puede ejercer una opci¨®n constitucional leg¨ªtima. El ¨²nico d¨ªa del a?o 2017 en que el PSOE no puede utilizar una facultad constitucional, ha sido escogido por Podemos para ejercitar la suya. Si, conforme al art¨ªculo 6.4 del C¨®digo Civil, los actos realizados al amparo de una norma que persigan un resultado contrario al ordenamiento se consideran ejecutados en fraude de ley, se puede decir que la moci¨®n de censura de Podemos se ejerce fraudulentamente al impedir que el segundo Grupo Parlamentario del Congreso ejercite una facultad prevista de la Constituci¨®n. Con ese juego de fechas, probablemente previsto desde el comienzo, Iglesias Turri¨®n intentar¨¢ ser, por un d¨ªa, el macho alfa del Congreso.
Javier Garc¨ªa Fern¨¢ndez es catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense.
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