La banalidad del mal
La inmigrante congole?a Samba Martine falleci¨® hace ocho a?os en el CIE de Madrid sin recibir la debida atenci¨®n m¨¦dica
Esta semana se celebra el juicio por la muerte de Samba Martine, una mujer congole?a que agoniz¨® en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Madrid, sin recibir la asistencia que requer¨ªa. En los 38 d¨ªas que estuvo encerrada acudi¨® al servicio m¨¦dico al menos en 11 ocasiones, sin que se le realizaran pruebas diagn¨®sticas para averiguar la raz¨®n de su mal estado. Solo cuando su gravedad era extrema fue derivada a un hospital, donde muri¨® a las pocas horas, el 19 de diciembre de 2011, por una infecci¨®n que la hab¨ªa ido invadiendo poco a poco y a la que facilit¨® el camino la inmunodeficiencia por VIH que padec¨ªa.
Constituye doctrina consolidada del Tribunal Constitucional, en consonancia con lo declarado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, cuando hay sospecha de lesiones de la integridad f¨ªsica o moral de personas privadas de libertad bajo la custodia del Estado, existe un especial deber de diligencia en la investigaci¨®n y persecuci¨®n de los hechos, que comprende la obligaci¨®n de iniciar una investigaci¨®n al m¨ªnimo indicio y de agotar todas las posibilidades de indagaci¨®n. Lamentablemente en el caso de Samba este especial deber no se ha cumplido y la instrucci¨®n, que ha durado m¨¢s de siete a?os, ha concluido sin que el ministerio fiscal solicitara diligencia alguna para averiguar las circunstancias que rodearon su muerte, mostr¨¢ndose desde un principio favorable al sobreseimiento.
La necesidad de una investigaci¨®n diligente trae causa en las dificultades para esclarecer las lesiones de derechos en contextos de privaci¨®n de libertad, siendo los CIE especialmente opacos e inaccesibles. Est¨¢n dirigidos por la polic¨ªa, lo que implica que en su gesti¨®n primen cuestiones de seguridad sobre cualquier otra consideraci¨®n a las necesidades de las personas migrantes que son encerradas a la espera de su expulsi¨®n. Su funcionamiento y estructura son carcelarios, a pesar de que la ley establece que los CIE no tendr¨¢n un car¨¢cter penitenciario. Al estar sometidas a la custodia policial, muchas v¨ªctimas no denuncian por miedo y los testigos son r¨¢pidamente expulsados, perdi¨¦ndoseles la pista.
Justo la semana pasada se ha conocido un auto del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 19 de Madrid. La magistrada, tras visionar las grabaciones, dedujo testimonio por posible delito de torturas hacia los internos por parte de los agentes, quienes ¡°lejos de respetar su honor y dignidad han podido incurrir en un delito de tortura al extralimitarse en sus funciones, sometiendo a los internos del CIE a condiciones y procedimientos que por las circunstancias que concurren atentan contra su integridad moral¡±. Seg¨²n el auto, ¡°no se alcanza a comprender c¨®mo se decide hacer un cacheo en el patio un d¨ªa lluvioso con bajas temperaturas¡±, donde los internos habr¨ªan sido obligados a permanecer m¨¢s de media hora, apreci¨¢ndose ¡°un n¨²mero elevado de efectivos policiales uniformados, con cascos, y defensas, generando un evidente clima intimidatorio, sin que se haya apreciado causa para justificar dicha medida¡±.
Al estar sometidas a la custodia policial, muchas v¨ªctimas no denuncian por miedo y los testigos son r¨¢pidamente expulsados
El ministro del Interior deber¨ªa cesar con urgencia al director del CIE de Madrid, siendo numerosas las quejas por rigor innecesario y excesivo. El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 6 le apercibi¨® de un posible delito de desobediencia, por su resistencia a tramitar las solicitudes de asilo (auto de 4 de enero de 2018), dejando constancia en otras resoluciones de sus m¨²ltiples incumplimientos, por ejemplo, al tolerar que los agentes de polic¨ªa no llevaran la placa de identificaci¨®n (auto de 8 de enero de 2018). Tambi¨¦n el Defensor del Pueblo detect¨® graves irregularidades en su visita realizada el 5 de noviembre de ese a?o. Sobran, pues, las razones para destituir al director, quien, por cierto, era el jefe de seguridad al tiempo de la muerte de Samba Martine.
Samba agoniz¨® en el suelo del CIE, tapada con mantas y quej¨¢ndose del humo que no la dejaba respirar, sin que ni la enfermera ni los polic¨ªas de servicio llamaran a un m¨¦dico. Solo sus compa?eras reaccionaron y pidieron papel y l¨¢piz para denunciar ante el juez que Samba llevaba enferma desde hac¨ªa tiempo y no la llevaban al hospital. Recomiendo la lectura del informe enviado por Cruz Roja al Ministerio del Interior, del que dio cuenta este peri¨®dico y que narra las ¨²ltimas 48 horas de Samba Martine. El informe muestra entre l¨ªneas la indiferencia por el sufrimiento ajeno, la banalizaci¨®n del mal, que dir¨ªa Hannah Arendt. Una banalizaci¨®n a la que contribuye no solo el discurso del odio, ahora focalizado en la persona extranjera y migrante, sino tambi¨¦n su criminalizaci¨®n a trav¨¦s de normas restrictivas de sus derechos que, como acent¨²a Ferrajoli, ¡°producen deseducaci¨®n, al generar la imagen del otro como naturalmente inferior por ser inferior jur¨ªdicamente¡±. La deshumanizaci¨®n del otro, en definitiva, prepara el terreno para la barbarie. Los CIE son una pieza destacada de este macabro engranaje.
Margarita Mart¨ªnez Escamilla es catedr¨¢tica de Derecho Penal de la Universidad Complutense e investigadora principal del Proyecto Iusmigrante.
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