Ley de Enjuiciamiento Social
La presunción de inocencia es contraria a la naturaleza humana. Lo “natural” es que la primera versión de un hecho sea la que tiene más posibilidades de prevalecer y que si esa primera versión es acusatoria, la carga de la prueba recaiga sobre el acusado. Combinado ese hecho con la extensión de las redes sociales, son muchos quienes no quieren someter sus acusaciones al corsé civilizado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y buscan directamente el castigo social, con la certeza de que ha de ser el supuestamente difamado y no el supuesto difamador quien ha de probar que la acusación que le hiere en su consideración social es falsa. Es necesario acabar con esa situación, tan natural y tan injusta, sometiendo a cualquier acusación degradante a la carga de la prueba. La “sociedad” digital se ha convertido en un tribunal sin reglas. Las injurias carecen de importancia; las acusaciones, no.
Eduardo Cid Sánchez. Pontevedra
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