Vox y la Constituci¨®n
Muchas de las propuestas del partido son escasamente viables desde una perspectiva pol¨ªtico-constitucional
Vox tiene un problema: se llama Constituci¨®n espa?ola.
De las propuestas que este partido de derecha radical hizo en sus 100 medidas urgentes para Espa?a, presentado en 2018 en su acto de Vistalegre, abundan las que son claramente contrarias a nuestra actual Constituci¨®n. Cuando una propuesta pol¨ªtica es incompatible con la Constituci¨®n solo caben dos opciones: cambiar la Constituci¨®n o cambiar la propuesta. Ocurre, sin embargo, que la Constituci¨®n espa?ola es particularmente r¨ªgida. Esto es, es una Constituci¨®n relativamente dif¨ªcil de reformar, especialmente en sus aspectos centrales.
En principio, no hay inconveniente en querer llevar a cabo reformas constitucionales. Es leg¨ªtimo, y muchos partidos quieren hacerlo. Pero en el caso de Vox debe reconocerse que muchas de sus propuestas chocan con un abanico particularmente amplio de art¨ªculos centrales de la Constituci¨®n de 1978. Pensemos, por ejemplo, en la propuesta de Vox de suprimir el Tribunal Constitucional, atribuyendo sus funciones a una Sala de lo Constitucional del Tribunal Supremo. O veamos la modificaci¨®n de la circunscripci¨®n electoral que propone este partido. Ambas propuestas necesitar¨ªan, para hacerse efectivas, de reforma constitucional, ya que son contrarias a diferentes art¨ªculos de la Constituci¨®n. Estas reformas habr¨ªan de articularse, en mi opini¨®n, por el procedimiento ordinario de reforma constitucional, necesitando, en general, una generosa mayor¨ªa de tres quintos de cada C¨¢mara y un posible refer¨¦ndum.
Pensemos, m¨¢s a¨²n, en las propuestas de Vox para suprimir las comunidades aut¨®nomas o ilegalizar los partidos contrarios a la unidad de Espa?a. Estas ¨²ltimas, propuestas estrella del partido, requerir¨ªan para su implementaci¨®n del r¨ªgido procedimiento agravado de reforma constitucional: mayor¨ªa de dos tercios en las Cortes Generales, disoluci¨®n de las Cortes y nuevas elecciones, nueva mayor¨ªa de dos tercios en las nuevas C¨¢maras del Parlamento y refer¨¦ndum. Todo un reto.
Azuzar al electorado poniendo sobre la mesa propuestas irrealizables puede generar, a largo plazo, frustraci¨®n entre los votantes
Este trasfondo nos pone frente a una serie de consideraciones. Primero, ahora vemos las ventajas de tener una Constituci¨®n con un procedimiento de reforma tan r¨ªgido. Las constituciones r¨ªgidas son menos permeables al cambio. Con frecuencia, nos quejamos de que no podemos adaptarlas a las transformaciones y nuevas necesidades sociales. Aunque estas quejas est¨¦n a veces justificadas, la contrapartida es una Constituci¨®n resistente frente a cambios unilaterales, que exige consensos amplios y transversales para su transformaci¨®n. Esta rigidez constitucional podr¨ªa ser un d¨ªa una garant¨ªa frente a grupos pol¨ªticos iliberales o autoritarios en el poder, y servir para proteger nuestras instituciones y nuestras libertades pol¨ªticas. Una Constituci¨®n bien dise?ada no suele ser, por s¨ª sola, condici¨®n suficiente para que una democracia sobreviva a pol¨ªticos autoritarios. Pero puede desempe?ar un papel, en combinaci¨®n con otros aspectos institucionales y pol¨ªticos, en dicha supervivencia.
En segundo lugar, todo esto tiene tambi¨¦n implicaciones para el propio partido Vox. La Constituci¨®n va a condenar a este partido a un dilema que puede ser divisivo a nivel interno. Vox tendr¨¢ que elegir entre dos opciones. La primera, moderar su programa electoral para que quepa en el marco de la Constituci¨®n, adoptando una posici¨®n pragm¨¢tica. La segunda, mantener un programa electoral radical, aunque dif¨ªcilmente realizable, en la constataci¨®n de que la Constituci¨®n de 1978 es un cors¨¦ a la implementaci¨®n de su programa de m¨¢ximos, consagr¨¢ndose como una fuerza pol¨ªtica externa a los consensos constitucionales b¨¢sicos. La primera opci¨®n puede alejar a los votantes m¨¢s radicales del partido, mientras la segunda puede desagradar a los m¨¢s moderados. Las pr¨®ximas elecciones, y el programa que Vox presente en ellas, nos servir¨¢n para saber por qu¨¦ opci¨®n se decanta de momento este partido.
Muchas de las propuestas del Vox de Vistalegre son escasamente viables desde una perspectiva pol¨ªtico-constitucional. Cabe preguntarse si esto se hace de forma deliberada. Para un partido que es de momento minoritario, tal vez esto no sea un problema: la inconstitucionalidad de una propuesta es de escasa relevancia cuando ni siquiera se tiene fuerza pol¨ªtica para impulsarla o aprobarla. Sin embargo, azuzar al electorado poniendo sobre la mesa propuestas irrealizables puede generar, a largo plazo, frustraci¨®n entre los votantes. Llegado un cierto punto, tal vez Vox tenga que enfrentarse a esta frustraci¨®n. Al fin y al cabo, la Constituci¨®n plantea a este partido un dilema cuya resoluci¨®n pueden sus dirigentes demorar, pero que dif¨ªcilmente podr¨¢n eludir.
Pablo Jos¨¦ Castillo Ortiz es doctor en Derecho y Ciencias Pol¨ªticas, y profesor de Derecho en University of Sheffield (Reino Unido).
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