?Y ahora qu¨¦?
Veremos desfilar a todos los acusados, testigos e incluso peritos contables para dictaminar sobre el delito de malversaci¨®n. El juicio del 'proc¨¨s' ser¨¢ largo
El Tribunal Supremo ha dictado auto de apertura del juicio oral. Eso significa que se pasa a la siguiente fase del proceso, la de enjuiciamiento, aquella en la que aut¨¦nticamente se averiguar¨¢ la culpabilidad o inocencia de los acusados. Hasta ahora, pese a todo lo dicho, solo han existido hip¨®tesis. Nada definitivo. Todo lo hasta ahora presumido podr¨ªa confirmarse en todo o en parte, o decaer definitivamente.
Lo que seguir¨¢ despu¨¦s de este auto es la oportunidad de las partes acusadoras de formular provisionalmente sus acusaciones. Estas ser¨¢n muy abiertas, a fin de no condicionar las conclusiones definitivas, que se concretar¨¢ en un escrito, habitualmente breve ¡ªquiz¨¢s en este caso no lo ser¨¢ tanto, dada su relevancia¡ª, en el que se se?alar¨¢n los delitos que las acusaciones creen, por el momento, cometidos. Con ello se dar¨¢ la pauta de su sentencia al tribunal, puesto que los jueces no podr¨¢n ir en ning¨²n caso m¨¢s all¨¢ de dicha pauta: esa extralimitaci¨®n anular¨ªa el derecho de defensa de los acusados. La sentencia se pronunciar¨ªa sobre hechos e imputaciones delictivas que los reos no habr¨ªan podido combatir. Eso ser¨ªa inaceptable.
Formuladas las acusaciones, se abrir¨¢ el plazo para que las partes aleguen la posible incompetencia del tribunal. Y no es extra?o que lo intenten: dicha competencia es altamente discutible, toda vez que los hechos, en puridad, deber¨ªan estar siendo juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a. El Supremo se bas¨® para asumir el caso, entre otras razones, en que parte de los hechos habr¨ªan sucedido en el extranjero, lo que resulta m¨¢s que dudoso. Si sucedi¨® algo as¨ª, probablemente fue de forma solo tangencial. Lo veremos.
Si como es previsible el Tribunal Supremo se reafirma en su competencia, los abogados de los acusados formular¨¢n sus escritos de defensa y alegar¨¢n tambi¨¦n la vulneraci¨®n de derechos fundamentales durante la instrucci¨®n. Eso tambi¨¦n provocar¨¢ una extensa discusi¨®n. Se ha puesto encima de la mesa tanto la vulneraci¨®n de la presunci¨®n de inocencia como la imparcialidad judicial, derivada del pleito que algunos de los acusados tienen pendiente en B¨¦lgica con el juez Llarena. Previsiblemente, todas estas alegaciones ser¨¢n rechazadas.
Y por ello se pasar¨¢ a la pr¨¢ctica de la prueba. Veremos desfilar a todos los acusados, testigos e incluso peritos contables para dictaminar sobre el delito de malversaci¨®n. Ser¨¢ un juicio largo, que podr¨ªa ser televisado si as¨ª lo decide el tribunal, en aras de su plena publicidad. Despu¨¦s, las partes formular¨¢n su acusaci¨®n definitiva. La Fiscal¨ªa podr¨ªa cambiarlas, en sus conclusiones definitivas, hasta el punto de pedir la libre absoluci¨®n. Finalmente, tras el uso de la ¨²ltima palabra por los acusados, se dictar¨¢ sentencia.
Jordi Nieva es catedr¨¢tico de Derecho procesal de la UB.
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